23 diciembre 1980

El Gobierno Suárez (UCD) y el lehendakari Garaicoetxea (PNV) acuerdan la creación de una policía autonómica vasca: la Ertzaina

Hechos

El 23 de diciembre de 1980 el Gobierno acordó la creación de una Policía Autonómica Vasca.

24 Diciembre 1980

La policía vasca

EL PAÍS (Editorialista: Javier Pradera Cortázar)

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LA BUENA noticia de que el Poder Ejecutivo y el Gobierno de Vitoria han llegado a un acuerdo a fin de poner en marcha la policía autónoma vasca se produce a la vez que el anuncio de la estrategia acordada anteayer por el Consejo de Ministros para reconducir el confuso, contradictorio y complejo proceso autonómico en una dirección que se pretende nueva, pero cuyo rumbo tampoco en esta ocasión termina de ser claro.El forcejeo entre el palacio de la Moncloa y el palacio de Ajuria Enea, alimentado de suspicacias y recelos casi enfermizos, sobre la Junta de Seguridad y la policía autónoma vasca parece haber concluido en un entendimiento. Es probable que los buenos oficios de Marcelino Oreja, delegado del Gobierno en la comunidad autónoma de Euskadi, hayan contribuido a disipar desconfianzas y temores entre las dos partes y que el viaje del presidente Suárez a las tres capitales vascas haya servido también para crear el clima de distensión necesario para alcanzar el acuerdo.

El real decreto que restablece los antiguos cuerpos de miñones y miqueletes de Vizcaya y Guipúzcoa y reorganiza a los miñones de Alava crea, en realidad, el núcleo inicial de la policía autónoma vasca, a la que el Estatuto de Guernica asigna «la protección de las personas y bienes y el mantenimiento del orden público dentro del territorio autónomo», con independencia de los «servicios policiales de carácter extracomunitario y supracomunitario», que quedan reservados a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.

Si bien las antiguas policías forales, suprimidas en Vizcaya y Guipúzcoa tras la guerra civil, dependerán formalmente de las respectivas diputaciones, en homenaje a una vieja tradición, esos cuerpos, reinstaurados y modernizados obedecerán, en última instancia, al Gobierno vasco. El decreto atribuye así. al Gobierno de Vitoria tanto las facultades que correspondían al Ministerio del Interior en relación con los miñones y miqueletes como la dirección, coordinación e inspección de esos .cuerpos. Al Gobierno vasco corresponde, en suma, el mando supremo de ese embrión de policía autónoma, tal y como lo establece el artículo 17 del Estatuto de Guernica. El Estado, por su párte, se reserva, además de los servicios supra y extracomunitarios, la licencia de armas para los integrantes de ese cuerpo, cuyos mandos serán necesariamente jefes y ofici iles de-las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Las funciones de ese núcleo inicial de la policía autónoma vasca se inscriben en el marco del Estatuto y de la Constitución: proteger la seguridad. ciudadana, garantizar el ejercicio de los derezhos y libertades, velar por el cumplimiento de las leyes estatales y comunitarias, realizar funciones recaudatorias y administrativas, etcétera. El punto conflictivo de la cusodia de las vias de comunicación se ha resuelto encomendando a miñones y miqueletes la vigilancia del tráfico, pero dejando abierta la posibilidad de que los cuerpos de seguridad estatales puedan ejercer funciones de control y seguridad.

El decreto prevé que, en el plazo de seis meses, comenzará a operar el núcleo inicial del nuevo cuerpo, con una plantilla no inferior a quinientos hombres, y que todas las funciones reconocidas por el Estatuto de Guernica entrarán bajo su competencia en un período no superior a cinco años. La vigilancia del tráfico será encomendada a una plantilla de doscientos hombres.

El acuerdo se hace extensivo también al conflictivo tema de la presidencia de la Junta de Seguridad, órgano paritario de coordinación entre la policía autónoma y los cuerpos de seguridad estatales. El artículo 17 del Estatuto de Guernica había dejado en el aire o en la ambigüedad ese punto. La solución, seguramente poco funcional pero la única posible, es que la presidencia sea desempeñada «conjuntamente» por un representante de la Administración central y otro del Gobierno vasco.

Se trata, en suma, del primer paso para la transferencia a la comunidad autónoma vasca de las funciones de orden público previstas en el Estatuto y para la creación de los cuerpos policiales que hagan factible.su realización. Comienza así un proceso que durará cinco años y que estará nutrido por los trabajos, nada fáciles, de organización, selección, entrenamiento y dotación de la policía autónoma vasca. A lo largo de ese período, los cuerpos de seguridad estatales y la policía autónoma tendrán que aprender a coexistir dentro del mismo territorio, a compartir competencias, a respetar las propias de cada uno y a saber que, en última instancia, el orden público, la seguridad ciudadana y la protección de los derechos y libertades es el suelo común que posibilita de antemano la armonía y complementariedad de sus actividades.

En cualquier caso, el acuerdo entre el Poder Ejecutivo y el Gobierno vasco sobre la policía autónoma y el decreto que regula sus competencias y organización constituyen .un importante acontecimiento que abre perspectivas ciertas para el desarrollo del Estatuto de Guernica y que crea las condiciones para que el Gobierno de Vitoria asuma sus responsabilidades en lo que concierne a la pacificación de Euskadi.

Queda, por lo demás, para otra, ocasión el comentario. de las medidas propuestas por el Gobierno para ordenar la cara oculta. del planeta auionómico y para lograr, aunque sea a través de una tercera lectura de la Constitución, alguna racionalidad y un poco de buen sentido en una empresa en la que casi todos los partidos han derrochado demagogia e irresponsabilidad. El naufragio del referéndum gallego debería servir al menos para que todos reflexionaran más sobre un tema que amenaza con desplazar los verdaderos problemas del país por otros que sólo interesan a la clase política subalterna.