26 julio 2001

La vieja guardia felipista del PSOE mantiene su apoyo a Galindo, mientras que la nueva dirección de Zapatero opta por mirar para otro lado

Caso GAL: El juez del Supremo, Joaquín Giménez, endurece las penas contra Galindo y los condenados por los asesinatos de Lasa y Zabala

Hechos

El 25.07.2001 el Tribunal Supremo, en sentencia de D. Joaquín Giménez, en su revisión de la sentencia del ‘caso Lasa-Zabala’ amplió las penas de prisión contra todos los acusados aunque ratificó las dos absoluciones.

Lecturas

La Audiencia Nacional había condenado en 2000 a cinco personas por considerarlas responsables de los asesinatos en 1983 de los miembros de ETA, Lasa y Zabala.

PENAS DEFINITIVAS:

galindo2 Enrique Rodríguez Galindo – Condenado a 75 años de prisión

Elgorriaga Julen Elgorriaga – Condenado a 75 años de prisión

vaquero Ángel Vaquero – Condenado a 73 años de prisión

Dorado Enrique Dorado – Condenado a 71 años de prisión

bayo Felipe Bayo – Condenado a 71 años de prisión

EL PERIÓDICO DE ANSON PIDE EL INDULTO DE GALINDO

 El periódico LA RAZÓN, cuyo presidente-ejecutivo es D. Luis María Anson, pidió en portada al presidente de la Guardia Civil el indulto para el ya ex General Enrique Rodríguez Galindo por sus años de servicio contra ETA.

26 Julio 2001

SENTENCIA FIRME POR ASESINATO

EL MUNDO (Director: Pedro J. Ramírez)

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El Tribunal Supremo ha elevado a sentencia firme la condena impuesta en abril del pasado año al general Rodríguez Galindo y al ex gobernador civil de Guipúzcoa, así como a diversos mandos de la Guardia Civil, por el secuestro y asesinato de José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala, en octubre de 1983. En una sentencia jurídicamente irreprochable, el Supremo no se limita a confirmar en su integridad las penas impuestas a los altos cargos -71 años para Julen Elgorriaga y 69 para Galindo-, sino que aumenta en cuatro años la condena para ambos y sus subordinados, al aplicarles la agravante de «prevalecerse» de su cargo público para los delitos de detención ilegal por los que fueron condenados.

El fallo no tendrá efectos prácticos. Galindo y los demás no podrán permanecer en la cárcel más de 30 años y Julen Elgorriaga ya ha sido excarcelado por motivos de salud. Por cierto, alguien tendrá que aclarar si estas razones son lo suficientemente graves como para poner en libertad a un condenado por asesinato. Sin embargo, el aumento de las penas es importante desde el punto de vista de los principios. El tribunal subraya que los condenados, «lejos de actuar como garantes de la ley» -fieles servidores de la patria, según dijeron durante el juicio- «se habían convertido en sus transgresores» y pusieron su autoridad «al servicio de sus designios criminales».

La sentencia avala las revelaciones periodísticas de EL MUNDO, acredita la adecuada instrucción de la causa y supone un nuevo desagravio para el juez Gómez de Liaño y el fiscal Ignacio Gordillo, que tantas descalificaciones sufrieron por parte del entorno felipista. Además, rechaza la indefensión alegada por los condenados por el tiempo en el que la causa estuvo secreta. Según el tribunal, por su condición de altos cargos, «disponían de efectivas posibilidades de entorpecer y obstaculizar la investigación». El Supremo corrobora todos los testimonios de los testigos protegidos que sufrieron presiones de todo tipo e incluso uno de ellos agresiones físicas.

La sentencia firme por asesinato contra Galindo y el ex gobernador de Guipúzcoa, «representante máximo del Gobierno en dicha provincia» según subraya muy bien el Supremo, siempre será un baldón para el Ejecutivo de Felipe González. El sentido común indica que los altos mandos no podían actuar por su cuenta, a pesar de que ni el presidente ni los ministros que los mantuvieron en sus puestos hayan querido asumir nunca su responsabilidad política en estos terribles hechos.

26 Julio 2001

Condena reforzada

EL PAÍS (Director: Jesús Ceberio)

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El Tribunal Supremo ha avalado la imparcialidad de la Audiencia Nacional al juzgar y condenar a los implicados en el secuestro y asesinato, en 1983, de los activistas de ETA José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala, uno de los episodios más estremecedores de la etapa de guerra sucia contra la organización terrorista, que duró hasta 1987. De los recursos presentados, el Supremo sólo ha admitido el de los familiares de las víctimas, que reclamaban un agravamiento de las penas dictadas debido a que los condenados eran funcionarios públicos.

Cuantitativamente, la estimación de este recurso es poco relevante: un aumento de cuatro años en condenas que ya superaban los 70 en los casos del general Enrique Rodríguez Galindo y el ex gobernador de Guipúzcoa Julen Elgorriaga no alteran un cumplimiento efectivo que en ningún caso puede superar los 30 años. Pero cualitativamente es importante: reconoce la estrecha relación que existió entre los hechos delictivos -secuestro, torturas y asesinato de los activistas de ETA- y la condición de funcionarios públicos de los condenados, algunos de ellos investidos de autoridad, de la que se aprovecharon para cometer los crímenes. Esa relación refuerza si cabe el hecho, ya recogido en la sentencia de la Audiencia Nacional, de que los condenados no actuaron a título individual, sino en su condición de integrantes de los aparatos de seguridad del Estado.

La sentencia del Supremo sobre el caso Lasa-Zabala, última en el orden jurisdiccional penal, representa sin duda una victoria del Estado de derecho sobre la impunidad, tanto más relevante cuanto que ETA no ha dejado de secuestrar y asesinar a ciudadanos de toda condición durante los 18 años transcurridos desde aquellos hechos.

En este tiempo, la democracia española ha conseguido establecer la verdad y hacer justicia sobre quienes fueron durante años dos desaparecidos suyos. Los desaparecidos de ETA, empezando por Pertur desde hace casi cinco lustros, siguen esperando la verdad y la justicia. La supremacía legal y moral del Estado democrático sobre todo lo que representa y hace ETA aparece, una vez más, en las consideraciones de la sentencia del Supremo. Recuerda que la legítima defensa de la sociedad frente al terror -ETA asesinó a 11 personas en los dos meses transcurridos entre el secuestro de Lasa y Zabala y el de Segundo Marey, el 3 de diciembre de 1983- no puede hacerse violando principios que se afirma defender, y establece que la alegada condición de terroristas de las víctimas no disminuye el carácter criminal de su secuestro y asesinato ni la responsabilidad civil del Estado por el dolor causado a sus familias.

26 Julio 2001

La imagen de la Justicia

LA RAZÓN (Director: José Antonio Vera)

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Desde las páginas de LA RAZÓN se ha destacado en anteriores ocasiones la incoherencia que tantas veces supone la acción de los Tribunales de Justicia para el común de los ciudadanos, necesariamente ignorantes de las complejidades procesales. No se discute la legalidad de la sentencia de la Audiencia Nacional, seguro que irreprochablemente ajustada a derecho, que condenó al mayor azote de ETA, el general Rodríguez Galindo, y a otros procesados por el caso Lasa-Zabala. Sentencia, por otra parte, no sólo confirmada ayer por el Tribunal Supremo, sino ampliada con cuatro años de cárcel más, al considerar que, puesto que fueron declarados culpables de asesinato, se debía considerar como agravante su condición de miembros de la Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Pero sí se puede y se debe disentir de la decisión judicial. Y resaltar el contraste que supone la exquisita argumentación de los magistrados de la Audiencia, su profesionalidad para diferenciar entre las distintas y contradictorias declaraciones de testigos de cargo, con el hecho palmario e insultante, de que alguien como Josu Ternera, que estuvo en la dirección de ETA en uno de los periodos más sangrientos de la banda terrorista goce de absoluta libertad.

La opinión pública merece una explicación satisfactoria y claramente entendible por todos, que aclare por qué cae todo el peso de la Ley sobre los servidores del Estado y un etarra confeso como Ternera puede en cambio recibir homenajes en público con lo emblemas de ETA, junto a encapuchados de ETA, en los que se hace apología de ETA y se le recompensa con un cargo en el Parlamento regional para escarnio de la víctimas. En fin, se hace de él un referente, una permanente vejación al Estado de Derecho y un ejemplo, pésimo para los jóvenes vascos.

El Poder Judicial no sólo debe considerar iguales ante la Ley a todos los ciudadanos, sino que además debe trascender una imagen de absoluta justicia, de equidad e independencia. Casos como el Galindo y Ternera no ayudan precisamente a asentar la imagen de una justicia igual para todos. Como tampoco las repetidas decisiones de la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional, que opta mayoritariamente por poner en libertad, incluso con cargos y en contra de la opinión de la Fiscalía a presuntos etarras y colaboradores de la banda detenidos y aún procesados por otros jueces. ¿Por qué estas diferencias, estas formas tan aparentemente distintas de tratar a los delincuentes?

La decisión del Tribunal Supremo llega, además, en un mal momento, con la escalada terrorista en plena efervescencia y cuando las Fuerzas de Seguridad precisan de toda su profesionalidad y todo el apoyo moral que se les pueda dar en su difícil lucha contra el entramado asesino etarra.