17 febrero 2008

El Tribunal Supremo reduciría aún más las penas, aunque mantendría la condena para el líder Achraf, acusándole de ser un terrorista islámico

La sentencia contra los islamistas del caso ‘Operación Nova’ dictada por el juez Guevara desinfla parte de la Instrucción del juez Garzón

Hechos

  • El 26.02.2008 se hizo pública la sentencia del llamado ‘Caso Operación Nova’ en el que se juzgaba a un grupo de islámicos por actividades de terrorismo. Abderraman Tahiri, alias Mohamed Achraf, fue condenado a 14 años de prisión.

Lecturas

EL INSTRUCTOR

garzon_AN El juez D. Baltasar Garzón dirigió la Instrucción en la que acusaba a los detenidos de haber pretendido volar la Audiencia Nacional.

EL TRIBUNAL DE LA AUDIENCIA NACIONAL:

guevara_nova Los acusados por ‘La Operación Nova’ fueron juzgados por la Sección Tercera de la Audiencia Nacional, presidida por el juez Félix Alfonso Guevara.

RELACIÓN DE CONDENADOS

achraf Abderraman Tahiri, alias Mohamed Achraf,

  • Abderrahmane Tahiri – Condenado a 14 años de cárcel
  • Saif Afif – Condenado a 10 años de cárcel
  • Kamara Birahima – Condenado a 7 años de cárcel
  • Mourad Yala – Condenado a a 9 años de cárcel
  • Rheda Cherif – Condenado a 9 años de cárcel
  • Ziani Mahdi –  condenado a 5 años de cárcel

Todos los acusados formaban una célula denominada ‘Mártires por Marruecos’ que pretendía dedicarse a la ‘guerra santa’ a favor del terrorismo islámico.

EL NUMERITO DEL PLANTE DE LOS ACUSADOS:

 operacion_nova_guevara_1 El 16.10.2007 se produjo el momento más célebre del juicio a ‘la Operación Nova’ cuando uno de los acusados, Mouad Douas, quiso denunciar la mala comida que le daban en la cárcel ante el juez Guevara, a lo que este replicó que esa queja correspondía a instituciones penitenciarias. En ese momento a una señal de ‘Mohamed Achraf, todos los acusados de la mampara se pusieron de pie, desafiantes.

operacion_nova_guevara_2 El juez Guevara se mantuvo firme ante los acusados «¡Motines a mí no! E indicó a la fuerza pública que obligara a todos los acusados a volver a sentarse. «Tonto no soy, ha habido gente que ha dado la orden, todo lo que pasa aquí forma parte del sumario y cuando uno da una orden, es porque los demás están sometidos». En referencia a que aquel numerito venía a corroborar que Archaf era el jefe del a celula.

EL TRIBUNAL SUPREMO ABSUELVE A 14 DE LOS 20 ACUSADOS:

juez_martin_pallin El juez del Tribunal Supremo, Sr. Martín Pallín, fue le encargado de revisar la sentencia de la Audiencia Nacional ‘Operación Nova’ y decidió absolver a 14 de los 20 condenados por el juez Guevara. Eso sí, ratificó las sentencias para los principales condenados encabezados por Tahiri, a excepción de Cherif, que al ver rebajada su pena de 9 a 2 años, quedó en libertad.

28 Febrero 2008

LA 'OPERACIÓN NOVA' SE DESINFLA

EL MUNDO (Director: Pedro J. Ramírez)

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La Audiencia Nacional condenó ayer por pertenencia y colaboración con organización terrorista a 20 de los 30 islamistas detenidos en el marco de la operación Nova. Sin embargo, el tribunal descarta que la célula yihadista desarticulada siete meses después del 11-M por orden de Garzón hubiera planeado empotrar un camión lleno de dinamita contra las dependencias judiciales, según sostuvieron en todo momento tanto el juez instructor como la policía. En el auto, el tribunal «no considera probada la existencia de una conspiración» para volar la Audiencia, reduce el hipotético ataque a una ideación individual del jefe salafista, desestima la posibilidad de que el atentado llegara siquiera a formar parte de un plan definido por parte del grupo y desestima -por tanto- el relato sobre el que Garzón, de la mano del instructor policial de diligencias del 11-M, y en colaboración con la Unidad Central de Información Exterior (UCIE) de la Policía, ordenó las detenciones.

Que la Audiencia haya probado que 20 de los detenidos formaban un grupo cohesionado de terroristas reclutados en cárceles españolas no puede velar el hecho sustancial de que la confusa operación Nova se construyó sobre un riesgo exagerado, cuya asunción por parte de las Fuerzas de Seguridad y de la Fiscalía generó una grave alarma en un momento de especial sensibilidad social: de hecho, se llegaron a hacer obras de urgencia para blindar las dependencias judiciales ante la posibilidad de una oleada de ataques. En el fallo nada aparece del supuesto traficante de explosivos de etnia gitana que -al decir de Garzón- iba a proveer a los terroristas para cometer su crimen y la Fiscalía ha visto reducida en 282 años la solicitud de penas. Por eso no deja de ser preocupante que el segundo juicio más importante contra el integrismo islamista celebrado en España vuelva a saldarse con la desestimación de la tesis principal, dado que ni jamás se desveló quiénes fueron los cerebros del 11-M, ni nunca hubo un plan concreto para dinamitar la Audiencia.

El exceso de celo no estaba justificado y tal vez frustró otras indagaciones que podían haber sido claves para el esclarecimiento total del 11-M y para la lucha contra el terrorismo islámico. La operación Nova ha tenido mucho de garzonada dirigida a destapar al confidente Cartagena, un topo policial en la célula de El Tunecino cuyas revelaciones sobre toda la trama del 11-M y sobre los lazos entre terroristas islamistas y etarras fueron hurtadas a la opinión pública, al blindarlo Garzón como testigo protegido.

09 Noviembre 2008

'Yihadismo' en España

EL PAÍS (Director: Javier Moreno)

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El fallo del Supremo sobre la Operación Nova obliga a actualizar la respuesta penal a este terrorismo

En el caso del 11-M y ahora en el de la llamada Operación Nova -intento de atentado contra la Audiencia Nacional que no llegó a cuajar- la absolución por el Tribunal Supremo de una parte de los islamistas radicales condenados por la Audiencia Nacional no desvirtúa el hecho nuclear de la investigación policial y que ha quedado judicialmente probado: la existencia en ambos de una célula yihadista fuertemente cohesionada e inspirada en Al Qaeda. Existe, sin embargo, una diferencia radical: en el primero los terroristas consiguieron sus propósitos y en el segundo todo quedó en un intento al descubrirse a tiempo.

Que el Supremo haya absuelto a 14 de los 20 condenados por la Audiencia Nacional en la Operación Nova –un caso cuya investigación se inició antes del 11-M pero concluido judicialmente después- no pone en entredicho la actuación previsora y diligente de las fuerzas de seguridad ni la instrucción judicial. Ni siquiera puede tomarse como un correctivo al modo de actuar de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que enjuició el caso durante semanas. Ésta es una crítica superficial procedente sobre todo de sectores que siguen sin asimilar que las fuerzas de seguridad y la Audiencia Nacional desbarataran el culebrón sensacionalista sobre el 11-M.

Lo que parece deducirse de la sentencia del Supremo es una divergencia de criterio con la Audiencia Nacional sobre el alcance del delito de integración en banda armada aplicado al terrorismo yihadista y la valoración de la prueba relativa a dicho delito. La Audiencia Nacional tiende a integrar en la célula terrorista no sólo al núcleo central y más activo, sino a los círculos concéntricos. El Supremo, en cambio, se inclina por limitar dicha integración si no aparecen actos que la avalen más allá de la ideología extremista y radical compartida por todos ellos. Ésa fue la doctrina que llevó al Supremo a absolver a algunos de los condenados en el 11-M y que la Audiencia Nacional dice haber seguido en su sentencia sobre la Operación Nova. Lo que hace pensar que o bien la Audiencia no la ha interpretado correctamente o bien que el Supremo la ha endurecido.

La divergencia sería grave si tradujese un desajuste o falta de adaptación de la respuesta penal al terrorismo, pensada sobre todo para ETA, al de carácter yihadista, una posibilidad que no excluye la sentencia del Supremo. Si fuera así habría que corregirla, bien por un cambio de jurisprudencia, bien por una reforma legal, pues no debe olvidarse que España sigue bajo la amenaza del terrorismo que cometió el atentado del 11-M. La experiencia indica que este terrorismo, tan distinto del etarra, no necesita de grandes estructuras para pasar de la idea al acto; la disposición suicida compensa la penuria de medios y las carencias organizativas. El Código Penal debería poder intervenir en la fase preparatoria del atentado, antes de que éste se produzca.