15 mayo 2007

El juicio al anestesista Juan Maeso concluye que contagió hepatitis C a 275 pacientes y le condena a penas que suman los 1.933 años de cárcel

Hechos

El 15 de mayo de 2007 se hace pública la condena a D. Juan Maeso.

Lecturas

La revista ASÍ SON LAS COSAS de Dña. Purificación Blanco fundada por el Grupo Hachette Filipacchi y cuyo columnista estrella era el Sr. Manolo Giménez, fue una de las primeras en dar su portada al caso Maeso.

  • -El anestesista Juan Maeso ha sido condenado a 1.933 años de prisión por contagiar la hepatitis C a 275 personas entre 1988 y 1998.
  • -El procesado, de 62 años, estará un máximo de 20 en prisión y tendrá que pagar a los afectados un total de 20.374.065 euros.
  • -La Consejería de Sanidad de la Comunidad Valenciana será responsable civil subsidiaria «de todas las indemnizaciones».
  • -Desde el inicio del proceso han muerto 23 afectados, aunque sólo cuatro lo han hecho como consecuencia directa de la enfermedad.
  • -La sentencia dicta contra el condenado una inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión médica de 1.941 años.
  • -El tribunal señala a Maeso como el responsable inequívoco del «mayor brote conocido a nivel mundial» de la enfermedad.

La sentencia ha condenado al anestesista Juan Maeso a 1.933 años de cárcel por el contagio de hepatitis C a 275 pacientes. La Audiencia Provincial de Valencia ha dictado la resolución al considerar probado que el facultativo fue autor de dicho número de delitos de lesiones, cada uno penado con siete años de prisión, y de cuatro homicidios imprudentes, castigados con ocho años en total.

La sentencia fija unas indemnizaciones a las víctimas que ascienden a 20.374.065 euros. Para la viuda e hijos de un fallecido, el tribunal ha concedido en torno a 49.000 euros; 150.000 se entregarán a los herederos de las cuatro víctimas mortales, y cantidades de 60.000, 90.000 y 120.000 irán a parar a diferentes grupos de afectados, que recibirán una mayor o menor compensación económica conforme sufran un grado de hepatitis más o menos grave.

Una de las instituciones que contraerá la responsabilidad civil subsidiaria del brote masivo es la Consejería de Sanidad, que no presentará recurso alguno y asumirá todas las indemnizaciones. En cambio, el abogado de la defensa, Francisco Davó, aseguró que sí acudirá al Tribunal Supremo al no compartir la decisión judicial, cuyo fallo fue resuelto por unanimidad entre el presidente de la Sala, José Andrés Escribano, y las dos magistradas, Carmen Llombart y Carolina Rius.

La sentencia fue leída en el salón de actos de la Ciudad de la Justicia de Valencia sobre las 09.45 horas. La masiva presencia de público se hallaba repartida entre un nutrido grupo de procuradores, abogados de la acusación, el letrado de la defensa y el fiscal, Javier Carceller, entre otros.

27 Mayo 2002

Así son las cosas

Manuel Giménez

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Querido lector:

Seguro que usted y muchos otros se acuerdan de la historia de Juan Maeso, el anestesista de Valencia acusado de contagiar la hepatitis C a sus pacientes. Han pasado varios años del suceso y sus víctimas esperan un juicio que comenzará en pocos meses. Durante todo este tiempo, los 273 contagiados han permanecido en silencio, viviendo una enfermedad incurable y un drama que, por primera vez han querido compartir con nosotros para que se haga justicia.

Manuel Giménez

16 Mayo 2007

JUSTA CONDENA A MAESO

EL MUNDO (Director: Pedro J. Ramírez)

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La Audiencia de Valencia condenó ayer al anestesista Juan Maeso a 1.933 años de cárcel -de los que sólo cumplirá 20- como responsable del contagio por hepatitis C de 275 pacientes en cuatro hospitales levantinos.

Lo primero que llama la atención es que los hechos juzgados sucedieron entre 1988 y 1997, por lo que la sentencia llega con muchos años de retraso. La complejidad de las pruebas genéticas y los recursos de las partes a cada una de las decisiones judiciales han retardado la instrucción durante siete años y han hecho que el fallo llegue casi dos décadas después de los primeros contagios, lo que desde luego supone un agravio para los afectados.

Al margen de esta circunstancia, el tribunal es meridiano en sus conclusiones. La sentencia da por sentado que Maeso, adicto confeso a los opiáceos, «se inyectaba parte de las sustancias anestésicas que minutos después administraba a los pacientes». Lo hacía, además, empleando en ambos casos la misma aguja, lo que hacía el contagio prácticamente inevitable. «De ninguna otra manera», concluye el tribunal, «se explica que se pudiera (…) transmitir el virus a un número tan elevado de personas y en un periodo tan prolongado».

De hecho, el doctor Maeso era portador de una variedad del virus minoritaria e «infrecuente en España» -precisamente la misma presente en la sangre de todos los afectados- y él es el único nexo común entre pacientes operados por cirujanos diferentes y en cuatro hospitales distintos.

La sentencia es un revés para sus colegas -que sabían de sus problemas pero no le denunciaron- y para algunos sindicatos médicos -que defendieron en un principio la actuación del anestesista-, pero sobre todo es un fuerte varapalo para la Consejería valenciana de Sanidad, que no reaccionó con la suficiente celeridad ante un caso de una gravedad extrema y a la que la sentencia declara responsable civil subsidiaria. De este modo, será seguramente ella la que se encargue de abonar las compensaciones que establece el fallo y que ascienden hasta 20 millones de euros para los afectados y 150.000 para las familias de los cuatro fallecidos.

En resumen, la sentencia del caso Maeso hace justicia pero llega tarde y delimita el papel del Estado como garante de las buenas prácticas sanitarias. Ojalá sea un aldabonazo para que una circunstancia tan desgraciada no vuelva a producirse.