17 agosto 2001

Vuelve a ser detenido el narcotraficante José Ramón Prado Bugallo ‘Sito Miñanco’ tras requisar la policía cinco toneladas de cocaína

Hechos

El 17.08.2001 la prensa informó de la detención de José Ramón Prado Bugallo.

17 Agosto 2001

Sito Miñanco

EL PAÍS (Director: Jesús Ceberio)

Leer

La detención de José Ramón Prado, alias Sito Miñanco, y otras 13 personas, por supuesta implicación en una operación de narcotráfico, pone de manifiesto la responsabilidad de los jueces en la lucha contra esa lacra. Miñanco fue detenido prácticamente con las manos en la masa: cuando controlaba desde un chalé de Madrid, y con cartas de navegación marcadas sobre la mesa, el trasvase de unas cinco toneladas de cocaína de un buque procedente de Colombia a un pesquero, encargado de introducirlo en España. Sito Miñanco disfrutaba de libertad condicional tras haber sido condenado a 20 años de prisión hace ocho, y se encontraba a la espera de que se dictase sentencia por otro juicio iniciado en octubre pasado y en el que el fiscal pidió para él más de seis años de cárcel.

Se trata de una combinación llamativa, porque si estaba en libertad condicional era porque los jueces le habían considerado capaz de vivir al margen de la actividad delictiva, y, por otra parte, la acusación por la que se le pedían seis años y nueve meses en el juicio cuya sentencia se ha demorado era la de haber organizado en 1997, desde la prisión, por teléfono móvil, una operación de desembarco de seis toneladas de hachís en la ría de Vigo.

Tanto el Supremo como el Condicional confirmaron la condena a 20 años que le fue impuesta en 1993 por la Audiencia Nacional tras ser considerado culpable de un delito de introducción de 2.500 kilos de cocaína. Para otorgarle la libertad condicional, el juez tuvo que considerar los condicionantes establecidos por la ley: si se aplica el anterior Código Penal, que el preso ofrece ‘garantías de hacer vida honrada en libertad’, y si se aplica el actualmente vigente, que exista ‘un pronóstico individualizado y favorable de reinserción social, emitido por los expertos que el juez de vigilancia penitenciaria estime convenientes’.

El retraso en emitir la sentencia en el segundo juicio que tiene pendiente impide conocer su grado de culpabilidad, pero, de haber sido condenado, y con independencia de posibles recursos, el juez de vigilancia penitenciaria habría tenido motivos para revocar la libertad condicional.

En ese caso, José Ramón Prado Bugallo, alias Sito Miñanco, no habría tenido ocasión de participar en el delito del que ahora se le acusa y del que tendrá que responder ante la justicia.