2 junio 2018

La sentencia descarta que los agresores fueran terroristas como intentaban las acusaciones particulares

Caso Alsasua: Condenados a duras penas los jóvenes que agredieron a una pareja de guardias civiles y a sus novias en un bar de Navara

Hechos

El 1.06.2018 se hizo pública la sentencia por el denominado caso Alsasua.

Lecturas

LAS PENAS

Oihan Arnaz – Condenado a 13 años de cárcel – Señalado como el más agresivo del ataque.

Iñaki Abad – Condenado a 13 años de cárcel – Le acusan de instigar y alterar el ambiente.

Jokin Unamuno – Condenado a 12 años de cárcel – Precipitó el ataque al encararse con uno de los guardias civiles.

Adur Ramírez de Alda – Condenado a 12 años de cárcel – Rechazan su excusa de que nunca estuvo en el local por usar una prenda diferente. Consideraron que simplemente se cambió antes de su detención.

Jon Ander Cob – Condenado a 9 años de cárcel – Se encaró con unos de los guardias cuando iba al servicio.

Julen Goicoechea – Condenado a 9 años de cárcel – Agredió a las víctimas y animó a otros participantes.

Aratz Urrizola – Condenado a 9 años de cárcel – Propinó golpes fuera del bar.

LOS JUECES

 Los jueces de la Audiencia Nacional que juzgaron el caso fueron Dña. Concepción Espejel, que presidió el tribunal, Dña. Manuela Fernández Prado y D. José Eduardo Gutiérrez Gómez.

19 Abril 2018

Requiem por Alsasua

Tonia Etxarri

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ETA ya no existe, pero sobrevive su legado; la existencia de movimientos como 'Alde Hemendik' demuestra que el germen del odio hacia los cuerpos policiales tardará en erradicars

Después de la denuncia de las palizas que un grupo de jóvenes infligió a dos guardias civiles y sus parejas en Alsasua el 15 de octubre de 2016, la vida de las víctimas ha seguido siendo un infierno. Un episodio que no sucedió por casualidad porque aún permanece demasiado odio incubado desde los ‘años de plomo’ de ETA en muchos pueblos del País Vasco y Navarra. El sargento agredido sigue en su destino navarro, muerto de miedo, con su mujer y su hija pequeña. El teniente apalizado y su novia ya no están allí. Ella, de Alsasua de toda la vida porque allí se crió desde los tres años -sus padres regentan un bar-, tuvo que abandonar su paisaje, su familia. Sus amigos le fueron dejando a ella. Todo el mundo le fue haciendo el vacío. Por miedo. Tras la brutal agresión vino el aislamiento, la hostilidad, la humillación. Situaciones que ya debían haberse superado hace tiempo.

Pero la existencia de movimientos como ‘Alde Hemendik’ y campañas como la del ‘Ospa Eguna’ -que exigen la salida de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado del País Vasco y Navarra- indican que el germen del odio hacia estos cuerpos policiales tardará en erradicarse. Porque ETA ya no existe pero sobrevive su legado. Unas campañas de las que, por cierto, no se distancian las fuerzas nacionalistas no violentas y que están perfectamente diseñadas en poblaciones como Alsasua para anular los últimos reductos presenciales del Estado.

Los acusados de la agresión han negado en sede judicial tener odio o animadversión hacia la Guardia Civil. Por negar, incluso algunos han negado haber estado en el lugar del linchamiento. Pero los partes de las lesiones no engañan. El teniente tardó 92 días en recuperarse. El sargento, 53. Sus parejas, más de 60. No fue una trifulca de bar, como pretenden transformarla en el entorno abertzale. Fue una paliza con regodeo, un linchamiento por ser guardias civiles reconocidos según sostiene la Fiscalía y los testimonios de las víctimas. También los policías forales que acudieron a socorrerles, que se encontraron con un panorama tan «impactante» al ver el estado de los heridos que no tuvieron duda de que lo que había ocurrido no había sido una pelea sino una agresión en toda regla.

En medios abertzales se insiste en la campaña contra las FSE hablando de torturas generalizadas como si siguiéramos viviendo sometidos a la dictadura franquista porque, con ese tipo de propaganda, se desvía el foco de atención y se camufla la historia criminal de ETA, que asesinó a tantos funcionarios policiales.

Los amigos de ETA siempre han tenido mayor capacidad de manipulación y movilización que los ciudadanos normales. El caso de Alsasua es un claro ejemplo. Los presuntos agresores se enfrentan a penas de entre 12 y 62 años de cárcel. Y han conseguido que el debate se centre en la prisión provisional que están sufriendo tres de ellos y en la calificación de aquella salvajada como delito de terrorismo. Quizá haya otra posibilidad jurídica para calificar aquel linchamiento. Pero deberá ser la justicia quien lo decida. De momento, los responsables del Gobierno navarro han participado en una manifestación para protestar por la desproporcionada petición de penas. Ni una palabra de solidaridad con los agredidos. Para compensar, Covite junto a PP, UPN, Ciudadanos y PSN les brindaron un acto de desagravio. Pero los primeros que tendrían que estar encabezando la causa contra este odio son los responsables de los gobiernos vasco y navarro. Y no lo están haciendo.

17 Abril 2018

Alsasua o la credibilidad de la justicia

Baltasar Garzón

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Es muy grave esta forma de interpretar el Código Penal, y especialmente la actividad terrorista, que no debería banalizarse como ha sucedido

Este lunes 16 de abril ha comenzado el juicio contra los jóvenes que presuntamente agredieron a dos guardias civiles y sus parejas respectivas en un bar de la localidad navarra de Alsasua el 15 de octubre de 2016. Debo reconocer que jamás llegué a pensar que la cosa llegara hasta aquí.

Es probable que con el cúmulo de acontecimientos y sucesos que median entre aquella fecha y esta hayamos olvidado la gravedad que tiene este juicio y que se celebre en la Audiencia Nacional y no en la Audiencia Provincial de Navarra. No es que dude de los jueces de la Sala Penal de aquella que van a juzgar el caso, aunque me resulta agresiva la presencia de la magistrada Espejel dirigiendo esta vista cuando ha sido severamente cuestionada su imparcialidad por los vínculos familiares con el cuerpo de la Guardia Civil, sino que, por ese hecho, sea cual sea la sentencia, estará contaminada por la apariencia de parcialidad de esta magistrada.

Recuerdo el caso Pinochet, cuando, en noviembre de 1998, recibimos la enorme alegría de la decisión histórica de la Cámara de los Lores autorizando que el proceso de extradición iniciado por mí, continuara en pro de juzgarlo en la sala Penal de la Audiencia Nacional que poco antes, por unanimidad, había declarado la competencia de la jurisdicción española. Apenas 15 días después aquel fallo se anuló porque la mujer de lord Hoffman, uno de los jueces que lo dictó (además fue el que deshizo el empate a favor de la extradición) era miembro de una organización asociada a Amnistía Internacional y esta era coadyuvante en el proceso de extradición. Las víctimas, y todos los que participábamos en el proceso, quedamos noqueados por la decisión, pero continuamos y ganamos otra nueva resolución favorable dictada sin participación del lord magistrado cuestionado y con otro tribunal. La imparcialidad quedó garantizada.

El vínculo familiar con la Guardia Civil de la magistrada Concepción Espejel, ya alegado por las defensas y rechazado por cuestiones formales, suena a decisión corporativa y, en todo caso, debería motivarle, si entiende la función judicial como servicio público y como recurso que defiende los derechos de la ciudadanía, desde la independencia e imparcialidad, a través de un juicio con las debidas garantías, a abstenerse de forma inmediata. Pero no lo ha hecho, y eso añade un elemento más de desconfianza hacia el tribunal, en este caso.

En el caso de Alsasua las acusaciones piden casi 400 años de cárcel para quienes ni en lo más íntimo, estoy seguro, pensaron en el terrorismo como opción

Por otra parte, el relato del escrito de acusación del Fiscal y derivadamente los de las demás acusaciones, son mera copia de informes policiales descontextualizados y extraídos de investigaciones pretéritas realizadas con finalidad bien diferente a la que ahora se pretende conferir. Se emplean términos que, para quien sea ajeno a las investigaciones sobre el terrorismo de ETA, pueden parecerles contundentes, aunque, ahora, en realidad, están vacíos y son expresión de la nada; y demuestran la banalización que últimamente se percibe en la cúpula de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, al calificar como terroristas unas conductas que son cualquier cosa menos terrorismo.

En el escrito de acusación el fiscal escribe, con referencia al momento posterior al cese definitivo de la violencia anunciado por ETA el 20 de octubre de 2011, “… si bien este ‘cambio de estrategia’ diseñado por la organización terrorista ETA y la ‘Izquierda Abertzale’ ha desactivado la violencia terrorista, y reducida a mínimos históricos la ejercida por los grupos ‘X-Y’ de apoyo, no ha sucedido lo mismo con la actividad permanente de ‘Alde Hemendik’, dinamizada y dirigida desde la ‘Izquierda Abertzale’ y organizaciones y plataformas afines. En la actualidad, la finalidad de todas las acciones vinculadas a la campaña ‘Alde Hemendik’ es, en primera instancia, la expulsión de las F.C.S. de la Comunidad Autónoma Vasca y la Foral de Navarra, influyendo de manera negativa en la calidad de vida de los miembros de la Guardia Civil, así́ como en la de sus familiares y amistades como paso previo a su exclusión social…” Y sigue diciendo el fiscal, “… A partir del año 2011 comienzan a observarse dos nuevas denominaciones ‘FAN HEMENDIK/FUERA DE AQUÍ’ y ‘OSPA/FUERA’, así́ como un incremento de las acciones de protesta, presión y hostigamiento centrados en la Guardia Civil, desarrollado con especial intensidad en las localidades navarras de Alsasua, Leiza y Estella (localidades que cuentan con ‘movimientos populares’ definidos y organizados), así́ como en Arbizu, Lecumberri o Puente La Reina, entre otras, donde también se viene registrando cierta actividad de protesta, y apoyo mediante redes sociales a la campaña ‘ALDE HEMENDIK!/¡QUE SE VAYAN!’…”

El problema es que este relato argumentado, sencillamente, no es real. Alde Hemendik, sin perjuicio de que se utilice esta expresión, no tiene nada que ver con el movimiento creado por ETA, porque sin esta, aquel carece de sentido. Alde Hemendik, se creó y formaba parte inescindible de una estrategia y una estructura terroristas que obedecían a una finalidad de lucha armada distribuida en varios estadios y especialmente al de la movilización de masas que ETA consideraba imprescindible para la consecución de sus fines políticos. Pero, por sí solo no pasa de ser un lema enarbolado por personas o grupos más o menos numerosos que, por sí mismos, no pueden llevar a cabo aquellos fines. Si esto no se entiende, y es fundamental que los magistrados lo comprendan, como lo hicimos a través de los años quienes investigamos esta dinámica de ETA, están abocados a considerar terroristas a quienes intrínsecamente no pueden serlo; sin perjuicio de que se le puedan imputar otras conductas, pero desde luego no las de terrorismo.

Debo reconocer que jamás llegué a pensar que la cosa llegara hasta aquí con el caso Alsasua

En este caso, el fiscal contextualiza que, “además de los 100 actos de sabotaje y violentos realizados en Alsasua entre los años 1988 y 2009 enmarcados en la campaña del ‘Alde-Hemendik / Que se vayan’ e indicados en el apartado anterior” (cuando la práctica totalidad de los acusados eran menores de edad e incluso niños o no habían nacido) “en esta localidad de la Comunidad Foral de Navarra la actividad de la dinámica ‘Alde Hemendik’ también se desarrolla bajo la denominación de ‘OSPA MUGIMENDUA/ MOVIMIENTO OSPA’…”

Sin embargo, el representante del Ministerio Público confunde gravemente lo que es una organización terrorista que crea una iniciativa instrumental para sus fines, con la actividad en sí misma, convirtiéndola, unas veces en “un movimiento” y otras en “un colectivo” de personas arbitrariamente unidas para conseguir dar forma a algo parecido a un grupo terrorista que solo existe en los informes de la guardia civil y en la mente de las acusaciones.

Es decir, se crea una organización de un lema o actividad que integraba una dinámica delictiva sostenida en el tiempo por ETA y sus estructuras cuando ya estas no existen, y se construye un relato fáctico con elementos añadidos para que aparezcan coherentes con aquel marco histórico y así calificarlos como terroristas.

Realmente es muy grave esta forma de interpretar el Código Penal y especialmente la actividad terrorista, que no debería banalizarse, como también ha sucedido con la calificación de los hechos imputados a Tamara Carrasco por su papel en los denominados Comités de Defensa de la República, al pedir el fiscal la prisión provisional incondicional por terrorismo. Menos mal que, en este caso, la prudencia judicial se ha impuesto.

La diferencia queda marcada porque en el caso de Alsasua las acusaciones piden casi 400 años de cárcel para quienes ni en lo más íntimo, estoy seguro, pensaron en el terrorismo como opción ni, cuando presuntamente ejecutaron las conductas que se les imputan (está por ver que las cometieran), actuaron con esa finalidad ni objetiva ni subjetivamente; ni en lo material ni en lo formal. El Código Penal describe esos hechos perfectamente en otros artículos sin necesidad de retorcer la interpretación de la norma en aras de una lucha que debe dirigirse en otra dirección y no para resucitar espectros que dejaron de existir, afortunadamente

En estos tiempos complejos en los que el arma del derecho penal se está esgrimiendo con profusión y ligereza para solventar problemas de naturaleza política, al menos en este caso, no exacerbemos unos hechos que deben ser sancionados, pero no calificándolos como terroristas.

02 Junio 2018

Alsasua: condena pero no por terrorismo

EL MUNDO (Director: Francisco Rosell)

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02 Junio 2018

Alsasua, como si fueran terroristas

ABC (Director: Bieito Rubido)

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La Audiencia Nacional ha condenado a los agresores de dos guardias civiles y sus novias en un bar de Alsasua a penas que oscilan entre los 2 y los 13 años de prisión. El tribunal se ha inclinado por descartar la calificación de los hechos como terrorismo, pero no escatima la gravedad de los delitos cometidos – atentado, lesiones, desórdenes públicos y amenazas – aumentada por el odio que mostraron los matones contra cuatro personas inocentes. El relato de los hechos contenido en la sentencia tampoco ahorra detalles de la brutalidad de los agresores y la cobardía de los espectadores que nada hicieron para auxiliar a las víctimas. Hicieron lo mismo que tantos vascos ante ETA: oír, ver y callar, que es una forma repugnante de complicidad. El tribunal dice que eso no fue terrorismo, porque no consta militancia proetarra de los agresores, ni que persiguieran una finalidad terrorista. Pero si eso no es terrorismo, se le parece mucho, porque también fue finalidad de ETA expulsar del País Vasco y de Navarra a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, silenciar a los no naiconalistas, imponer el miedo en las calles. Baste recordar el número de los ciudadanos vascos que tuvieron que abandonar el País Vasco, por decenas de miles, en los años de plomo, una auténtica depuración del censo electoral, un exilio forzoso que de haber sucedido en una guerra convencional sería tratado como un crimen de guerra.

Alsasua es el síntoma de que ETA, aunque se haya despedido, ha dejado su infección inoculada en muchos jóvenes vascos y navarros. Mucho odio tiene que haber en unos jóvenes que vieron normal un linchamiento a dos parejas, sólo porque eran guardias civiles y sus novias. En Alabama, serían del Ku Klux Klan. En el País Vasco y Navarra, son los herederos de ETA.

14 Junio 2018

Sobre la sentencia de Altsasu y otras derivas

Pedro Ibarra Güell

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La sentencia es un ejemplo más de la política de un Estado con tintes autoritarios en el uso y abuso selectivo y desproporcionado del Derecho Penal.

Con la sentencia de Alsasua se supone que deberíamos estar callados. Que aquellos que sostenemos que avanza el modelo de Estado autoritario, deberíamos reconocer nuestra imprudente actitud. Que cuando decimos que los poderes ejecutivo y judicial reprimen con especial dureza las acciones directamente políticas o con connotaciones políticas, que cuestionan instituciones, procesos y autoridades políticas consideradas sagradas por lo gobernantes actuales y, probablemente, futuros, debemos mostrar sincero arrepentimiento. Ello es exigible dada la razonable y bondadosa sentencia de la Audiencia Nacional con penas que van desde 9 a 13 años de cárcel en el asunto de Altsasu, con excepción de una condena de 2 años.

Pues no nos arrepentimos. Seguimos creyendo y pensando lo mismo. Autoritarismo y estrategia política represiva mediante el uso abusivo y desproporcionado del Derecho Penal. Conviene recordar, en este sentido, que la petición fiscal de más de 50 años de prisión basada en un delito de terrorismo tenía su particular diseño, situado paralelamente a la estrategia de autoritarismo represivo político antes descrita. La disparatada petición fiscal tenía como objetivo generar la equivalente protesta y la posterior calma y correspondiente amor a la Justicia frente a la sustancial rebaja.

Pero el personal no es idiota porque resulta obvio que la sentencia de la AN expresa esa estrategia política represiva. Todo el montaje de la descabellada hiperpenalización no ha podido desviar la atención y el rechazo frente a condenas desproporcionadas por una pelea de bar. Pero las condenas no derivan de la pelea en sí, sino de alguna otra circunstancia: uno de los afectados era guardia civil. Y, sobre todo: los jóvenes condenados, según la sentencia, están en contra de la Guardia Civil. Y en cuanto que la Guardia Civil es una institución que simboliza al Estado y a su forma de entender y hacer política, despreciar a esa autoridad merece un severo castigo. En consecuencia, la sentencia es un ejemplo más de la política de un Estado con tintes autoritarios en el uso y abuso selectivo y desproporcionado del Derecho Penal. Selectivo porque si se adjudicó jurisdicción a la Audiencia Nacional y luego no es terrorismo este caso debería haber vuelto al juez natural de Pamplona. Abusivo no hace falta insistir más, pero es interesante comparar la suerte de los detenidos de Alsasua durante la instrucción donde la jueza Lamela ha tenido casi 2 años en prisión provisional a tres de los encausados, con la decisión de la juez de Instrucción número 4 de Algeciras que ha acordado en un caso también de trifulca con la Guardia Civil, dejar en libertad provisional sin fianza a cinco personas detenidas y con una fianza de 2.000 euros a las otras tres restantes, acusadas de agredir y herir a unos guardia civiles por un grupo de unas 50 personas.

Por no hablar de la presidenta del tribunal, la jueza Espejel, jueza que más allá de su notoria cercanía al PP, está tan íntimamente emparentada con un miembro del cuerpo agredido en Altsasu y ha sido condecorada por dicho cuerpo, que debería haber sido recusada o haberse inhibido motu proprio, aunque esto último sea ya mucho esperar tal es su rigor jurídico.

La sentencia casi ha coincidido en el tiempo con la moción de censura al gobierno de Rajoy y el advenimiento del nuevo gobierno socialista de Sánchez, donde junto a nombramientos dignos y esperanzadores, lamentablemente destaca la designación de Grande Marlaska como ministro de Interior, algo difícilmente comprensible en un Estado de derecho o que, como mínimo, aspire a serlo con las debidas garantías.

Grande Marlaska representa el ala más dura y autoritaria de los excesos de la Audiencia Nacional. Por si fuera poco, en el tema de torturas a detenidos, le cabe el dudoso honor jurídico de haber sido hasta seis veces señalado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (con condenas firmes contra el Estado) por no investigar torturas a detenidos y también por haber sido denunciado, en otros casos, por denegación de «habeas corpus» para los detenidos. Un nuevo ministro, en suma, cuyas resoluciones judiciales previas tienden a anteponer la razón de Estado frente a los derechos fundamentales y sus necesarias garantías. Un nuevo ministro hasta ahora presidente de la sala de lo Penal de esa Audiencia Nacional responsable de la instrucción y de las aberrantes condenas del caso de Altsasu.

*Firman también el artículo Joxerramon Bengoetxea, José Manuel Castells, Luis Elicegui Xabier Ezeizabarrena, Gurutz Jauregi, Esther Larrañaga y Jon Gurutz Olaskoaga.