5 julio 2005
Deberán pagar 600.000 euros a cada una de las tres familias de las tres niñas asesinadas
El Estado condenado por el crimen de Alcasser: Antonio Anglés cometió el crimen mientras disfrutaba de un permiso penitenciario de siete días que no debió haber concedido
Hechos
El 5 de julio de 2005 se hizo público la condena al Estado por responsabilidad civil en el crimen de Alcasser de 1993.
05 Julio 2005
Reparación debida
Trece años después del espantoso crimen de las niñas de Alcàsser (Valencia), la Audiencia Nacional ha condenado al Estado a pagar una indemnización de 600.000 euros a las familias de cada una de las tres víctimas. Es una justa y obligada reparación: el principal autor del crimen, huido de la justicia y no hallado hasta el momento, fue un recluso, Antonio Anglés, que se dio a la fuga mientras disfrutaba de un permiso penitenciario de siete días. El tribunal endosa a la Administración la responsabilidad patrimonial por el daño producido «al derivar de un riesgo creado» por el propio sistema penitenciario y que, en este caso, era fácilmente predecible por el historial delictivo del recluso, tal como se confirmó trágicamente.
Las reclamaciones por daños y perjuicios de los ciudadanos al Estado se enfrentan a un procedimiento más lento de lo habitual. Pero en esta ocasión, habría sido deseable una mayor rapidez de la justicia. No sólo por la singularidad del suceso y el impacto social y mediático que produjo, sino por la cuestión subyacente al mismo: los permisos carcelarios. El de Anglés, vinculado al triple asesinato de Alcàsser, fue el catalizador de la alarma social suscitada por los hechos delictivos cometidos por presos con permiso y el primero que originó una serie de reformas legislativas y prácticas en la política penitenciaria sobre la materia.
De haberse producido en fecha más cercana a los hechos, el pronunciamiento judicial sobre la responsabilidad patrimonial del Estado habría contribuido a las reformas emprendidas entonces para reducir al máximo los riesgos de los permisos carcelarios. También a acortar la dilatada espera de las familias a la indemnización debida. En todo caso, el pronunciamiento de la Audiencia Nacional pone de relieve retrospectivamente el acierto de aquellas reformas: si la Administración penitenciaria y, por tanto, el Estado asumen la responsabilidad patrimonial por los riesgos corridos por los ciudadanos, al margen de que estén o no bien fundados los permisos carcelarios, es lógico que adopten las máximas cautelas para su concesión.