18 julio 2006

El programa 'Sábado Dolce Vita' (TELECINCO) en el que colaboraba la directora de la citada agencia, no permitió que se sacara el tema

Condenan a la Agencia KORPA de Ángela Portero Capdevila y los hermanos García Pelayo por responsabilidad en la muerte de una de sus reporteras

Hechos

  • El juez social Nº4 de Sevilla sentenció en julio de 2006 que la muerte por accidente de tráfico el 20.01.2005 de Dña. Ana Belén García (reportera freelance) era un accidente laboral al considerar acreditada su relación con la agencia KORPA y condenó a la misma a pagar la correspondiente indemnización (89.673 euros) a sus padres.

Lecturas

LARA RODRÍGUEZ EXPULSADA DEL PLATÓ DE ‘SÁBADO DOLCE VITA’ POR SACAR EL TEMA:

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En enero de 2007 la Sra. Lara Rodríguez fue entrevistada en el programa ‘Sábado Dolce Vita’ (producido por Mandarina y emitido por TELECINCO) en el que era tertuliana la directora de la Agencia KORPA, Dña. Ángela Portero. Cuando la Sra. Portero acusó a la Sra. Rodríguez de haber hundido la vida de Dña. Carmen Ordoñez, la Sra. Rodríguez dijo que ella era la menos indicada para decir eso porque ella había hundido la vida de la reportera Dña. Ana Belén García y empezó a recitar la sentencia condenatoria, causando la intervención del presentador D. Santi Acosta, diciendo que ese no era el tema. Ante la negativa de la Sra. Rodríguez de parar, el Sr. Acosta optó por dar por terminada la entrevista.

El Análisis

¡KORPA ASESINA!

JF Lamata

Dicen que en este país ‘no cabe un tonto más’. No sé si es un dicho aplicable a todos los países o a que en España nos encanta autoflagelarnos. En todo caso la Agencia Korpa no es culpable de la muerte de Dña. Ana Belén García. Decir esto sería una obviedad, pero parece que en este país hay que aclarar las obviedades.

Si un reportero de EFE o EUROPA PRESS muere en un accidente de tráfico mientras acudían a cubrir una noticia, tampoco sería culpa de sus directivos ni nadie titularía «¡culpables!» ni lo soltaría en un programa de televisión. La única diferencia es que cuando un trabajador muere durante su trabajo en accidente, a la empresa para la que estaba trabajando en el momento de producirse la desgracia le corresponde abonar a la familia de la víctima una cantidad de dinero por ley.

Korpa intentó ampararse en que era ‘freelance’ para no pagar, los abogados de la familia de la víctima y los de la agencia fueron a juicio, donde deben dilucidarse estos conflictos y la sentencia señaló que Korpa debía pagar creando un precedente útil para todos los trabajadores ‘freelance’ y sus familias. No es más (ni menos) que eso.

J. F. Lamata