30 agosto 2013

Nueva causa contra el PP: Se les acusará de obstrucción a la justicia por haber borrado los discos duros de Luis Bárcenas una vez este abandonó su cargo de tesorero del PP

30 Agosto 2013

Borrado de pruebas

EL PAÍS (Director: Javier Moreno)

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El juez debe investigar quién tuvo interés en destruir los ordenadores de Bárcenas

El juez del caso Bárcenas había pedido al PP la entrega de dos ordenadores que manejaba el extesorero en la sede de Génova para verificar si en ellos estaban los originales de las cuentas en B que el propio Bárcenas le había entregado en un pen drive,y otras informaciones comprometedoras. Remitidos ambos aparatos a la Audiencia Nacional para su apertura, se comprobó que uno de ellos, el más antiguo, carecía de disco duro, y el otro había sido “destruido”. Al hacer su petición, el juez Ruz no ignoraba que los datos podían haber sido borrados, pero se amparaba en la declaración de la secretaria general, Dolores de Cospedal, que había manifestado que los ordenadores del ex tesorero seguían en la calle Génova custodiados por el partido, para solicitar su entrega.

El asunto es tan sospechoso que, junto a los ordenadores, el PP hizo llegar al juez, el 20 de agosto, una nota justificando su estado actual. Sus argumentos esenciales son que uno de los aparatos carecía de conexión para pen drive, por lo que no pudo ser el origen de la copia; y que la información contenida en el otro había sido destruida siguiendo el protocolo establecido en el partido cuando el aparato ha sido utilizado “por personas que hubieran podido manejar información sensible”.

Ahora ha añadido que estaba obligado a borrar el contenido en aplicación de la Ley de Protección de Datos, que obliga a eliminar los datos personales que contenga el ordenador cuando quien lo utilizaba deja su puesto y es sustituido por otra persona.

De entrada, si lo que hay que suprimir son los datos personales, lo que no tuviera esa condición no tenía por qué eliminarse. Pero además, si se sabe que los archivos contienen información sobre ingresos y gastos del partido, lo cual no puede considerarse algo privado o personal, solo quien estuviera interesado en que no se conozca su contenido daría el paso irreversible de destruir una posible prueba de cargo.

El juez, que investiga la supuesta financiación ilegal del PP, deberá por tanto investigar quién y por orden de quién destruyó ese material sensible que Cospedal, consideraba a buen recaudo en Génova.

Todo indica que, como suele ocurrir en muchos escándalos políticos, en los que aparte de otros asuntos está en cuestión la honorabilidad de un partido, la máquina de tapar errores con otros mayores está funcionando a pleno rendimiento. En su comparecencia del 1 de agosto, Mariano Rajoy reconoció que había “cometido el error de creer a un falso inocente, pero no el delito de encubrir a un presunto culpable”. Ahora tendría que volver sobre sus palabras para descubrir quién sí ha cometido ese error.

El Código Penal considera en su artículo 451-2 reo de encubrimiento a quien intervenga “ocultando, alterando o inutilizando el cuerpo, los efectos o los instrumentos de un delito, para impedir su descubrimiento”.