14 mayo 1981

El CGPJ presidido por Federico Saínz de Robles denuncia ‘injerencias’ del Ministerio del Interior de UCD con los magistrados del Poder Judicial

Hechos

El 13 de mayo de 1981 el Consejo General del Poder Judicial hizo pública una nota denunciando injerencias.

14 Mayo 1981

El poder judicial

EL PAÍS (Editorialista: Javier Pradera Cortázar)

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LA NOTA del Consejo General del Poder Judicial para recordar al Poder Ejecutivo que la independencia de los magistrados, «condición sustantiva de un Estado democrático de derecho», está siendo puesta en peligro por los comunicados de «algunos portavoces y autoridades políticas del Ministerio del Interior» ha sido considerada en algunos medios como inoportuna. Nuestra crítica, sin embargo, se limitaría a calificarla de tardía, ya que ese alto organismo dejó pasar demasiados días entre el motivo concreto que ha dado origen a la réplica y su expresión pública.El Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional puso en libertad, el miércoles 22 de abril, al abogado Pedro Ruiz Balerdi, a quien la autoridad gubernativa había aplicado la ley Antiterrorista por presunta autoría, complicidad o encubrimiento en el secuestro de Luis Suñer. Casi al mismo tiempo, el Mando Unico Antiterrorista hacía pública una nota para exponer sus conjeturas acerca del caso como si fuesen hechos probados y para presentar sus valoraciones sobre la conducta del letrado donostiarra como traducibles a la tipificación penal de tales actos.

Con esa nota, la tendencia de algunos departamentos de la Administración a ignorar los principios de la división de poderes y a invadir el campo de competencias del poder judicial alcanzó una cota notable de imprudencia. Porque si la. doctrina que la inspiró llegara algún día a prosperar, la independencia e incluso la utilidad misma de los jueces y magistrados tendrían que ser puestas en duda y los artículos de la Constitución que consagran las garantías y los derechos de los acusados deberían ser enviados de inmediato al trastero. La explicación oficial de la Guardia Civil para explicar los hechos producidos en Almería durante el. último fin de semana o la circunstancia de que en la. nota del Mando Unico Antiterrorista se mencionara como miembro del comité ejecutivo de ETA Político-militar «liberado» a un vecino de Escoriaza y presidente de una cooperativa, que se presentó voluntariamente a la Guardia Civil, para rechazar la inculpación, ahorran cualquier otro comentario sobre la pretensión gubernativa de sustituir a la autoridad judicial en el establecimiento de los hechos y en su valoración jurídica.

El asunto de Pedro Ruiz Balerdi puede ofrecer, aparte de sus dimensiones propiamente jurídico-penales, sobre las que los tribunales deberán pronunciarse, otros aspectos éticos y políticos de importancia nada desdeñable. El letrado donostiarra tiene la obligación política, como teniente de alcalde de San Sebastián, electo bajo las siglas de Euskadiko Ezkerra, el deber moral, como simple ciudadano, y la exigencia tributaria, como firmante de la declaración de la renta, de explicar cuanto antes la procedencia y el destino de la cuantiosa suma que llevaba consigo al cruzar la frontera, así como de otros eventuales ingresos generados en gestiones relacionadas con mediaciones en torno a secuestros o chantajes. La cláusula del secreto profesional, esgrimida hasta ahora por Pedro Ruiz Balerdi para callar, no puede convertirse en una coartada indefinida para rehuir sus responsabilidades morales, tributarias y políticas. Pero una cosa es solicitar tales explicaciones y otra muy distinta que un departamento gubernamental ponga en berlina a un ciudadano usurpando funciones judiciales.

Por lo demás, la declaración del Consejo General del Poder Judicial, a la vez que defiende «la dignidad de jueces y magistrados» y rechaza las campañas de desprestigio de origen gubernativo, orientadas a crear una imagen de «incomprensible lenidad» de los tribunales, subraya «el esfuerzo, la abnegación y el sacrificio de las fuerzas de seguridad del Estado» y recalca que sus críticas no se dirigen a los miembros de esos cuerpos, sino a los portavoces y autoridades políticas del Ministerio del Interior. Confiemos que, en el futuro, el más aIto organismo del poder judicial sepa también distinguir entre las críticas individualizadas a sentencias o a conductas particulares de sus miembros y el respeto a la magistratura como tal, a fin de evitar que -nunca mejor dicho- una institución pueda ser, a la vez, juez y parte de un proceso, como sucedió con la condena por desacato al director de EL PAIS.

El comunicado recuerda principios tan elementales como la obligación de las autoridades gubernativas de mantener en secreto los atestados policiales, la necesidad de que la culpabilidad sea probada y no simplemente afirmada, el carácter no vinculante para el juez de las opiniones policiales y la inadmisibilidad de que portavoces gubernativos «censuren, abierta o encubiertamente, a los jueces». Porque «es claro que no corresponde a las fuerzas de seguridad ni al Ministerio del Interior declarar cuándo hay o no delito», sino aportar pruebas fehacientes de que han sido cometidos, y resulta evidente tal invasión de las funciones judiciales por el Poder Ejecutivo, que atenta gravemente contra la credibilidad de magistrados y fiscales. En definitiva, «el mutuo desprestigio de las instituciones del Estado contribuye lamentablemente a que el pueblo se despegue de todas». Objetivo que, sin duda, algunos desean y persiguen.