21 marzo 2012

El juez malagueño aceptó 73.000 euros de Roca para construirse una casa

El juez instructor de Marbella, Javier de Urquía expulsado de la carrera judicial por sentencia del juez Prego, del Tribunal Supremo

Hechos

  • El 8 de agosto de 2008 D. Javier de Urquía fue condenado a 2 años de prisión por cohecho.
  • En marzo de 2012 una sentencia del Tribunal Supremo inhabilitó a D. Javier de Urquía como juez.

Lecturas

cgpj_adolfo_prego El juez del Tribunal Supremo, D. Adolfo Prego, fue quien dictó la sentencia contra el juez Urquía.

09 Abril 2009

El Supremo permite que el corrupto juez Urquía pueda volver a ponerse la toga

EL MUNDO (Director: Pedro J. Ramírez)

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El SUPREMO ha rebajado, hasta dejar en prácticamente nada, los dos años de cárcel y 17 de inhabilitación impuestos por el Tribunal Superior de Andalucía al juez Javier Urquía por sendos delitos de cohecho y prevaricación. El magistrado pidió al cerebro del saqueo de Marbella, Juan Antonio Roca, la entrada de un apartamento a cambio de un trato judicial favorable, según el tribunal andaluz.El juez suspendió la emisión de un programa televisivo sobre Roca vulnerando el procedimiento. El TS considera que los defectos procesales en que incurrió son insuficientes para condenarle por prevaricación, y como consecuencia rebaja también la gravedad del cohecho. El magistrado sólo tendrá que pagar una multa equivalente a los 73.800 euros que recibió y afrontar 21 meses de inhabilitación que ya ha cumplido, por lo que puede volver a ponerse la toga.Se trata de una sentencia escandalosa. Es difícil sostener que no hubo prevaricación cuando Urquía se saltó normas procesales después de haber recibido dinero. Esta sentencia denigra a todo el sistema al legitimar la vuelta a la carrera judicial de un magistrado corrupto. Su lenidad recuerda la indulgencia con que el CGPJ sancionó al juez Tirado por retrasar la ejecución de la prisión al presunto asesino de la niña Mari Luz. Mientras el caso Tirado llevó a Zapatero a prometer el necesario endurecimiento del régimen disciplinario de los jueces, en esta ocasión nos encontramos simplemente ante una aplicación corporativa del Código Penal.

01 Junio 2009

Pisar excelentísimos callos

José Yoldi

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¿Qué misterio encerrará el Supremo, que tradicionalmente ha tratado de forma benevolente a los jueces a los que tenía que juzgar? Absolvió en 1986 al magistrado de la Sala Tercera Jaime Rodríguez Hermida a pesar de que había convencido a su colega de la Audiencia Nacional Ricardo Varón Cobos para que de forma irregular dejara en libertad al jefe de la Camorra Antonio Bardellino, y parece que, siguiendo la dinámica de perro no come perro, hemos llegado hasta el siglo XXI con el caso del juez Francisco Javier de Urquía. Éste, pringado hasta las cachas de corrupción en la Marbella de Juan Antonio Roca, pues había recibido 73.800 euros para pagarse un inmueble a cambio de varias resoluciones favorables a éste, fue condenado por el Tribunal Superior de Andalucía por cohecho (soborno) y prevaricación (dictar a sabiendas resolución injusta) a dos años de cárcel y 17 de inhabilitación de su cargo de juez. Pero el Supremo ha reajustado toda la condena a 21 meses de suspensión de su empleo de magistrado por el cohecho y ha eliminado la prevaricación porque, según dos sentencias de 1884 y 1901 -¡cómo si no hubiera habido ninguna más reciente!-, para que el delito se produzca, el juez tiene que «actuar con conciencia e intención deliberada de faltar a la justicia, lo que ha de aparecer así de una manera que no deje lugar a dudas». Vamos, que sólo les ha faltado pagarle el chalé.

03 Enero 2012

Reingreso escandaloso

EL PAÍS (Director: Javier Moreno)

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El Supremo permite volver a la judicatura al juez sobornado por el cerebro del ‘caso Malaya’

El Tribunal Supremo ha tomado una decisión que pone en entredicho el rigor en la aplicación de sus criterios cuando se trata de administrar justicia a un integrante del Poder Judicial. El caso concreto sobre el que versa la sentencia de este alto tribunal tuvo en su día amplia repercusión por tratarse de un juez —el titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Marbella, Francisco Javier de Urquía— al que llegó la onda de corrupción en forma de un soborno de 73.800 euros para la compra de su vivienda, que expandió el llamado caso Malaya, protagonizado por Juan Antonio Roca, exgerente del Ayuntamiento marbellí en la última etapa del gilismo. A cambio, el juez Urquía dictó algunas resoluciones favorables a los intereses de Roca en algunos procedimientos que le correspondió instruir.

Urquía fue condenado en su día por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía a dos años de prisión y 17 de inhabilitación profesional por cohecho y prevaricación, pero el Supremo solo apreció después la comisión del primer delito y le impuso una pena de 21 meses de suspensión que ya ha cumplido, si bien el Consejo General del Poder Judicial se negó a rehabilitarlo hace dos años por entender que los antecedentes penales derivados de esa condena seguían vigentes y no expiran hasta finales de este año. Además de ello, Urquía tiene pendiente de revisión en el Supremo otra condena de otros dos años de prisión y 17 de inhabilitación por aceptar otro soborno de 60.000 euros de un imputado en un caso que instruía.

El Tribunal Supremo alega, sin embargo, en su sentencia que los antecedentes penales del juez —condena en firme por cohecho— no le impiden reingresar en la carrera judicial, aunque reconoce que sí le hubieran impedido acceder a ella. Observa un “vacío legislativo” que quizás solo esté en la mente de los magistrados, pues si la carencia de antecedentes penales constituye un requisito exigible para convertirse en juez habrá que deducir, aunque no lo diga expresamente la ley, que también debería ser imprescindible para ejercer esa función. Habrá que esperar a lo que suceda con la otra condena por cohecho, pero a veces los intereses corporativos y la endogamia familiar que todavía perdura en buenas dosis en la judicatura— Urquía es hijo de juez— parecen ocupar el lugar de los razonamientos jurídicos.