22 abril 1994

Sentencia por el trágico incendio de la discoteca Alcalá 20 de Madrid en el que murieron 82 personas

Hechos

La sentencia se conoció el 22 de abril de 1994.

Lecturas

LOS RESPONSABLES DE LA TRAGEDIA

82 personas murieron víctimas del incendio. 23

D. Emilio García Horcajo (PSOE), Teniente de Alcalde del ayuntamiento de Madrid y concejal de Seguridad fue procesado en la causa pero resultó absuelto, siendo el único de los seis procesados a los que el juicio declaró libre de culpa.

D. Guillermo Herranz Acero, vocal de la Junta Central Consultiva de Inspección de Espectáculos del Ministerio del Interior. Con su condena como funcionario de Interior cuya condena suponía que el Estado debería pagar 2.000 millones de pesetas en indemnización. Es condenado a 2 años de prisión menor con resultado de muerte, lesiones y daños.

D. Pedro Rascón Bravo, propietario del negocio de Alcalá 20, se encontraba en el Interior de la Sala cuando se produjo el incendio. Ha sido condenado a la misma pena que sus socios: dos años, seis meses y un día de prisión.

D. Juan Antonio Iglesias Alcalde – Principal accionista de la discoteca Alcalá 20, fue el gran ausente de la vista oral del juicio por padecer una grave enfermedad cardiovascular. En su ausencia el resto de acusados le señalaron como principal responsable.

D. Carlos José Mendoza Millán – También formaba parte de la empresa propietaria de la discoteca siniestrada, y ha sido condenado a dos años de prisión menor por imprudencia temeraria con resultado de muerte, lesiones y daños.

D. Doroteo Martín Gómez – Es otro de los copropietarios del negocio, que ha sido condenado igualmente a dos años de prisión menor por imprudencia temeraria con resultado de muerte, lesiones y daños.

D. Miguel Gabaldón Gómez – Ingeniero industrial, que ejecutó el proyecto de instalación eléctrica, ha sido condenado a dos años de prisión menor por imprudencia temeraria con resultado de muerte, lesiones y daños, y a seis meses y un día de prisión menor por falsedad en documento oficial.

23 Abril 1994

Sentencia agridulce

EL PAÍS (Director: Jesús Ceberio)

Leer

EN EL enjuiciamiento de las tragedias colectivas, lo importante no es tanto la reparación económica que se debe a sus víctimas, al fin y al cabo efecto obligado de la justicia, como que ésta se pronuncie con la mayor precisión posible sobre las responsabilidades de quienes, por acción u omisión, las provocaron. En el proceso por el incendio de la discoteca Alcalá 20, de Madrid, ocurrido el 17 de noviembre de 1983, la justicia ha fijado claramente las responsabilidades económicas, adjudicándolas subsidiariamente al Estado, pero es dudoso que haya llegado hasta donde correspondía en el terreno de las responsabilidades penales. De ahí la dimensión polémica de la sentencia dictada ayer por la Audiencia Provincial de Madrid y el sabor agridulce que ha dejado entre los familiares de las 81 víctimas mortales que provocó la tragedia.De entrada, no es fácil para la justicia determinar responsabilidades en un escenario en el que éstas quedan diluidas en una cascada de niveles administrativos y de disposiciones normativas que se superponen y que, a veces, se contradicen. Ello explica, en parte, su exasperante lentitud y el largo calvario que sufren las víctimas que logran sobrevivir y sus allegados. Los 10 años largos de espera judicial sobre el incendio de Alcalá 20 y los padecimientos de las víctimas sobrevivientes (28 heridos de diversa consideración) y de los familiares de los fallecidos se corresponden con lo sucedido en otras catástrofes colectivas habidas en los últimos años en España: colza, derrumbamiento de la presa de Tous, incendio de la discoteca Flying de Zaragoza, etcétera. La justicia no lo tiene fácil, pero tampoco sus decisiones pueden crear nunca satisfacción, tal es la magnitud del daño y del padecimiento humano que ocasionan este tipo de tragedias.

El castigo ejemplar de todos los eslabones de la cadena de responsabilidad causante de esas tragedias es esencial para que no se repitan. La negligencia es culpable. Quienes descuidan las más elementales normas de seguridad o no vigilan lo suficiente para que se cumplan -sistema de incendios inadecuado, puertas de emergencia obstruidas o mal señaladas, materiales de decoración altamente combustibles y tóxicos, en el caso de la discoteca Alcalá 20- merecen una condena, sean propietarios o responsables públicos. Sólo de ese modo habrá esperanza de terminar de una vez con los auténticos desencadenantes de estas catástrofes: la desidia, la arbitrariedad administrativas, el afán de lucro ilimitado… Es la mínima satisfacción que merecen los familiares de las 81 víctimas mortales del incendio de Alcalá 20 y las centenares dejadas tras sí por las tragedias de parecida factura habidas en España durante los últimos años.