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El tribunal formado por Gómez Bermúdez, Murillo y De Prada aceptó parte de los argumentos de la acusación de Fungairiño y la instrucción de Garzón, pero rechazó la acusación de estar implicados en el 11-S

La Audiencia Nacional condena Abu Dahdah a 27 años años de cárcel en el macrojuicio a Al Qaeda en España (Operación Dátil)

HECHOS

El 26.09.2005 se hizo pública la condena para los principales acusados en la llamada ‘Operación Dátil’ que juzgaba la supuesta célula de ‘Al Qaeda’ de España.

LAS PRINCIPALES CARAS DEL PROCESO:

juez_Garzon_joven El juez Baltasar Garzón fue quién dirigió la instrucción del caso – ‘Operación Datil’ en 2001 acusándo a Abu Dahdah y asus colaboradores de haber estado implicados en la matanza del 11-S de Estados Unidos.

juez_Gomez_Bermudez El juez Javier Gómez Bermúdez presidió el macro-juicio en la casa de campo en 2005, los otros dos miembros del tribunal fueron D. José Ricardo de Prada y dña Ángela Murillo.

juez_murillo La juez Ángela Murillo fue la redactora de la sentencia.

fiscal_Fungairino4 El responsable de dirigir la acusación fue D. Eduardo Fungairiño, fiscal jefe de la Audiencia Nacional. Consiguió convencer al criminal de que los acusados eran terroristas islámicos, pero no que estaban implicados en la matanza del 11-S.

abu_dahdah_01 Imad Edin Barakat ‘Abu Dahdah’, presentado como el supuesto líder de Al Qaeda en España, la fiscalía le acusó de complicidad en los atentados del 11-S en Estados Unidos sin conseguir demostrar nada. Fue condenado a 27 años de cárcel.

abu_dahdah_02 El periodista Taysir Alony, periodista de Al Yazira, y conocido especialmente por haber realizado una entrevista a Osama Bin Laden fue condenado a 9 años de cárcel por prestar labores de apoyo y financiación de Al Qaeda.

abu_dahdah_03 José Luis ‘Yusuf’ Galán era el único español acusado en aquel proceso. La sentencia le acusó de haber recibido preparación en un campo de muyahidines. Fue condenado a 9 años de cárcel.

23 Abril 2005

Juicio a Al Qaeda

EL PAÍS (Director: Jesús Ceberio)

El juicio que empezó ayer en la Audiencia Nacional contra 24 supuestos integrantes de la célula española de Al Qaeda -la constelación terrorista de Osama Bin Laden, que también figura en el proceso como huido- se sale de los parámetros habituales, por el número de acusados y por la naturaleza de los hechos relacionados con el terrorismo de matriz islamista.

Es el proceso judicial más importante de los celebrados hasta ahora en relación con Al Qaeda, y para los españoles tiene el enorme interés de hacer visible el entorno humano y fundamentalista del que procedían también quienes, en nombre de la yihad islámica, concibieron y ejecutaron los atentados del 11-M de 2004 en Madrid. Llama la atención, como sucedió en el caso de Alemania, que EE UU se haya negado a que la justicia española interrogue a detenidos en aquel país que podían estar relacionados con los que son juzgados ahora en España y cuyo testimonio podría ser determinante para el resultado del proceso.

La principal acusación es haber dado cobertura en España a los miembros del comando que llevó a cabo los atentados del 11-S de 2001 en EE UU. Tres de los acusados -en especial el que pasa por ser el fundador y animador del grupo, Eddin Barakat Yaskas, Abu Dahdah- pueden arrostrar graves penas si, como mantiene el fiscal, dieron apoyo logístico a Mohammed Atta, jefe de los pilotos suicidas que actuaron el 11-S, en la reunión mantenida el 16 de julio de 2001 en Tarragona con responsables de Al Qaeda para dar los últimos retoques a la acción que preparaban. Pero entre los implicados, acusados en general de delitos de pertenencia a banda armada y tenencia ilícita de armas, también figuran dos, en busca y captura, presuntamente involucrados en los atentados del 11-M en Madrid, así como varios -en especial el dueño de la casa de Chinchón donde se prepararon las mochilas bomba- relacionados con algunos de los actualmente procesados.

Salta a la vista el precedente que supone este juicio para el del 11-M, previsto para la primavera de 2006. Será importante el pronunciamiento del tribunal sobre la naturaleza del terrorismo islamista y el valor de las pruebas en la incriminación de grupos difusos muy alejados del modelo jerarquizado y estructurado de las organizaciones terroristas occidentales. Es posible que el juicio destape las carencias y dificultades que plantea la lucha contra este tipo de terrorismo, a pesar de que las fuerzas de seguridad y la justicia llevaran a cabo desde muy temprano, con los escasos medios disponibles, una estrecha vigilancia sobre los acusados que ahora se sientan en el banquillo.

27 Septiembre 2005

Justicia y 'yihad'

EL PAÍS (Director: Jesús Ceberio)

La Audiencia Nacional ha condenado a 18 de los 24 acusados de pertenencia o colaboración con Al Qaeda a un total de 167 años de cárcel. La mayor pena es para Abu Dahdah, considerado el jefe de la célula de esa organización terrorista en España, sentenciado a 27 años, 15 de ellos por conspiración en relación a los atentados del 11-S. La sentencia critica algunos aspectos de la instrucción, pero rechaza la nulidad pretendida por las defensas. Estas condenas coinciden con redadas en Francia e Italia de islamistas radicales, algunos de los cuales habrían enviado dinero a las tramas españolas, desarticuladas en noviembre de 2004 cuando preparaban atentados contra la Audiencia Nacional y otros edificios públicos en Madrid.

El celebrado contra Abu Dahdah y sus seguidores es el primer gran juicio contra Al Qaeda en Europa. También se trata de la primera sentencia condenatoria contra alguien acusado de implicación en los atentados contra las Torres Gemelas y el Pentágono. En ese sentido, es posible que marque la pauta para otros juicios pendientes en diversos países. Por ejemplo, respecto al tratamiento penal de este nuevo terrorismo de masas, caracterizado por la voluntad suicida de sus practicantes, que, en el límite, incluso puede prescindir (como el 11-S) de las armas propiamente dichas: ellos mismos lo son.

La sentencia describe la singularidad de ese terrorismo, cuya finalidad consiste en «imponer a todos sus postulados religiosos y su forma de vida», pero rechaza que esa especificidad obligue a modificar la legislación antiterrorista española, «una de las más avanzadas y completas del mundo». De lo que se trata es, simplemente, de «interpretar adecuadamente la legislación que tenemos».

La prueba de ello sería que, sin forzarla, ha servido para condenar a estas 18 personas, pese a que no estaban acusadas de participación directa en actos violentos ni se les ocuparon armas o explosivos. Los condenados fueron reclutados, normalmente en las mezquitas, y reclutaron a su vez a otras personas para la guerra santa. Recibieron instrucción para cometer atentados en campamentos del complejo Al Qaeda en diversos países, pero, a diferencia de otros que se quedaron a luchar en conflictos como el de Chechenia, los ahora condenados regresaron a España con la intención, deduce la sentencia, de realizar atentados. Todo lo cual encajaría en el tipo penal de «pertenencia a organización terrorista».

La condena incide en el debate general, planteado ahora sobre todo en el Reino Unido, sobre las medidas especiales -administrativas (expulsiones), policiales y judiciales- para combatir este terrorismo. Es posible condenar a quienes preparan atentados, aunque aún no los hayan cometido. Pero debe hacerse con respeto a las garantías, incluyendo la presunción de inocencia. Por eso ha habido también absoluciones y no se han tomado en consideración ciertas pruebas de cargo obtenidas de manera dudosa.

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