11 diciembre 1995

En una sentencia sorprendente, el jurado popular del País Vasco los absolverá

El joven Mikel Otegi (ETA) asesina con escopeta y por la espalda a los etzainas José Luis González e Ifiaki Mendiluze

Hechos

El 10 de diciembre de 1995 Mikel Otegi, asesina con disparos de escopeta a  José Luis González Villanueva y a Ifiaki Mendiluze Etxeberria.

Lecturas

12 Marzo 1997

El suelo del infierno

Javier Pradera

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La absolución por un jurado popular de Mikel Otegi, que asesinó a sangre fría en el pueblo guipuzcoano de Itsasondo a dos ertzainas en diciembre de 1995, no sólo arroja una cruda luz sobre la dramática situación del País Vasco, sino que obliga a plantearse la adecuación a la realidad actual de la Ley del Jurado de 1995. No es seguro que la justificada indignación mostrada por los familiares de las víctimas y sus compañeros de la policía autónoma tras el torticero veredicto hubiese sido idéntica caso de haber sido dictada esa sentencia exculpatoria (que parece consagrar el privilegiado derecho a la impunidad de los criminales vinculados con el nacionalismo vasco radical) por un tribunal de magistrados. De haberse producido semejante desafuero, el sistema de recursos habría garantizado la oportunidad de someter a revisión el fallo por instancias superiores; ahora, en cambio, existen dudas razonables sobre la posibilidad técnico-jurídica de reparar el entuerto. Y, aunque el jurado ha reunido los cintovotos sobre nueve exigidos por la ley para exculpar a Mikel Otegi, su número habría tenido que elevarse hasta siete (también sobre nueve) para declararle culpable del asesinato de los dos ertzainas.Aunque la cólera y el temor provocados por la absolución de Mikel Otegi pueden ser a corto plazo malos consejeros, resulta evidente la necesidad de plantearse de manera reflexiva una reforma de la ley del Jurado capaz de extraer las experiencias adecuadas no sólo de este sangrante caso, sino también de otros juicios celebrados bajo su amparo. En un primer momento , los portavoces del PSOE y de IU (los dos grupos que más trabajaron durante la anterior legislatura para conseguir la aprobación de la norma) y los partidarios de la institución del jurado (que continúan esgrimiendo atendibles razones doctrinales, jurídicas o políticas) han sostenido la tesis defensiva según la cual la causa de los desastres hasta ahora producidos -especialmente la absolución de Otegi- no sería el buen texto de la ley, sino su mala aplicación. Se trata de un falso dilema: dado que las malas aplicaciones de una norma suelen provenir de los defectos técnicos, ambigüedades terminológicas y lagunas procesales de su articulado, la única forma de impedirlas es proceder a una buena reforma del texto.En contra de la historia judicial española y del sistema vigente en la mayoría de los países europeos, la ley de 1995 optó por la variante pura del jurado, al que confió la tarea no sólo de establecer los hechos probados, sino también de cuadrarlos dentro de los tipos delictivos y de valorar las causas de exención de la responsabilidad penal. El jurado que absolvió a Mikel Otegi «por no ser en absoluto dueño de sus actos en el momento de cometer los hechos» estaba compuesto por ocho mujeres y un hombre, sorteados entre 25 candidatos después de que otros 19 presentasen alegaciones (probablemente aconsejadas por el temor) para eludir su obligación cívica; la fuerte implantación electoral de HB en Guipúzcoa y el miedo a las represalias de los terroristas hacían prever el sesgo de un jurado al que no se le preguntaba sólo sobre los hechos probados de Itsasondo y que habría necesitado una mayoría cualificada de siete votos para condenar al acusado por asesinato.

Las razones del PSOE para promover una ley de jurado puro durante la anterior legislatura se prestan a las conjeturas más opuestas: desde la rigidez propia de los doctrinarios entusiasmados con la idea de cambiar el mundo a golpe de BOEhasta la necesidad oportunista de encontrar un proyecto estrella capaz de devolver el apresto reformista a un alicaído programa de Gobierno. Sean cuales fuesen los motivos de su creación, es hora ya de analizar las consecuencias no deseadas y los efectos perversos de la institución diseñada en 1995: si el infierno está empedrado de buenas intenciones (al estilo del jurado puro), un acuerdo civilizado sobre el jurado mixto podría servir de purgatorio y punto de encuentro para el consenso parlamentario.

16 Marzo 1997

El debate del jurado

EL PAÍS (Director: Jesús Ceberio)

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LA EXCULPACIÓN por un jurado popular de Mikel Otegi, autor confeso de la muerte a tiros de dos agentes de la policía vasca, constituye un caso extremo. Pero si se ha producido es que podía producirse; luego algún defecto debe tener una ley que no ha previsto cómo evitar que semejante esperpento pueda darse y que ni siquiera es seguro que ofrezca procedimientos viables para rectificarlo. Pero, precisamente por ser un caso extremo, este veredicto ayuda a desvelar algunos defecto! de diseño, y no sólo de aplicación, del modelo de jurado por el que aquí se optó. Y ello permite intentar una reforma consensuada.Los miembros del jurado llevaron hasta el absurdo una cierta lógica de la impunidad que incluye, por ejemplo, declaraciones de altos responsables políticos que califican de «disparate» el intento de aplicar la ley a los dirigentes de HB. Según Arzalluz, el problema no es el miedo, sino la estadística: en un territorio como Guipúzcoa, no será difícil que la mitad más uno de los nueve miembros de un jurado sean de HB, partido que recoge en tomo al 20% de los votos de esa provincia (23,7% en las autonómicas de 1994 y 18,5% en las generales de 1996). Desde, luego, que haya un partido con fuerte implantación que considera legítimo el asesinato por motivos políticos constituye una situación incompatible con el jurado popular, al menos en relación con delitos que guarden alguna conexión con móviles políticos. Pero además de la estadística está el miedo: bastará que uno o dos miembros del jurado se identifiquen con esa ideología que considera legítimo matar a ciertas personas para que el resto» o al menos una mayoría del resto del jurado, se sienta presionado. Por tanto, no sólo es el miedo, pero desde luego también es el miedo.

Una reforma que excluyera al territorio vasco de la norma general plantearía problemas de coherencia democrática que sin duda explotarían los propagandistas de ETA. La exclusión genérica del ámbito de juicio con jurado popular de los delitos conexos o fronterizos con el terrorismo -que pasarían a depender de la Audiencia Nacional- parece una solución menos mala. Pero sería preferible, en todo caso, una reforma orientada, más, que a limitar el ámbito de aplicación, a acotar los riesgos de resoluciones pasionales, prejuiciadas, no motivadas en las pruebas existentes.

Las incongruencias que refleja el veredicto, y que el propio magistrado-presidente resalta en su sentencia, no se habrían producido con un sistema mixto de jurado. Es decir, un sistema, como el existen en la mayoría de los países europeos, en el que el jurado es asistido por un magistrado profesional. Ese sistema es el resultado de un compromiso entre el principio de participación directa de los ciudadanos en los asuntos públicos y la dificultad de una apreciación jurídica de las pruebas por Parte de personas legas en derecho. La sentencia del caso Itsasondo reconoce explícitamente que el jurado no ha motivado su aceptación de la tesis de la defensa según la cual concurría una eximente de trastorno mental transitorio. Pero justamente es la presencia del juez en los sistemas mixtos lo que garantiza la coherencia entre los elementos de convicción de los jurados en relación con las pruebas y su resolución. Así que el debate no se plantearía tanto entre la aceptación o rechazo del jurado como sobre el modelo concreto coherente con la realidad española actual.

Los riesgos del jurado puro fueron señalados en el debate que precedió a la aprobación de la ley, en 1995, pero no fueron tomados en consideración. Tal vez porque un exceso de retórica llevó a sus valedores a presentar al jurado popular como la piedra de toque de la modemización y democratización de la justicia, cuando su alcance era más modesto. Ahora se ve que fue un error. Sería deseable que la actual mayoría no lo repitiera, ahora en sentido contrario, para satisfacer a la retórica de la reacción, empeñada en olvidar las mil y una sentencias absurdas que han propiciado algunos que otros jueces. Pero estudiar una reforma en el sentido indicado, parece conveniente.

29 Junio 1997

Justa rectificación

EL PAÍS (Director: Jesús Ceberio)

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EL TRIBUNAL Superior de Justicia del País Vasco ha anulado el veredicto del jurado que absolvió en marzo al militante de Jarrai Mikel Otegi del asesinato de dos agentes de la Ertzaintza. Este fallo cancela al menos la manifiesta injusticia de aquella primera sentencia y restituye el caso al momento anterior al juicio. Un jurado compuesto por ocho mujeres y un hombre, sometido a un clima social nada propicio para una valoración serena y ecuánime del crimen, exoneró en San Sebastián al homicida de toda responsabilidad al favorecerle con la eximente de trastorno mental transitorio provocado por el alcohol.Poco importa, a efectos de la justicia material, que el motivo de tan escandaloso veredicto fuera una defectuosa transmisión de las instrucciones al jurado por parte del magistrado-presidente del tribunal o el instinto de autoprotección de alguno de los jurados ante el ambiente de coacción creado en Guipúzcoa por los violentos en las jornadas previas al juicio. Lo sustancial fue que el autor confeso de la muerte de los dos ertzainas quedó en libertad y su crimen sin castigo. El Tribunal Superior ha reparado momentáneamente este absurdo al estimar dos motivos de nulidad presentados por el fiscal y la acusación particular: k. indebida apreciación de la irresponsabilidad de Oteg: por supuesta alteración de sus facultades mentales en el momento del crimen y, sobre todo, la falta de motivación del veredicto absolutorio.

El tribunal de apelación ha desestimado, sin embargo, la otra causa principal de impugnación, la violación del derecho a un juicio justo por intimidación del jurado. Y lo ha hecho con un argumento cuando menos discutible. No parece coherente admitir que, antes del juicio y durante su desarrollo, existió una elevada «tensión ambiental» que llegó a trasladarse al «interior del jurado», para desestimar acto seguido que hubiera intimidación, porque para ello se exigiría una amenaza de carácter grave e inminente. Sostener esto es desconocer la naturaleza de la coacción que practica ETA y su entorno civil. Como no es plausible que unos jueces que trabajan en el País Vasco lo ignoren, hay que concluir que los magistrados del Tribunal Superior han elegido el aspecto más técnico de los recursos para corregir una sentencia que provocó el estupor general.

Dicho esto, la argumentación aducida por el tribunal es técnicamente impecable y tiene muy sólidos fundamentos jurídicos para concluir que la absolución de Mikel Otegi estuvo viciada por la ausencia de una motivación fundada, por parte del jurado, de los hechos en los que se basó el veredicto.

Ahora, como ha dicho el abogado de las familias de los dos ertzainas asesinados, se ha ganado una batalla, pero todavía queda un largo camino procesal. Es seguro que la defensa de Otegi recurrirá la nulidad ante el Tribunal Supremo, y si el fallo le vuelve a ser desfavorable, ante el Tribunal Constitucional. Por otro lado, hay motivos para pensar que en el nuevo juicio ordenado por el tribunal se corrijan los aspectos técnico jurídicos impugnados ahora, pero no la presión ambiental sobre los jurados.

El tribunal no se ha pronunciado sobre una cuestión planteada por algunos: la procedencia o no de que casos no directamente vinculados con el terrorismo, pero relacionados ambientalmente con él, sean juzgados por un jurado. Es una cuestión que queda pendiente por ahora. Porque el carácter del crimen y todo el entorno del caso tienen muchas de las características que en su día se tuvieron en cuenta para crear la Audiencia Nacional. Como otros muchos casos de terrorismo difuminado, pero motivado por el discurso de ETA y sus cómplices y, por tanto, susceptible de ser utilizado por éstos.

Pero, en todo caso, lo importante ahora es que la justicia ha comenzado a rectificar algo más que un error escandaloso. Aunque el autor del doble crimen siga impune y su libertad genere la lógica indignación.

08 Julio 1997

La fuga de Otegi

EL PAÍS (Director: Jesús Ceberio)

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MIKEL OTEGI se ha dado a la fuga. Desde ayer es un prófugo de la justicia, que ha ordenado su busca y captura para que comparezca ante los tribunales y determinar sí debe ingresar o no en prisión antes de que se celebre un nuevo juicio con jurado popular por matar a tiros a los ertzainas Iñaki Mendiluce y José Luis González Villanueva. Esta desaparición es un acontecimiento más, muy grave, eso sí, en la peripecia procesal de Otegi, ya de por sí pródiga en sorpresas. Las más espectacular fue, sin duda, el veredicto absolutorio que dictó un jurado el pasado 6 de marzo pese a que el acusado había confesado el homicidio de dos ertzainas. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco anuló el juicio y dictaminó que se celebrara una nueva vista oral.La absolución de Otegi abrió un debate, seguramente fructífero, sobre los límites del jurado popular. Pero la desparición se relaciona sólo tangencialmente con este debate. Es evidente que un individuo que mató a dos policías simplemente por el hecho de «sentirse acosado» no iba a esperar sentado en su domicilio a que llegara la fecha del nuevo juicio y la probabilidad de que acudiera a la vista preliminar de hoy era tan escasa como la de que se presentara el sábado en el juzgado.

Es muy probable que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco haya incurrido en una cierta ingenuidad al no tener en cuenta estos aspectos y no decretar de forma inmediata, en el momento de la anulación del juicio anterior, la adopción de medidas cautelares para garantizar la presencia de Otegi en las vistas subsiguientes. Estas medidas llegaron con una semana de retraso, cuando la Ertzaintza había abandonado ya el control de Otegi y era difícil recuperar su rastro.

Esta ingenuidad es incluso patente en el auto dictado ayer de busca y captura contra Otegi, en el que se especifica que tiene como objeto la presencia del inculpado ante los tribunales, pero mantiene la situación de libertad provisional actual mientras la vista no decida si debe ir o no a la cárcel antes del juicio. La benevolencia del tribunal es indudable cuando está más que demostrado que Otegi es un prófugo -ha dejado de acudir a tres comparecencias seguidas- y sus deseos de someterse a la decisión de los tribunales son inexistentes. Semejante bonhomía choca con las declaraciones del abogado de Otegi, que no ha dudado en apuntarse al cinismo cuando explica la ausencia de su defendido en que «tiene derecho a unas vacaciones como todo el mundo».

Las apreciaciones de Xabier Arzalluz atribuyendo al jurado que absolvió a Otegi la responsabilidad principal por la situación actual de busca y captura puede ser defendida, sin duda, pero equivale a esquivar la responsabilidad final, que otros líderes políticos prefieren residenciar en los tribunales. Por errónea que fuera su decisión, el jurado la tomó el 6 de marzo y se disolvió. Cargar todas las culpas sobre el sistema del jurado es cuando menos ignorar la cadena de errores cometida desde marzo en otras instancias judiciales y policiales.

El caso Otegi es un paradigma perfecto para analizar la situación de la justicia. Por desgracia, la excelente impresión causada por la anulación de la sentencia absolutoria, que supuso un respiro de alivio para la estupefacta sociedad española, que asistió perpleja a la decisión del jurado, ha sido completamente borrada por un defecto de procedimiento que ha permitido la fuga del encausado. Queda la amarga sensación de que las cosas nunca acaban de hacerse bien.

05 Agosto 1998

Más madera

EL PAÍS (Director: Jesús Ceberio)

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La Audiencia de San Sebastián ha ordenado celebrar un juicio contra los familiares de los ertzainas a los que dio muerte Mikel Otegi, «destacado miembro de la izquierda abertzale», según le definió en su día el consejero Atutxa. Los familiares habrán de responder de las supuestas amenazas proferidas contra Otegi y su abogado durante el juicio en el que un jurado popular declaró al primero «no culpable» por considerar que estaba borracho cuando disparó. Casi al mismo tiempo se ha conocido una sentencia de una juez de San Sebastián estimando la reclamación de Mikel Arregi, dirigente de Herri Batasuna encarcelado por colaboración con banda armada, de cobrar el subsidio de paro. Aun cuando la valoración sobre esas resoluciones sea diferente, no dejan de ser ambas sintomáticas de la singular situación de la justicia en el País Vasco. Mejor dicho, de la singular situación de la sociedad vasca actual, marcada por el miedo.Las supuestas amenazas fueron expresadas en la vista pública cuando se proyectaban imágenes de la autopsia de los agentes. La madre de uno de ellos gritó frases como «esto no va a quedar así, animal» y «la culpa la tiene el que defiende a ése, habría que matarlo».

El resultado es el siguiente: el autor confeso del doble crimen se encuentra en paradero desconocido -su abogado dijo que también Otegi «tenía derecho a unas vacaciones»-, por lo que no será posible la repetición del juicio ordenada por el Tribunal Superior de Euskadi; mientras que los familiares de las víctimas serán juzgados por expresar a gritos su indignación contra el autor del crimen. Es absurdo. La justicia debería ser capaz de evitar situaciones absurdas, y así lo entendió el tribunal que inicialmente instruyó la causa, ordenando su archivo. Pero la Audiencia ha anulado ahora el archivo, estimando el recurso del abogado de Otegi.

La plataforma Hemen Gaude (Aquí Estamos), constituida a raíz del asesinato del sargento de la Ertzaintza Joseba Goikoetxea, ha considerado «esperpéntico» todo el proceso que culmina con el enjuiciamiento de las víctimas. Esa plataforma era calificada ayer de «organización parapolicial» en un comunicado difundido por el «equipo de abogados» de Mikel Otegi. Nadie ignora lo que en Euskadi significa «organización parapolicial», especialmente los familiarizados con los textos internos de ETA y KAS. Ayer mismo se publicaba en EL PAÍS un escrito intervenido en mayo por la policía en el que se acusaba a la Ertzaintza de practicar la «guerra sucia».

Es habitual en Euskadi que los agresores pretendan ser tenidos por víctimas y que los mismos que se consideran ofendidos por cualquier cosa -como la reacción de una madre ante el asesino de su hijo- se consideren con derecho a deslizar contra los demás acusaciones calumniosas. Cuentan con que nadie se atreverá a rechistar. En otro documento de KAS intervenido hace poco por la policía sobre la organización de una red de información se proponía archivar datos de diversas personas, especialmente miembros de la Ertzaintza, que «se pensarán muy mucho antes de actuar».

En Euskadi ocurren cosas que serían increíbles en cualquier otro lugar del mundo. El miembro de la Mesa Nacional de HB que reclama cobrar el paro alega -y la juez lo acepta sin inmutarse- que, además de sus tareas como político, realizaba otras como administrativo de dicha formación, concretamente como encargado de la «aplicación política de Oldartzen en el ámbito organizativo». Oldartzen (palabra que podría traducirse como ofensiva) es el nombre de la ponencia que ha venido orientando la actividad de ese mundo desde finales de 1994. Concretamente, la política de «socialización del sufrimiento» que se ha manifestado en la kale borroka (lucha callejera) y otras técnicas de intimidación que desde hace años arrasan Euskadi, y algunas conciencias.