26 junio 2025

El Tribunal Constitucional de Conde Pumpido avala la Ley de Amnistía de Pedro Sánchez a los independentistas

Hechos

El 26 de junio de 2025 se hizo pública la resolución del Tribunal Constitucional sobre la Ley de Amnistía.

27 Junio 2025

Amnistía... y adelante

Jordi Juan

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El Tribunal Constitucional (TC) declaró ayer que la ley de Amnistía es plenamente constitucional. Quedan aún unos cuantos recursos por sustanciarse y que se solucione la situación de algunos líderes independentistas, que está aún pendiente por la negativa del Tribunal Supremo a retirar sus órdenes de detención. La resolución de todos estos casos es ya solo cuestión de tiempo. El paso dado ayer por el TC es definitivo.

Es una buena noticia para todos aquellos que creemos que el problema del encaje de Catalunya en España solo se puede resolver por la vía política. Y el procés , visto en perspectiva, fue un fracaso por el intento de forzar la legalidad vigente mediante un referéndum que no fue acordado. El gobierno del PP y el independentismo catalán no supieron resolver sus diferencias y la situación llevó a la aplicación del artículo 155 de la Constitución y a la detención de los líderes del procés . El Supremo castigó con duras penas a unos dirigentes que, más allá de sus posibles errores, defendían sus ideas.

Los indultos y la amnistía promulgados por el Gobierno de Pedro Sánchez pretendían superar esta etapa y tratar de recuperar la normalidad perdida en Catalunya. Hoy se puede decir que lo han conseguido, aunque a algunos de cada uno de los bandos no les guste que se les recuerde.

A partir de aquí, las reacciones que hubo ayer tanto de la oposición del PP como de los propios independentistas nos retrotraen al clima del procés . De hecho, sigue existiendo un discurso de confrontación. Volverlo a revivir puede ser posible, aunque los graves errores cometidos por ambos sectores en el pasado pueden servir de experiencia para no inocular nuevos virus.

La sentencia llega en un momento de máxima crispación política en España y ello contribuye a oír diatribas y consideraciones muy alejadas del sentido común. El tiempo pondrá las cosas en su sitio y se verá que la apuesta por el diálogo es siempre la mejor solución. Y se valorará mucho mejor el esfuerzo­ que ha hecho la mayoría del TC. Algunos discursos pronunciados ayer causarán sonrojo dentro de algunos años. Pero lo mejor es no hacerles caso y mirar hacia delante.

27 Junio 2025

Amnistía y legitimidad constitucional

EL PAÍS (Director: Jan Martínez Ahrens)

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Poner en duda la licitud del tribunal de garantías por su aval a la medida de gracia socava los fundamentos del Estado de derecho

El Tribunal Constitucional (TC) validó ayer por seis votos a cuatro la ley de amnistía aprobada en mayo de 2024 por el Congreso de los Diputados. El fallo da la razón al Poder Legislativo y ratifica que la norma —la más polémica y divisiva de la legislatura— no solo es constitucional, sino también legítima como vía para la reconciliación. Al sostener que la ley se ajusta a la Constitución y no responde a un capricho político, el tribunal de garantías subraya que la medida de gracia tiene como fin superar las tensiones generadas dentro de Cataluña, y entre Cataluña y el resto de España, por el proceso independentista, que culminó en el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y produjo una grave fractura social.

Un año después de su aprobación, nadie puede negar que la ley ha cumplido ese objetivo. No solo ha devuelto la normalidad institucional a Cataluña sino que ha demostrado que eran infundados los temores de quienes se oponían a la ley: ni España se ha roto ni el independentismo ha recuperado fuerza —bien al contrario, ha perdido la mayoría en el Parlament— ni se ha visto espoleado por una supuesta impunidad. Como recuerda el TC, como medida excepcional, la amnistía se circunscribe a un periodo concreto —su fecha máxima de aplicación se fija en el 13 de noviembre de 2023— y solo extingue responsabilidades penales sobre delitos cometidos en el pasado; si los líderes independentistas se embarcan de nuevo en un proceso secesionista, sus conductas volverán a ser castigadas.

La Constitución no prohíbe expresamente la amnistía, lo que otorga al Parlamento la facultad de regularla, dice el TC, que, por otro lado, afirma que “las intenciones del legislador, su estrategia política o su propósito último” no constituyen objeto de su “control”. Sin embargo, aunque la sentencia es coherente con la doctrina constitucional, no se puede ignorar que la aprobación de la ley resultó políticamente problemática. El hecho de que haya cumplido su objetivo pacificador no borra su intencionalidad política, traducida en la transacción parlamentaria que hizo posible la ley a cambio del apoyo de Junts a la investidura de Pedro Sánchez, que en el pasado había negado categóricamente la posibilidad de promover tal norma.

Uno de los puntos más delicados fue el hecho de que quienes se iban a beneficiar de la amnistía fuesen los mismos que hicieron posible su aprobación, prescindiendo de un debate más reposado y de un consenso mayor, siempre deseable ante una medida de este calado. Fueron precisamente estas cuestiones las que generaron la inquietud que pervive en parte de la ciudadanía y en un importante número de juristas, como se ha visto en la división entre progresistas y conservadores del Constitucional.

Con todo, pese al intercambio político que está en el origen de la ley de amnistía y a los importantes flecos que le quedan a su aplicación —entre otros, al expresident Carles Puigdemont—, su llegada al pleno del tribunal de garantías a raíz de un recurso del Partido Popular demuestra que la norma ha seguido todos los cauces del Estado de derecho. Por eso es imperativo recordar que el respeto a las sentencias del último intérprete de la Ley Fundamental es clave para el funcionamiento de la democracia. Aunque es legítimo disentir de sus decisiones, poner en duda la legitimidad del Tribunal Constitucional por discrepar de su fallo socava la autoridad no ya del órgano encargado de velar por la Constitución sino del sistema legal que se sustenta en ella. En tiempos de polarización extrema, cuando la confianza en las instituciones está en juego, tanto las voces favorables a la ley de amnistía como las discordantes deben promover un debate orientado a fortalecer las bases de la democracia, no a debilitarlas.

27 Junio 2025

¿Qué termina y qué no termina con el aval del TC a la ley de amnistía?

Albert Sáez (director de El Periódico de Catalunya)

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El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde Pumpido, se ha sacado de encima, según lo previsto, el primer recurso contra la ley de amnistía presentado por el PP. Aquí las claves de la sentencia explicadas por Ángeles Vázquez. El resto decaerán en cascada porque los argumentos serán prácticamente los mismos excepto en el caso del escrito presentado ni más ni menos que por la sala penal del Tribunal Supremo, la que emitió la sentencia de los principales condenados a los que se pretende amnistiar y que considera que la malversación no está incluida en la ley ni lo podría estar. Ese será el punto culminante del duelo entre los dos bloques judiciales, el que encabeza el actual presidente del TC y el que encabeza el anterior presidente de esa sala penal, Manuel Marchena. La siguiente batalla será en los tribunales europeos. Con esta sentencia, termina todo y no termina nada.

Como explica hoy Ernesto Ekáizer, la ley de amnistía está en el origen de muchas de las animadversiones que ha sufrido, y sufre ahora con mayor intensidad, el presidente Pedro Sánchez. Tiene un punto de injusticia, ciertamente, que lo que ha sido un instrumento que ha impulsado la normalización política en Catalunya, sea la causa original de la actual crispación en España. Para ser precisos, deberíamos decir que es el catalizador porque la causa es que el partido que ganó las elecciones no consiguió la presidencia del Gobierno y la alternativa se cimentó precisamente en la ley de amnistía que pervierte la esencia del concepto, porque no nace del consenso ni del acuerdo sino de la división y de la confrontación. Todo, porque el PP y el PSOE no son capaces de actuar en Madrid como actúan en Bruselas. Seguramente, como pasó en el caso de la ley de plazos del aborto, el PP se olvidará, cuando recupere el gobierno, de este recurso que ha presentado. Y hará bien. Porque en Catalunya la mayoría ha pasado página. Solo queda Puigdemont y los que viven de su sufrimiento.

27 Junio 2025

Una dolorosa derrota del Estado de Derecho

EL MUNDO (Director: Joaquín Manso)

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POR PRIMERA vez en nuestra democracia, no podemos asegurar que todos los poderes públicos estén sujetos a la Constitución. La duda supone en sí misma una dolorosa derrota del Estado de Derecho, consumada, para mayor fracaso moral, por el órgano de garantías, cuya politización ha segado cualquier atisbo de independencia y neutralidad en su seno. Al convalidar la amnistía, la mayoría progubernamental del Tribunal Constitucional de Cándido Conde-Pumpido consagra la desigualdad entre los españoles, pero sobre todo abre la senda hacia una etapa inédita en nuestra historia reciente: una en la que el árbitro cuya función es someter a control de legalidad la acción del poder político se convierte en el guardaespaldas de sus excesos. En la conciencia de sus miembros permanecerá esta honda herida en los cimientos del sistema, que representa un peligrosísimo precedente y da cobertura al proyecto oportunista de Pedro Sánchez: desde ahora es posible imaginar cualquier iniciativa al servicio de su continuidad personal por muy profundamente que afecte a la convivencia o al modelo de Estado.

Con la sentencia, desaparece una barrera fundamental para establecer los límites y los contrapesos del Poder Legislativo. Si el borrado de los delitos del procés a cambio de alcanzar el poder cuenta con el aval del Constitucional, cualquier eventual reforma de la Carta Magna por la vía de los hechos sería susceptible de encontrar su respaldo. La afirmación de que «el legislador puede regular toda materia que la Constitución no prohíba explícita o implícitamente» nos sitúa ante una temeraria pendiente deslizante.

La resolución, que cuenta con el rechazo de cuatro contundentes votos particulares, legaliza la más ostentosa arbitrariedad ejecutada por el poder político. El Tribunal lo hace, además, abdicando conscientemente de su deber. El grupo de Pumpido ha decidido prescindir de la verdad material y consagra sin embargo la postverdad contenida en la Exposición de Motivos de la amnistía, que asume toda la narrativa independentista. Es escandaloso que la resolución admita conocer que la ley es fruto de una transacción política por la supervivencia del presidente del Gobierno a cambio de la impunidad de sus socios su «fin oculto, lo llama y que, al mismo tiempo, declare sin embargo que su función se limita a analizar la literalidad de la norma, y no sus intenciones. Queda así de aquí en adelante abierta la puerta a la arbitrariedad institucional, a la que cualquier ciudadano o colectivo queda expuesto.

El Constitucional obvia deliberadamente que la norma fue votada y elaborada a través de sucesivas enmiendas por sus propios beneficiarios. Se trata, por tanto, de una autoamnistía, algo inherente a los «Estados autoritarios», según la propia sentencia. No es una objeción menor que su interlocutor en la negociación fuese Santos Cerdán, cuyo interés personal en sacarla adelante al precio que fuese es perfectamente elocuente después de conocerse su implicación en una trama de corrupción que amenaza con afectar a todo el PSOE.

Es palmario que el origen de la amnistía no está en la búsqueda del interés general ni en un proceso de reconciliación institucional. El TC se limita a amparar de manera acrítica la retórica efectista gubernamental que recoge el preámbulo de la norma, hasta el punto de presentar la eliminación de los delitos del procés como parte de la «normalización» de Cataluña. Frente a este relato, la verdad: los amnistiados no solo no han renunciado a sus propósitos, sino que la discordia y el abuso de poder se han transferido ahora a las instituciones del Estado con los mismos fines.

La reacción política a la sentencia es expresiva de a quién sirve la celeridad con que ha resuelto el TC. El Gobierno y Salvador Illa salieron en tromba a presionar al Tribunal Supremo para que amnistíe cuando antes al prófugo Carles Puigdemont, del que depende en buena parte la legislatura, a sabiendas de que esta sentencia no aborda la concreta aplicación al delito de malversación que ha hecho el juez Pablo Llarena.

Estamos ante una violación del principio de independencia judicial y de la igualdad ante la ley que pone en jaque el Estado de Derecho en nuestro país, lo que atañe al conjunto de la UE. El TC rechazó elevar una cuestión prejudicial después de conocer que la Comisión Europea advirtiera de que estamos ante «una autoamnistía». Pero el Tribunal de Luxemburgo hablará este otoño. El artículo 2 del Tratado de la UE enumera el Estado de Derecho y la Justicia como pilares basilares de la Unión. Eso es lo que está en juego en España y Europa tiene que ser consciente.

26 Junio 2025

Nefasto para España

ABC (Director: Julián Quirós)

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El aval a la amnistía de Sánchez a los golpistas del ‘procés’ es la más grave agresión contra la Constitución de 1978, infligida por un TC reconvertido en la mayoría constituyente que no tiene la izquierda en las Cortes

La mayoría liderada por Cándido Conde-Pumpido en el Tribunal Constitucional ha declarado que la ley de Amnistía aprobada para dar impunidad a los malversadores del proceso independentista catalán es conforme a la Constitución. La inefable ponencia de la magistrada Inmaculada Montalbán anticipaba esta decisión, con la que Conde-Pumpido honra su compromiso para salvar el buque insignia del sanchismo, en pleno naufragio general de la legislatura. Se avanza también con paso firme hacia la mutación del orden constitucional fuera de los procedimientos de reforma previstos por la Carta Magna. El aval a esta amnistía es, sin duda, la más grave agresión cometida contra la letra y el espíritu de la Constitución de 1978 por una mayoría de magistrados reconvertida, tramposamente, en la mayoría constituyente que no tiene la izquierda en el Parlamento. Nunca ha estado tan separada una decisión del Tribunal Constitucional de la razón jurídica. Nunca ha sido tan evidente la finalidad partidista de una sentencia del Tribunal Constitucional como la dictada para respaldar la amnistía. Todo el razonamiento de la mayoría liderada por Conde-Pumpido, redactado en la ponencia de Montalbán, será un canto a la derogación del rigor y la rectitud en la interpretación constitucional.

Los magistrados agrupados en torno a las consignas de La Moncloa han sido capaces de afirmar que la amnistía es constitucional porque no está prohibida, despreciando el valor normativo de lo que se dice y de lo que no se dice en una constitución, entregando a las Cortes Generales una soberanía ultraconstitucional de la que carecen. Pero sucede que la Carta Magna es muy explícita al permitir el indulto individual como única medida de gracia en el ordenamiento español y al excluir los indultos generales, parte esencial de toda amnistía. Dice la mayoría del Tribunal Constitucional que no entra a valorar los motivos políticos de la ley de Amnistía, lo cual es una falacia más de esta sentencia nefasta para la democracia, porque comulga con el eslogan de la ‘excepcionalidad’ en Cataluña para justificar la amnistía, comprando por precio vil el argumentario de La Moncloa. Toda ley de amnistía es por definición una ley política, y sus motivaciones políticas son ineludibles para determinar si es una ley arbitraria al servicio de intereses partidistas. El Tribunal Constitucional ha manipulado las reglas del debate sobre la constitucionalidad de una ley de Amnistía en la España de 2025 para satisfacer las necesidades políticas de Pedro Sánchez.

Conde-Pumpido y sus magistrados no han tenido siquiera el buen gusto institucional de esperar a que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resuelva las primeras cuestiones prejudiciales sobre la ley de Amnistía. Y lo han hecho a conciencia, porque el informe de la Comisión Europea dirigido a dicho tribunal es demoledor para la ley sanchista. La Comisión ve en esta ley un ejercicio de arbitrariedad, una ausencia palmaria de interés general, un ejemplo de ‘autoamnistía’ aprobada por los propios amnistiados, un desprecio a las críticas de la Comisión de Venecia del Consejo de Europa y unos obstáculos injustificables a la independencia de los jueces encargados de aplicarla.

Las prisas de Conde-Pumpido son las prisas de Pedro Sánchez, pero las prisas son malas consejeras: la urgencia de la mayoría izquierdista del Tribunal Constitucional en ayudar al presidente del Gobierno no tapona las alternativas con las que cuentan los tribunales españoles para aplicar la ley de Amnistía de forma soberana. Por lo pronto, que la ley sea constitucional no significa que sea aplicable directamente y en beneficio de los malversadores del ‘procés’ y otros agraciados de la generosidad tóxica de Sánchez. Esta aplicación es competencia de los tribunales ordinarios, como la Sala Segunda del Tribunal Supremo o la Audiencia Nacional y, de nuevo, la mayoría liderada por Conde-Pumpido tendrá que enfrentarse a la encrucijada de la dignidad o el servilismo cuando se enfrente a sus sentencias.

Tampoco puede olvidar el activista presidente del Tribunal Constitucional que la jurisprudencia de la Corte de Justicia de la Unión Europea exige a los tribunales nacionales garantizar la primacía del Derecho de la UE, dejando de aplicar leyes internas o, incluso, resoluciones de su propio tribunal constitucional. Hasta ahí llegan las prisas. Esta es una batalla legal que sigue su curso y que también concierne a la opinión pública española, no solo a sus tribunales de Justicia, porque la sentencia de este jueves es un ataque al principio de igualdad entre los españoles y a la seguridad jurídica que debe garantizar el ordenamiento legal. No es posible afirmar que una sociedad vive en un Estado de derecho cuando la vigencia de las leyes penales -las más importantes después de las constitucionales- y la eficacia de las sentencias firmes de los tribunales de Justicia pueden ser suspendidas por el poder político sin más beneficio que el de una investidura manchada desde su origen por la arbitrariedad y la mentira.

27 Junio 2025

La izquierda impone la amnistía

LA RAZÓN (Director: Francisco Marhuenda)

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Hablar de intereses generales, de la convivencia entre españoles o de la superación de conflictos no deja de ser un sarcasmo hiriente. No es más que un miserable intercambio de votos por impunidad.

En una democracia no se pueden amnistiar los delitos cometidos contra el ordenamiento jurídico y constitucional porque presupone la falta de legitimidad del Estado a la hora de establecer el marco jurídico de convivencia. No parece que sea un planteamiento difícil de entender, más aún cuando están al alcance de cualquiera las actas de las sesiones de las Cortes constituyentes en las que se debatió la inclusión o no de una ley de perdón general en el articulado de la Carta Magna. No sólo los padres de la Constitución rechazaron la propuesta, sino que fueron más allá al prohibir expresamente los indultos generales, dado que en un sistema de libertades públicas la responsabilidad de los ciudadanos siempre es individual.

Por lo tanto, en el Tribunal Constitucional que preside Cándido Conde-Pumpido, la mayoría progresista no ha votado a favor de una interpretación jurídica; ha respaldado, simple y llanamente, el acuerdo de investidura con Junts, que permitió a Pedro Sánchez mantenerse en La Moncloa con los votos de los nacionalistas catalanes, precisamente, los mismos con intereses directos y personales en la amnistía, más allá de su voluntad de deslegitimación del Estado y su marco legal. No hay, pues, otra motivación que la de un acuerdo entre partes que intercambian servicios y acuerdan el precio correspondiente. Hablar de intereses generales, de la convivencia entre españoles o de la superación de conflictos no deja de ser un sarcasmo hiriente.

Con todo, lo peor no es el aval de unos jueces pretendidamente progresistas, devenidos en asistentes del sanchismo, a una cacicada infame, no. Lo peor es que al tratar de vestir el engendro con ropajes jurídicos, el Tribunal introduce el concepto de Constitución abierta, en la que está permitido todo lo que no está expresamente prohibido, argumento político que va directamente en contra de los principios de separación de poderes que informan las democracias representativas. Con toda probabilidad, los diversos sectores gubernamentales darán por amortizada la amnistía entre la opinión pública, de la misma manera que Conde-Pumpido ha acelerado los plazos todo lo posible, en la esperanza de que la tremenda actualidad que vivimos actúe de cortina de humo de una acción que pone a los pies de los caballos la legitimidad del Estado y abre la vía a un cambio en el paradigma constitucional por la puerta de atrás.

Es cierto que el rosario de escándalos que afectan al Gobierno hace que los ciudadanos dejen pasar sin mayores aspavientos la ley del perdón, conscientes de que en este asunto solo cuenta quien tiene mayor número de magistrados afines, no importan las razones jurídicas que se puedan aducir. Pero este miserable intercambio de votos por impunidad no acaba aquí. Falta la intervención de las instituciones europeas y, por supuesto, la firmeza del Tribunal Supremo respecto al delito de malversación que afecta a Carles Puigdemont. No es poco.

27 Junio 2025

Ley de autoamnistía, la peor felonía

Federico Jiménez Losantos

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EL TRIBUNAL Constitucional, que a modo de herriko taberna gestiona Pumpido, no es realmente un tribunal, aunque ilegalmente actúe como si lo fuera, de casación, Supremo del Supremo o incluso tercera cámara sobre el Congreso y del Senado que legisla al margen del Parlamento a través de sus sentencias. Desde ayer es, además, el peor enemigo de la Constitución y de la igualdad de los españoles ante la ley. Ni Fernando VII el Felón llegó a la abyección de Pumpido y sus coristas.

La votación teledirigida por Puigdemont y teledigerida por los cuatro estómagos de estos rumiantes de la cuadra de los Sánchez-Gómez supone, de hecho, la dictadura del poder legislativo, con el que comparte la tarea de unas Cortes Constituyentes sin ser ni Cortes ni constituyentes. A lo que más se parece la actuación de los corifeos y corifeas del TC es al Terror, bajo Robespierre y Saint-Just, tras degenerar la Revolución Francesa. En la asamblea donde reinaba el fiscalone Fouquier de Tinville, un voto no sólo decidía la suerte de una ley, sino la vida o la muerte de los perdedores. La votación daba paso a la ejecución, salvo que la minoría pudiera escapar de la cuchilla.

Lo mismo pasa con estos golpistas desorejados, que a partir de la Ley de Memoria etarra han declarado ilegalizable la Fundación Francisco Franco mientras se celebran cientos de actos de homenaje a los terroristas. Si se acepta el grosero principio de que el Congreso, abolido el Senado como parte de las Cortes del Reino, tiene legitimidad para declarar legal todo lo que no esté prohibido expresamente por la Constitución, mañana podría hacerlo con la esclavitud, la trata de blancas o el linchamiento de corruptos. Y si cambiase la mayoría parlamentaria, a falta de Fernando Póo, Pumpido y sus cuates podrían ser deportados a la isla de Perejil, con las cabras, el cabro y los cabreros, instruidos por los sabios bueyes de Florito.

Tras la felonía pumpidesca, lo más miserable dentro del despepitado coro sanchista fue el llamamiento de Illa (130.000 muertos) a cumplir la ley. Hablan los que no cumplen las sentencias del Supremo sobre el 25% de las clases en español; el mismo PSC que convocó la manifestación contra el Tribunal Constitucional por afeitar levemente el Estatuto golpista, que establecía una Justicia catalana al margen de la española y la europea. Era más barato apropiarse del Tribunal Constitucional. El de los felones.