2 diciembre 1996
Estreno del Tribunal Penal Internacional (TPI) de la ONU condenando al serbo-bosnio Dražen Erdemovič por crímenes en Srebrenica (Yugoslavia)
Hechos
Fue noticia el 2 de diciembre de 1996.
Lecturas
El 29 de noviembre de 1996, el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia (TPIY), creado por Naciones Unidas en mayo de 1993, dictó su primera sentencia condenatoria, imponiendo diez años de prisión a Dražen Erdemović, antiguo soldado de la República Srpska, por su participación en el asesinato de prisioneros musulmanes durante la matanza de Srebrenica de julio de 1995. Erdemović, de origen croata y nacido en 1971, había servido en el 10.º Destacamento de Sabotaje del Ejército serbobosnio, bajo las órdenes del general Ratko Mladić. El 16 de julio de 1995 participó en la ejecución de centenares de hombres musulmanes capturados tras la caída de Srebrenica, trasladados a la granja colectiva de Branjevo, cerca de Pilica. El acusado reconoció haber disparado personalmente contra aproximadamente 70 personas, aunque las estimaciones judiciales posteriores situaron su participación directa en alrededor de un centenar de muertes. Erdemović sostuvo que había actuado bajo amenazas de muerte de sus superiores y que, cuando se negó inicialmente a disparar contra los prisioneros, le advirtieron que sería ejecutado junto a ellos. Tras huir de Bosnia y relatar su participación en los crímenes, fue detenido en Serbia en marzo de 1996 y trasladado a La Haya el día 30. Allí se declaró culpable de asesinato como crimen contra la humanidad. El tribunal, integrado por los magistrados Claude Jorda (Francia), Elizabeth Odio Benito (Costa Rica) y Fouad Riad (Egipto), consideró acreditada su responsabilidad, aunque tuvo en cuenta como circunstancias atenuantes las amenazas recibidas, su arrepentimiento y su colaboración con la justicia internacional. La sentencia constituyó la primera condena por un crimen contra la humanidad pronunciada por un tribunal internacional desde los procesos de Núremberg y Tokio.
El procedimiento, sin embargo, no terminó con aquella primera resolución. La defensa recurrió la condena en diciembre de 1996, alegando que Erdemović había actuado bajo coacción y que su declaración de culpabilidad no había tenido suficientemente en cuenta las circunstancias en que cometió los asesinatos. El 7 de octubre de 1997, la Sala de Apelaciones anuló la declaración inicial de culpabilidad al considerar que el acusado no había comprendido adecuadamente la diferencia jurídica entre los crímenes contra la humanidad y los crímenes de guerra, ni las consecuencias de aceptar el cargo más grave. La causa fue remitida a otra sala para que pudiera formular una nueva declaración. El 14 de enero de 1998, Erdemović se declaró culpable de asesinato como violación de las leyes y costumbres de la guerra, y el 5 de marzo de 1998 recibió una nueva condena de cinco años de prisión, dictada por los magistrados Florence Ndepele Mwachande Mumba, Mohamed Shahabuddeen y Wang Tieya. El Tribunal consideró que la coacción no eximía automáticamente de responsabilidad por el asesinato de civiles indefensos, aunque podía reducir la pena. Erdemović cumplió parte de su condena en Noruega y fue puesto en libertad anticipada en agosto de 2000. Su testimonio resultaría posteriormente relevante en otros procedimientos relacionados con los crímenes de Srebrenica.
Cronología judicial del caso Erdemović
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16.07.1995. Erdemović participa en las ejecuciones de prisioneros musulmanes en la granja de Branjevo, tras la caída de Srebrenica.
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Marzo de 1996. Es detenido en Serbia y trasladado al Tribunal de La Haya el 30 de marzo.
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29.05.1996. Se confirma formalmente la acusación por asesinato como crimen contra la humanidad y, alternativamente, como crimen de guerra.
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31.05.1996. Se declara culpable de crimen contra la humanidad.
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29.11.1996. Primera sentencia del TPIY: diez años de prisión.
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23.12.1996. Su defensa presenta recurso contra la condena.
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07.10.1997. La Sala de Apelaciones ordena repetir la declaración de culpabilidad.
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14.01.1998. Erdemović se declara culpable de un crimen de guerra.
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05.03.1998. Nueva sentencia: cinco años de prisión.
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Agosto de 2000. Obtiene la libertad anticipada.
02 Diciembre 1996
Primera condena
EL TRIBUNAL Internacional Penal (TIP), creado por una decisión del Consejo de Seguridad de la ONU de 1993 para juzgar los crímenes cometidos en las guerras de la antigua Yugoslavia, ha emitido su primera condena: 10 años de cárcel contra Drazen Erdemovic por su participación en la terrible matanza de miles de musulmanes que siguió, en julio de 1995, a la caída de Srebrenica en manos serbiobosnias, pese a la protección teórica de los cascos azules. Aunque responsable directo de un número de asesinatos en masa que prefirió no saber, este croata alistado en las filas serbiobosnias no es uno de los peces gordos. Éstos siguen sin ser detenidos. Pero el TIP ha sentado un precedente con esta primera sentencia de un crimen contra la humanidad desde los asuntos vinculados a la Segunda Guerra Mundial.Diez años pueden parecer pocos para tamaño crimen en un tribunal que puede dictar sentencias máximas de cadena perpetua. Pero los jueces, aunque rechazaron la argumentación de la obediencia debida esgrimida por la defensa de Erdemovic, han considerado atenuantes la edad del condenado -23 años cuando cometió la atrocidad-, su arrepentimiento y su colaboración para aportar pruebas que un día puedan servir para condenar a los auténticos impulsores, cuando no ejecutores directos, de ésta y otras matanzas: Radovan Karadzic y el general Ratko MIadic. Pero éstos no han sido detenidos pese al mandato de captura lanzado por el TIP y a que las fuerzas de la OTAN les tienen perfectamente localizados en Bosnia.
Esta realidad quita fuerza al argumento esgrimido ante esta sentencia por la comisaria europea encargada de la ayuda humanitaria, Emma Bonino, de que lo importante para la disuasión de futuros crímenes contra la humanidad «no es la dureza de la sentencia, sino la certidumbre del castigo». Cuando el número de encausa dos por el TIP no llega al centenar, en su mayoría serbios, y sólo siete están bajo su custodia, la efectividad de esta justicia internacional deja que desear. Pero no es completamente nula. Pues las audiencias en La Haya están poniendo de relieve la atrocidad de los crímenes e incluso sacando a la luz algunos que se desconocían.
Frente al Tribunal de Núremberg que juzgó a los criminales de guerra nazis, ésta no es la justicia de los vencedores. Por el contrario, puede plantar la semilla de una justicia global, que se desarrollará si la comunidad internacional logra llevar ante el TIP a los verdaderos responsables, de todas las partes, de los abominables crímenes cometidos en la guerra de los Balcanes.
El Análisis
La primera condena del Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia inaugura un precedente que puede transformar las reglas de la responsabilidad política y militar en los conflictos internacionales. Hasta ahora, los dirigentes de un Estado podían confiar en que los delitos cometidos durante una guerra serían juzgados, en su caso, por los tribunales de su propio país, frecuentemente subordinados a quienes ejercían el poder. El Tribunal de La Haya introduce un principio diferente: determinados crímenes son tan graves que sus autores pueden ser juzgados por una jurisdicción internacional, incluso contra la voluntad de sus gobiernos. Pero la iniciativa suscita una cuestión legítima: ¿con qué autoridad pueden unos jueces extranjeros juzgar hechos cometidos en un país que no ha consentido expresamente someterse a ellos? La respuesta jurídica es que el Tribunal no ha sido creado por los europeos para juzgar a los balcánicos, sino por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, con el respaldo de Estados Unidos, Rusia, China, Francia y Reino Unido, y con magistrados procedentes de distintos continentes. Su competencia deriva de una resolución obligatoria adoptada conforme a la Carta de la ONU, no propiamente de la jurisdicción universal ejercida por tribunales nacionales. Sin embargo, subsiste el debate sobre la legitimidad de un sistema en el que las grandes potencias pueden crear tribunales para conflictos ajenos mientras conservan, gracias a su posición en el Consejo de Seguridad, una influencia decisiva sobre los mecanismos internacionales de justicia. La legitimidad de La Haya dependerá de que sus procedimientos respeten las garantías de los acusados y de que sus decisiones respondan a pruebas y responsabilidades individuales, no a la conveniencia diplomática de quienes promovieron su creación.
La condena de Erdemović plantea además una pregunta inevitable: si un soldado que participó en las ejecuciones de Srebrenica puede ser condenado por un tribunal internacional, ¿qué ocurrirá con quienes dirigían las estructuras políticas y militares responsables de la guerra? Radovan Karadžić y Ratko Mladić, máximos dirigentes de la República Srpska, ya están acusados por el Tribunal y cuentan con órdenes internacionales de detención, pero continúan en libertad. El presidente serbio Slobodan Milošević, cuyo Gobierno proporcionó apoyo político, económico y militar a los serbobosnios, tampoco puede considerarse ajeno al examen de las responsabilidades, aunque en diciembre de 1996 no ha sido acusado formalmente por el TPIY. Y la misma cuestión podría plantearse respecto al presidente croata Franjo Tuđman, por el respaldo de Zagreb a las fuerzas croatobosnias implicadas en persecuciones y expulsiones de musulmanes durante la guerra de Bosnia. Ninguno de estos dirigentes debe ser considerado culpable sin una acusación fundada y una sentencia, pero tampoco su condición de jefe de Estado o dirigente político debería garantizarle inmunidad frente a crímenes internacionales. El riesgo para el Tribunal es que su primera condena recaiga sobre un ejecutor de rango inferior, mientras los responsables de mayor jerarquía permanezcan protegidos por sus aparatos estatales o por los acuerdos diplomáticos que pusieron fin a la guerra. Si La Haya consigue juzgar únicamente a los soldados y no a quienes pudieron ordenar, organizar o facilitar los crímenes, su precedente jurídico será importante, pero su capacidad para combatir la impunidad quedará seriamente limitada.
JF