1 marzo 2016

Duras acusaciones desde la Asociación de la Prensa de Madrid contra el condenado

El director del digital PR NOTICIAS, Pedro Aparicio Pérez, condenado por chantaje a 4 meses de cárcel

Hechos

El 1.03.2016 se hizo pública la sentencia condenatoria contra D. Pedro Aparicio Pérez.

Lecturas

El 2 de marzo de 2016 se hace público que la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al Director del digital PR Noticias, D. Pedro Aparicio Pérez, por delito de amenazas condicionales (chantaje) al presidente del Consejo General de Enfermería con hacer una campaña en su contra en su medio si no le pagaba 300.000 euros. Ante la condena D. Pedro Aparicio cederá la dirección digital a su hijo, D. Lucas Aparicio Albert.

De la prensa impresa sólo el diario El País informa de la condena. El diario El Mundo no lo publica en su edición impresa, pero si en su web, ElMundo.es. (Su entonces director, D. David Jiménez García atribuye a eso la publicación posterior de PR Noticias de notas contra él y contra editor del periódico, D. Antonio Fernández Galiano Campos). El periódico La Razón que preside D. Mauricio Casals Aldama no informó de la condena el día 3, pero en cambio sí publicó un reportaje un mes después sobre el nuevo Director de PR Noticias, D. Lucas Aparicio Albert, sin hacer referencia a la condena y explicando la retirada de D. Pedro Aparicio Pérez en ‘recomendación de los médicos’.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid condena a Pedro Aparicio a «cuatro meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena», así como al «abono de las costas procesales incluidas las de la acusación particular».

La condena a Aparicio por el delito de «amenazas condicionales» (chantaje) está relacionada con D. Íñigo Lapetra Muñoz, director de Comunicación del Consejo General de Enfermería de España. La sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid considera probado que el director de PR NOTICIAS.com citó en su despacho a Lapetra «advirtiéndole de que poseía un dossier con informaciones incriminatorias en el ámbito personal y supuestamente penal respecto de D. Máximo González Jurado, presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Diplomados de Enfermería de España».

«Con ánimo de menoscabar su libertad, le amedrentó con revelar mediante su plataforma digital la información recogida en el dosier que imputa al acusado (…), exigiendo el acusado para evitar la publicación que se le entregara la cantidad de 300.000 euros«, explica la resolución de la comisión deontológica del periodismo español.

Asimismo, Lapetra alega que el acusado D. Pedro Aparicio Pérez también vertió sobre él, a través del medio que dirige y de sus cuentas en Twitter, «una serie de insultos, descalificaciones, comentarios, expresiones e informaciones con falsas imputaciones, con el único ánimo de descalificar y de menoscabar mi dignidad públicamente, lo que supone la intromisión ilegítima a mi derecho fundamental al Honor».

Pedro Aparicio alegó en su defensa durante el proceso «el derecho a la libertad de expresión». Pero la sentencia judicial detalla que «no se le condena por haber comunicado información alguna, sino por haber amenazado a otra persona con difundir informaciones si no se le entregaba una cantidad para no llevar a cabo la indicada difusión».