6 junio 1977

Los asesinos de Carrero Blanco, de Melitón Manzanas o de la masacre de Carrero Blanco quedan en libertad sin que llegaran nunca a ser juzgados

El Gobierno Suárez libera a los principales asesinos de ETA en vísperas de las primeras elecciones democráticas vía extrañamiento

Hechos

El 1.06.1977 se hizo efectiva la decisión del Consejo de Ministros de ‘extreñar’ fuera de España a varios militantes de la organización Euskadi Ta Askatasna (ETA) acusados de asesinato.

Lecturas

LOS ETARRAS LIBERADOS POR EL GOBIERNO SUÁREZ:

– EvaForest Genoveva Forest («Eva Forest»), principal acusada de la matanza de la Calle Correo

izkodelaiglesia Javier Izko de la Iglesia, asesino de Melitón Manzanas

– José Antonio Garmendia Artola

– Ruiz de Apodaca

– Azcue Ibarguren

– Iñaki Sarasqueta

– González Terrón

HOMENAJES EN LA PRENSA A LA ASESINA DE LA CALLE CORREO

22 Mayo 1977

Las excarcelaciones

EL PAÍS (Director: Juan Luis Cebrián Echarri)

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EN LA tarde del viernes, el Gobierno ha abierto una fisura inteligente en la vieja dialéctica del principio de autoridad como sillar y guía a ultranza de toda decisión política. Al tiempo, ha sentado unas bases mínimas para romper igualmente la espiral violencia-represión-más violencia, que distinguió el régimen anterior.No se le puede hurtar al Gobierno el mérito de su decisión de extrañar a presos vascos, con condenas a muerte sobre sus espaldas y sentenciados en procesos tristemente célebres que aún pesan en el ánimo de muchos españoles. Y de hacerlo en un Consejo de Ministros que se inició bajo el ambiente de la semana negra de Euskadi y con el recientísimo secuestro de Javier de Ybarra.

La idea que EL PAIS tiene de la amnistía ha sido expuesta en numerosos editoriales. Cansados estamos de repetir el axioma de que una amnistía no es una decisión jurídica o de coyuntura, que con una amnistía no se sale del paso de nada, que una amnistía es una medida de alta política, una raya fronteriza entre un pasado que se pretende superar y un futuro de paz civil al que se quiere llegar.

Ahora bien, si el Gobierno Suárez no encuentra otro camino para vaciar las cárceles de presos del franquismo, vascos o no vascos, que el de los indultos parciales, la revisión de procesos o los extrañamientos, bienvenidos sean los renglones torcidos cuando a la postre se escribe derecho.

Las fuerzas políticas del País Vasco podrán aducir que la amnistía como prenda de concordia ciudadana perderá su sentido entre los variados métodos gubernamentales de excarcelación de presos políticos. Pero también en la política operan factores humanos que han de tenerse en cuenta.

Ahora el caso es que el saldo político de las cárceles del viejo régimen se reduce por momentos. Y que los casos más difíciles comienzan a resolverse por vía de extrañamiento. Acaso varias familias vascas no tengan en breve a sus familiares en sus casas, pero contarán con sus personas en la libertad del exilio. Cabrán, sin duda, objeciones a lo que el Gobierno está haciendo con los presos políticos que aún quedan en prisión, pero el pueblo vasco no puede dejar de ser sensible a una evidente prueba de voluntad de solventar este problema.

E insistimos en que todo lo reprochable del método gubernamental -amnistía por capítulos y retorcidos vericuetos- se contrapesa con la serenidad de un Gabinete que saca adelante el extrañamiento de unos hombres de quienes hace sólo unas horas nadie imaginaba su salida del país, en unos momentos en que por los dos extremos los partidarios de la violencia persiguen decididamente forzar un chantaje a las elecciones de junio.

05 Octubre 1977

Los límites de la aministía

EL PAÍS (Director: Juan Luis Cebrián Echarri)

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EL ACUERDO tomado por la Junta de Portavoces del Congreso de constituir una comisión mixta, formada por representantes del Gobierno y de la Oposición, para presentar un texto unificado sobre la amnistía es un motivo más para recuperar la confianza, en el sentido de la responsabilidad de los partidos con representación parlamentaria.Se trata de establecer un acuerdo entre posiciones que descansan en concepciones políticas discrepantes entre sí, pero todas ellas legítimas. Por esta razón, los comentarios en torno a esos puntos de discrepancia tienen como único propósito contribuir con el análisis y la reflexión a la realización de ese indispensable pacto.

Digamos que la Inclusión en la proposición de ley de la oposición de los actos de naturaleza laboral y sindical desmerece de la excelente técnica jurídica con que ha sido elaborada. Una ley que tiene como objeto los delitos y faltas penales y las sanciones impuestas por la Administración del Estado no puede incluir, en su marco, medidas adoptadas por las empresas privadas, y no nos parece procedente una petición semejante.

Otra cosa sería que el Estado pueda y quizá deba considerarse responsable de los perjuicios ocasionados a esos trabajadores en lo que se refiere a los derechos pasivos y al forzadd impago de la cuota de seguridad social durante el plazo de desempleo. No parece difícil que el gigantesco presupuesto de la Seguridad Social pudiera hacerse cargo de esas partidas. Respecto ai proyecto del Gobierno es también visible una gravísima deficiencia técnica. Nos referimos a la persistencia en el error, ya cometido en las dos anteriores amnistías de julio de 1976 y marzo de 1977, de confundir la figura de la amnistía, inequívocamente política, con una forma ampliada de indulto. Esa y no otra es la concepción que subyace a la decisión de encomendar a los tribunales la aplicación de la amnistía y de determinar en cada caso si existe o no intencionalidad política en los casos examinados. La referencia al «deliberado propósito de desestabilizar el proceso democrático iniciado el 15 de diciembre de 1976» basta para hacerse una idea del amplísimo margen de interpretación concedido a los jueces, a los tribunales y al ministerio Fiscal. Recuérdese la interpretación restrictiva dada por el señor Rodríguez-Acosta, entonces fiscal del Supremo, ala amnistía de julio de 1976, y también, las tensiones producidas por el acto de desistimiento de la Sala IV del Tribunal Supremo, a propósito de la legalización del PCE. Y recuérdese que el actual Fiscal del Supremo fue uno de los elaboradores del decreto-ley contra el terrorismo en el trágico verano de 1975. La amnistía es una decisión política.

Los tribunales no tienen por qué interpretarla o medirla.

Por lo demás, y aunque resulte paradójico, la proposición de ley de la izquierda es más generosa que el proyecto de la UCD con los grupos de ultraderecha; y más consecuente, también, con el espíritu proclamado por el Gobierno de acordar «una amnistía total que consagre definitivamente la reconciliación de todos los españoles de cara a la futura convivencia». Si el texto unificado descartara la cláusula restrictiva de la UCD respecto a los crímenes cometidos desde el 15 de diciembre al 15 de junio, los beneficiados no serían activistas de izquierda, sino los presuntos asesinos, abiertamente ultraderechistas, de los abogados de Atocha y de Arturo Ruiz, y los mercenarios a sueldo de los GRAPO, que muy probablemente encubren bajo siglas de izquierda connivencias de signo totalmente opuesto.

Otras discrepancias menores no merecen mayores comentarios. La amnistía por actos de tortura o ilegalidades cometidos por funcionarios públicos, explícita en el proyecto gubernamental, se halla implícita en la proposición de la izquierda. A ésta hay que agradecer, a cambio, la referencia abierta, ausente del texto del Gobierno, a las infracciones de prensa.

Queda, por último, la cuestión más espinosa: la amnistía militar. Ante todo, esa amnistía, plena y sin condiciones, sólo podría ser aplicada, a nuestro juicio, a los militares de carrera que optaron por defender el 18 de julio al Gobierno legamente constituido. No tendría sentido, ni político, ni jurídico, hacerla extensiva a los miembros de las milicias que fueron estampillados luego como oficiales; porque incluso en el Ejército vencedor, los alféreces y oficiales provisionales tuvieron luego que revalidar sus grados en academias militares. Con esta excepción, y aun a riesgo de herir alguna sensibilidad, pensamos que la única forma de enterrar definitivamente los fantasmas de la guerra civil es que la amnistía militar sea también total. Entre las páginas más honrosas de nuestras Fuerzas Armadas fíguía aquel simbólico «abrazo de Vergara» entre los generales Espartero y Maroto, que fue seguido por la Incorporación, con sus grados, al ejército isabelino de los oficiales carlistas. De la amnistía deben beneficiarse también losobjetores de conciencia. Y en cuanto a los oficiales condenados por su pertenencia a la Unión Militar Democrática durante las postrimerías del franquismo, independientemente de que no hay razón alguna para excluir al Ejército de medidas políticas de carácter general, tales como la amnistía total incondicionada, su autodisolución en la España democrática es la mejor prenda de que su reincorporación a las Fuerzas Armadas en nada afectaría a la unidad y disciplina de nuestro Ejército, atacadas en estos momentos por un flanco bien distinto e incluso opuesto.