7 junio 1991

El Director General de la Policía, José María Rodríguez Colorado (PSOE), sanciona a los policiales que colaboran en la investigación del ‘caso Juan Guerra’

Hechos

Fue noticia el 7 de junio de 1991.

Lecturas

D. José Antonio Vidal.

La Dirección General de la Policía ha incoado un expediente al jefe del grupo de la Policía Judicial que investiga el caso Juan Guerra, D. José Antonio Vidal, al que acusa de faltar al respeto al juez D. Ángel Márquez en presencia de testigos, algo que el propio magistrado implicado niega.

Asimismo el Ministerio del Interior ha sancionado a otro policía investigador del Caso Juan Guerra, D. Miguel Javato, con el traslado forzoso a Fuerteventura.

07 Junio 1991

Decisión polémica

EL PAÍS (Director: Joaquín Estefanía)

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EL DIRECTOR general de la Policía, José María Rodríguez Colorado, ha expedientado al jefe de la brigada policial que investiga el caso Juan Guerra, bajo las órdenes del juez Ángel Márquez, y ha apartado del asunto a otro de sus miembros trasladándole a Fuerteventura. Con la norma en la mano, el director general ha actuado en el marco de sus competencias. Pero la cuestión es si al decidir así no hiere de muerte una investigación ya de por sí complicada y no interfiere de hecho en el campo que le es propio al juez que la dirige. Porque ¿cómo puede desarrollarse una investigación con la independencia y eficacia deseables si su responsable es expedientado y pende sobré su cabeza la amenaza de ser sancionado?En este asunto hay aspectos que lo hacen todavía más controvertido. De un lado, el director general de la Policía ha actuado en manifiesta contradicción con el juez Márquez y con la junta de jueces de Sevilla. Y de otro, no parece que los motivos alegados para sancionar a los policías tengan un fundamento rotundo. En el caso del expediente abierto al jefe de la brigada judicial se le imputa haber faltado el respeto al juez Márquez -hecho que éste ha negado reiteradamente-, quejarse de falta de medios y haber solicitado información a otros servicios policiales en relación con el caso Juan Guerra. Respecto al primer cargo, la pregunta es, obvia: ¿cómo puede mantenerse si el posible ofendido, es decir, el juez, que además es el jefe funcional del expedientado, niega el hecho en que se fundamenta? Y respecto a los otros parece evidente su relación con actuaciones inherentes a la función de Policía Judicial que ejerce el expedientado y ala investigación que tiene encomendada.

En suma, no puede decirse que la decisión de la Dirección General de la Policía sea especialmente oportuna y prudente.Enrarece todavía más un asunto ya de por sí vidrioso y en el que las suspicacias están a, flor de piel. Al mismo tiempo, ofrece argumentos a quienes sostienen que el actuafmodelo de Policía Judicial facilita la injerencia del Gobierno en la autonomía investigadora de los jueces.