27 agosto 2011

Los socios europeos condicionaban una mayor regulación del gasto de las comunidades autónomas en España a cambio para que el Estado pudiera seguir recibiendo ayuda

El Gobierno Zapatero (PSOE) modifica el artículo 135 de la Constitución con el apoyo del PP por indicaciones de Europa

Hechos

El 27.08.2011 los grupos parlamentarios de PSOE y PP registraron de manera conjunta para reformar el artículo 135 de la Constitución Española de 1978.

Lecturas

La propuesta de reforma para el nuevo artículo 135 de la Constitución, cuyo texto fue acordado la pasada medianoche por el PP y el PSOE, queda redactada de la siguiente manera, aunque puede estar sujeto aún a cambios de última hora:

«Más de treinta años después de la entrada en vigor de la Constitución, formando parte España de la Unión Económica y Monetaria Europea, que consolida y proyecta sus competencias en el marco de una creciente gobernanza común, y siendo cada vez más evidentes las repercusiones de la globalización económica y financiera, la estabilidad presupuestaria adquiere un valor verdaderamente estructural y condicionante de la capacidad de actuación del Estado, del mantenimiento y desarrollo del Estado Social que proclama el artículo 1.1 de la propia Ley Fundamental y, en definitiva, de la prosperidad presente y futura de los ciudadanos. Un valor, pues, que justifica su consagración constitucional, con el efecto de limitar y orientar, con el mayor rango normativo, la actuación de los poderes públicos.

Para llegar hasta aquí, la salvaguarda de la estabilidad presupuestaria ya supuso un instrumento imprescindible para lograr la consolidación fiscal que nos permitió acceder a la Unión Económica y Monetaria y fue posteriormente recogida en normas de rango legislativo.

En el mismo sentido, el Pacto de Estabilidad y Crecimiento tiene como finalidad prevenir la aparición de un déficit presupuestario excesivo en la zona euro, dando así confianza en la estabilidad económica de dicha zona y garantizando una convergencia sostenida y duradera de las economías de los Estados Miembros.

La actual situación económica y financiera, marcada por una profunda y prolongada crisis, no ha hecho sino reforzar la conveniencia de llevar el principio de referencia a nuestra Constitución, al objeto de fortalecer la confianza en la estabilidad de la economía española a medio y largo plazo.

La presente reforma del artículo 135 de la Constitución Española persigue, por tanto, garantizar el principio de estabilidad presupuestaria, vinculando a todas las Administraciones Públicas en su consecución, reforzar el compromiso de España con la Unión Europea y, al mismo tiempo, garantizar la sostenibilidad económica y social de nuestro país.

Artículo único.

El artículo 135 de la Constitución Española queda redactado como sigue:

“1. Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.

2. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros.

Una Ley Orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario.

La actual situación económica y financiera no ha hecho sino reforzar la conveniencia de llevar el principio de referencia a nuestra Constitución

3. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por Ley para emitir deuda pública o contraer crédito.

Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la Ley de emisión.

El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación al producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.

5. Una Ley Orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo, así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia de política fiscal y financiera. En todo caso, regulará:

a) La distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas Administraciones Públicas, los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse.

b) La metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural.

c) La responsabilidad de cada Administración Pública en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

6. Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos y dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.

Disposición adicional única.

1. La Ley Orgánica prevista en el artículo 135 de la Constitución Española deberá estar aprobada antes de 30 de junio de 2012.

2. Dicha ley contemplará los mecanismos que permitan el cumplimiento del límite de deuda a que se refiere el artículo 135.3.

2. Los límites de déficit estructural establecidos en el 135.2 de la Constitución Española entrarán en vigor a partir de 2020.

Disposición final única.

La presente reforma del artículo 135 de la Constitución Española entrará en vigor el mismo día de la publicación de su texto oficial en el Boletín Oficial del Estado. Se publicará también en las demás lenguas de España».

27 Agosto 2011

Una reforma que fortalece a la Nación

EL MUNDO (Director: Pedro J. Ramírez)

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EN UNA escena inédita en esta legislatura que está a punto de terminar, los portavoces del PSOE y el PP registraron ayer en el Congreso una propuesta conjunta para reformar el artículo 135 de la Constitución con el fin de garantizar la estabilidad presupuestaria. Socialistas y populares se felicitaron por un acuerdo que sitúa a España a la vanguardia de la nueva política económica europea y obliga a Gobierno, comunidades y ayuntamientos a una disciplina de gasto imprescindible después de los excesos de los últimos años. La portavoz del PP, Soraya Sáenz de Santamaría, subrayó con acierto la importancia política del pacto, que «marca un consenso clave en una de las principales reformas estructurales que necesita la economía española». La disciplina y la austeridad, pues, ya no estarán al albur de la decisión de los gobiernos, sino que serán una obligación constitucional. De haber existido este criterio, se hubieran evitado muchos de los problemas que ahora están aflorando con la crisis. Por ejemplo, los farmaceúticos de Castilla-La Mancha cobrarían lo que se les debe y no surgirían por sorpresa unos gastos extra de más 1.000 millones por parte del Estado.

Hay un aspecto del texto, sin embargo, que no debe pasar inadvertido porque es de gran trascendencia para frenar la deriva del Estado autonómico, ya que vuelve al sentido común de situar a la Nación por encima de cada una de sus partes. En efecto, en los seis puntos de los que constará el nuevo artículo 135 de la Constitución se cita en varias ocasiones a las «Comunidades Autónomas», como sujeto de obligaciones «para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias». Es un paso de gran importancia histórica, ya que en el texto constitucional de 1978 las comunidades aún no existían en su actual configuración y por tanto tampoco se les imponía límite alguno, ni se les corresponsabilizaba de forma expresa de las obligaciones del Estado.

Un segundo aspecto de la reforma es que ella supone reforzar el principio de igualdad ante la ley de los españoles, vivan donde vivan, no siempre respetado. Según subraya hoy en EL MUNDO el catedrático Jorge de Esteban, del nuevo artículo se desprende una consecuencia de infinito valor: todas las Comunidades Autónomas son iguales, puesto que la estabilidad presupuestaria es un requisito que se les impone a todas por igual. Puede ser sin duda un primer paso para otros cambios que profundicen en este fortalecimiento de la Nación. Por ejemplo, el establecimiento de competencias exclusivas que el Estado no puede ceder, ya que las comunidades han ido expandiendo su poder en una deriva de carácter casi confederal. En este sentido, resulta muy significativo que el líder del PNV, Iñigo Urkullu, haya puesto el grito en el cielo considerando que la reforma afecta al «autogobierno vasco». También Josep Antoni Duran Lleida, portavoz de CiU, criticó el cambio, aunque con más mesura.

Hasta ahora, la corresponsabilidad fiscal de las comunidades ha brillado por su ausencia, hasta el punto de que una de las causas fundamentales de la desconfianza en la economía española es, precisamente, el abultado déficit en el que han incurrido los gobiernos autonómicos. La imposición de medidas de equilibrio presupuestario a las comunidades era un compromiso muy firme del PP, asumido a regañadientes por Zapatero para que cada uno de los parlamentos autonómicos legislara sobre el particular. A partir de esta reforma, que establecerá mecanismos que sancionarán a los incumplidores, las comunidades no tendrán más remedio que ceñirse a la disciplina fiscal del Estado.

03 Septiembre 2011

Minimizar los daños

EL PAÍS (Director: Javier Moreno)

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La reforma constitucional, para reforzar la zona euro, sale adelante con un grave coste político

El Congreso de los Diputados aprobó ayer la primera reforma sustancial de la Constitución de 1978, que ahora deberá seguir su trámite en el Senado. El acuerdo entre socialistas y populares impidió que prosperasen las enmiendas de los restantes grupos parlamentarios, algunos de los cuales se ausentaron de la Cámara durante la votación para expresar su oposición. Los intentos de los partidos mayoritarios para que CiU se sumara al acuerdo concluyeron en fracaso. Y aunque los diputados socialistas aceptaron la disciplina de voto con solo dos excepciones, la fijación de un techo de gasto en la Constitución ha abierto heridas que transmitieron una imagen de resignación y de fractura interna.

El Gobierno y el Partido Popular han justificado la reforma por la necesidad de incrementar la confianza en la economía española. Se trata de un discurso para salir del paso, en la medida en que solo de manera remota puede tener influencia sobre las actuales necesidades de financiación una medida que no entrará en vigor hasta 2020, y que además depende para su concreción de lo que establezca una ley orgánica. La reforma no es un mensaje a los sedicentes mercados, sino a los dos miembros de la eurozona que han sido más reticentes a la compra de deuda española e italiana por parte del Banco Central Europeo y que también se han mostrado más reacios a la imprescindible creación de los eurobonos. Es decir, Francia y Alemania.

Poco ganan socialistas y populares sustituyendo la explicación política de la reforma por un lenguaje mágico que ofrece sacrificios para conjurar los males que acechan a la economía española. Si la inclusión del artículo 135 en la Constitución era una condición necesaria para avanzar en la eventual creación de los eurobonos, los ciudadanos, que además no podrán expresarse en referéndum, tenían derecho a saberlo. La maltrecha construcción europea también habría ganado si, en lugar de adoptar una medida aislada y en un único país, la reforma se hubiera enmarcado en una estrategia común a la eurozona. Es probable que, tras el gesto español, otros países sigan esa senda, necesaria por lo demás. Pero el orgullo de pioneros no es razón suficiente para renunciar de antemano a un acuerdo de la eurozona. En Europa hoy, no son las instituciones y los procedimientos lo que impera, sino que es posible que dos Estados miembros formulen algo parecido a un ultimátum y que los demás emprendan una desordenada carrera para plegarse a él.

En cualquier caso, la reforma está lanzada y el objetivo es ahora minimizar los daños políticos que ha provocado, sean muchos o pocos los beneficios económicos que reporte. Hasta ahora, la Constitución había soportado la desafección de grupos heterogéneos, desde los nacionalistas hasta los críticos de la transición, tanto de derechas como de izquierdas. A partir de este momento se puede enfrentar, además, a una desafección social, la de quienes, pese a la reforma, seguirán pagando las consecuencias más graves de la crisis.