12 junio 1982
La sentencia fue dictada por el juez Gonzalo de la Concha
La Audiencia Nacional condena a Hellín Moro e Ignacio Abad, los fascistas que asesinaron a Yolanda González Martín
Hechos
El 2.06.1982 se hizo pública la sentencia de la Sala Primera de la Audiencia Nacional, presidida por el juez Gonzalo de la Concha, contra los acusados del asesinato de Dña. Yolanda González el 2.1.1980.
Lecturas
El crimen se produjo en febrero de 1980
El 2.06.1982 se hizo pública la sentencia de la Sala Primera de la Audiencia Nacional, presidida por el juez Gonzalo de la Concha, contra los acusados del asesinato de Dña. Yolanda González el 2.1.1980.
EL JUEZ:
LOS ACUSADOS Y LAS SENTENCIAS:
– Emilio Hellín Moro, como autor de un delito de asesinato cualificado por la alevosía, con la agravante de nocturnidad, en concurso medial con un delito de allanamiento de morada y otro de detención ilegal, a la pena única, por todos ellos, de treinta años de reclusión mayor. Por un delito continuado de depósito de armas de guerra, defensa, municiones y tenencia de explosivos, a trece años de reclusión menor; por seis delitos de falsificación de documentos de identidad, a seis penas conjuntas de tres meses de arresto mayor y multa de 50.000 pesetas, y por un delito de uso público de nombre supuesto, a tres meses de arresto mayor y multa de 50.000 pesetas.
– Ignacio Abad Velázquez, como autor de un delito de asesinato cualificado por la alevosía, con la agravante de nocturnidad, en concurso medial con un delito de allanamiento de morada y otro de detención ilegal, a veintiséis años, ocho meses y un día de reclusión mayor, y por un delito de tenencia ilícita de armas, a dos años de prisión menor.
– Félix Pérez Ajero, como autor de un delito de allanamiento de morada en concurso medial con uno de detención ilegal, a la pena única, por ambos, de cuatro años, dos meses y un día de prisión menor y multa de 75.000 pesetas, y por un delito de tenencia ilícita de armas, a dos años de prisión menor.
– José Ricardo Prieto, por un delito de allanamiento de morada en concurso medial con uno de detención ilegal, a cuatro años, dos meses y un día de prisión menor y multa de 75.000 pesetas, y como cómplice de un delito de tenencia de explosivos, a dos años de prisión menor.
– David Martínez Loza, como autor por inducción de un delito de allanamiento de morada en concurso medial con uno de detención ilegal, a seis años de prisión menor y multa de 100.000 pesetas. Dada la gravedad de la pena impuesta y los antecedentes del procesado, que, según reconoce la propia sentencia, se sustrajo a la acción de la justicia durante los días posteriores al asesinato de Yolanda, el tribunal decidió en la noche del pasado día 1 ordenar su ingreso en la prisión de Alcalá de Henares.
–
Emilio Hellín Moro se hará popular al ser encarcelado en Paraguay a donde se fugó tras un permiso.
El Análisis
Pongamos que Emilio Hellín e Ignacio Abad no se hubieran equivocado, pongamos que Yolanda González hubiera sido de verdad miembro de ETA. Una informante, una colaboradora, o incluso una mujer integrada en un comando asesino de ETA. ¿Exactamente en que ayudaba a la lucha contra el terrorismo que dos energúmenos la asesinaran a sangre fría? Nada aportaba y sí dañaba mucho a relativizar la violencia. Por no hablar que la única entidad que podría haber fijado si tenía o no relación con ETA habría sido un Tribunal, y dado que nunca fue condenada, era una mujer inocente que pagó con su vida que dos desgraciados se cruzaran en su camino.
Nuevamente volvían a ser militantes de Fuerza Nueva. El partido los expulsó inmediatamente, pero ni Blas Piñar podría negar que con militantes como García Julia (de la matanza de Atocha), Guaza (asesino de Arturo Ruiz) o Hellín (asesino de Yolanda Gómez) el legado de su partido estaba manchado para siempre.
J. F. Lamata