27 noviembre 1981

Los magistrados Bernardo Castro y Mariano Gómez de Liaño niegan haber participado en el homenaje

Criticas a un homenaje al ex juez del Tribunal Supremo, Adolfo de Miguel Garcilópez, acusado de ultraderechistas por ser abogado de algunos de los acusados por el 23-F

Hechos

El 26 de noviembre de 1981 la oficina de prensa del CGPJ publicó el desmentido de dos jueces a su presencia en el homenaje a D. Adolfo de Miguel Garcilópez.

27 Noviembre 1981

Homenaje sospechoso

EL PAÍS (Editorialista: Javier Pradera Cortázar)

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SEGUN LA oficina de Prensa del Consejo General del Poder Judicial, dos magistrados del Tribunal Supremo que aparecían como firmantes de la convocatoria de homenaje a Adolfo de Miguel niegan de plano esa supuesta adhesión y desconocen incluso la existencia de la Asociación Cultural Afirmación Española, organizadora de la cena. Aunque ese desmentido podía haberse hecho público de manera directa e inmediatamente después de que la lista de firmas apareciera en la mañana del día 24 de noviembre en El Alcázar (sin necesidad de aguardar dos días, de justificarlo en los comentarios publicados «en los medios de comunicación» y de utilizar el vehículo indirecto de una oficina de Prensa institucional), la aclaración de los magistrados Bernardo Castro y Mariano Gómez de Liaño no puede ser sino bien recibida. La circunstancia de que sería precisamente la Sala Segunda del Tribunal Supremo la que eventualmente conociera el recurso contra la sentencia dictada por el Consejo Supremo de Justicia Militar en el sumario por rebelión militar del 23 de febrero hubiera podido crear un conflicto moral y un incidente jurídico, dado que Adolfo de Miguel es defensor de dos de los acusados. Aun sin necesidad de que se hubiera llegado a la recusación formal de estos jueces, la calidad de convocantes de ambos magistrados habría creado nuevas tensiones.La convocatoria del homenaje, organizado por una asociación desconocida, utiliza como percha 1a incorporación al ejercicio de la abogacía» del jubilado Adolfo de Miguel. Ese acontecimiento tan importante se produjo hace casi dos años, y parece por eso un simple pretexto tras el que se esconde el motivo real del homenaje. La convocatoria, a nuestro juicio, no pretende tanto aplaudir elejemplo admirable de una vida entera consagrada al servicio de la justicia» como respaldar la decisión del ex presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de poner sus conocimientos al servicio de los acusados de rebelión militar.

Sería injusto descartar la posibilidad de que la firma de algunos de los convocantes haya sido suplantada -como en el caso de los magistrados Castro y Gómez de Liaño-, o que buena parte de los futuros asistentes se. muevan exclusiva o fundamentalmente por razones de amistad o de admiración profesional. De otro lado, quienes simpatizan con Adolfo de Miguel por otras causas tienen igualmente todo el derecho a reunirse a cenar con el defensor de Juan García Carrés y de Camilo Menéndez. El problema más delicado se les puede plantear, sin embargo, a los magistrados, jueces y fiscales que firman esa convocatoria, ambigua, cuando menos, en sus planteamlentos, intenciones y significados, sobre todo si les corresponde aplicar, en el ámbito de una jurisdicción especializada, normas tan delicadas en su interpretación como la ley Antiterrorista, la ley de Defensa de la Democracia y la ley de Protección Jurisdiccional de los Derechos de la Persona.

Los jueces y magistrados desempeñan en nuestro sistema democrático uno de los tres poderes dentro de la separación tradicional en un Estado de derecho. A diferencia de los miembros del poder legislativo, no son elegidos por los ciudadanos, posibilidad sólo desarrollada en el sistema judicial anglosajón., A diferencia del poder ejecutivo, no dependen ni para su nombramiento, ni para su control, ni para su remoción, de las votaciones del Congreso. La creación del Consejo General del Poder Judicial ha sustraído incluso al Gobierno pasadas competencias y ha transformado ese órgano en una especie de Ministerio de Justicia colegiado.

Sucede así que el tercer poder, objeto del título VI de la Constitución, se halla en manos de esos «jueces y magistrados independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley», que «no podrán ser separados, suspendidos, trasladados ni jubilados, sino por algunas de las causas y con las garantías» previstas por las normas correspondientes y que forman un cuerpo de carrera al que se accede por oposiciones.

Por todo ello, incluso el propio Adolfo de Miguel ha puesto en guardia a sus simpatizantes con su libro Jaque a la justicia, contra los peligros de una politización de la justicia. Creemos que este jubilado juez comete un grave error al afirmar que en el pasado esa politización malsana no existió, ya que sobran p’ruebas para sostener lo contrario. Resulta evidente además que el Poder Judicial aunque incompatible con un ejercicio de la justicia sesgado por los intereses partídistas y los prejuicios ideológicos, debe ser beligerante a la hora de defender la Constitución, aprobada por la mayoría de los españoles, y la legalidad que en ella se sustenta. Y a la inversa, cualquier hipotético apoyo de magistrados y jueces a quienes trataron de subvertir el orden constitucional tiene que ser criticado y sancionado si procede.