5 julio 1997

El periodista de EL MUNDO considera que el de PRISA manipuló, mientras este considera que fue

Polémica entre García Abadillo (EL MUNDO) y Ernesto Ekaizer (EL PAÍS) por el proceso a Banesto ¿Manipulación?

Hechos

En julio de 1997 se produjo una polémica entre los periodistas D. Casimiro García Abadillo (de EL MUNDO) y D. Ernesto Ekaizer (de EL PAÍS) en torno a una entrevista relativa al ‘caso Banesto’.

23 Julio 1997

EL ARTE DE LA MANIPULACIÓN

Casimiro García-Abadillo

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Cuando los periodistas se implican personalmente en el fragor de la batalla sobre la que deben informar pierden la objetividad. La implicación les lleva a modificar los hechos para que se amolden a su visión de las cosas, que, generalmente, coincide con una de las partes en litigio. Ese tipo de comportamientos es impropio de los grandes periódicos, cuyos periodistas se dedican a informar a sus lectores y no a justificar sus propias teorías sobre los hechos. Cuando un periódico permite ese comportamiento está manipulando a sus lectores.

Eso fue lo que hizo ayer EL PAÍS. El periodista Ernesto Ekaizer publicó una entrevista con el fiscal del Tribunal Supremo, Manuel Villanueva, con el único objeto de desmentir una información publicada por este periódico el día anterior.

En su edición de el lunes, EL MUNDO informaba de un escrito del fiscal Villanueva en el que se proponía a la Sala Segunda del Supremo la modificación del tipo delictivo aplicado a Mario Conde por la Sala Segunda de la Audiencia por el caso Argentia Trust. En su escrito, Villanueva dice: «Interpretando estas normas en el caso que ahora nos ocupa, es de aplicación el artículo 295 del Código Penal con preferencia al que ha sido aplicado por la Sala, el 252 del Código Penal. Procede el Apoyo del motivo».

Es decir, el fiscal de Supremo propone a la Sala que el tipo delictivo a aplicar a Conde sea el de administración fraudulenta (artículo 295 del Código Penal) y no el de apropiación indebida (artículo 252 del Código Penal). Ambos tipos delictivos, perfectamente definidos en el Código Penal, están castigados con penas diferentes (más duras en el caso de la apropiación indebida) e incluso con la posibilidad, en el caso de la administración fraudulenta de eludir la pena de prisión con una multa.

Como informaba EL MUNDO en su edición del lunes, existe una tesis mantenida por algunos penalistas, según la cual, el delito de administración fraudulenta incluiría el de apropiación indebida. Al ser el delito de administración fraudulenta un tipo delictivo nuevo, no hay jurisprudencia y, por lo tanto, la decisión del Tribunal Supremo en este caso ha de servir como punto de referencia para casos posteriores. Por el momento, no hay doctrina. Es más, la tesis que cuenta con más predicamento entre los penalistas es la que considera que cada tipo delictivo es diferente y que sería una aberración jurídica considerar que el delito de administración fraudulenta incluye el de apropiación indebida ya que ello implicaría primar al delincuente que, además de apropiarse del dinero de la sociedad, fuera gestor de la misma (dado que la pena a aplicar es inferior en este tipo delictivo).

Aún así, las dos interpretaciones son perfectamente válidas hasta que no se pronuncie el Supremo. EL MUNDO, de lo que informó, fue del cambio de criterio: es decir, de la aceptación por parte del fiscal de uno de los motivos expuestos por la defensa, nada más.

Lo que hizo ayer EL PAÍS fue hurtar a sus lectores de la esencia de los hechos. Para empezar, el periodista Ekaizer manipula las propias palabras del fiscal. Comienza su artículo diciendo que el fiscal ha impugnado «todos» los argumentos de la defensa de Mario Conde, cuando lo que dice Villanueva es: «Yo impugno casi todos los puntos del recurso de casación de la defensa de Conde». El periodista podía haber sido más incisivo, por ejemplo, preguntando al fiscal cuáles no impugnó. Para el periodista, lo importante no es el criterio del fiscal, sino adornar su teoría de la conspiración, según la cual, EL MUNDO está al servicio de Conde. Por eso, no le preocupa la calificación del delito: para el lector de El País lo único que se ha producido es una modificación en la petición de pena: de seis años de cárcel a cuatro años. Pero eso es falso. No hay modificación de pena, lo que hay es modificación del tipo delictivo. Otra cosa es que el fiscal interprete que la administración fraudulenta incluya la apropiación indebida. Pero, de la misma forma, la Sala puede justamente interpretar lo contrario. Sobre lo que no hay duda es sobre el cambio que se propone en el tipo delictivo a aplicar al reo, que es lo esencial de la información y lo que se oculta al lector de El País.

El criterio del fiscal, como publicó EL MUNDO en su edición del pasado lunes, no es vinculante para la Sala Segunda del Supremo, que puede, desde mantener la sentencia de la Audiencia Nacional a acordar la absolución del condenado.

Esa es la verdad sobre los hechos. El resto es manipulación.

Casimiro García-Abadillo

24 Julio 1997

LAS UVAS DE LA IRA

Ernesto Ekaizer

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El pasado 8 de julio el fiscal del Tribunal Supremo, Manuel Villanueva, terminó sus informes sobre el recurso de casación de Mario Conde contra la condena a seis años de prisión en el caso Argentia Trust por apropiación indebida y falsedad en documento mercantil. El trabajo de Villanueva consistió en preparar un extracto, un resumen que permanece en una carpeta hasta que la sala del Tribunal Supremo vea el recurso, y un informe, que se entrega a las partes personadas. El recurso de Conde sostiene (punto 4) que el condenado no incurrió en apropiación indebida. El fiscal Villanueva impugnó ese punto y sostuvo que, tal como afirma la sentencia del 20 de marzo de 1997, sí hubo apropiación indebida y falsedad.

El 21 de junio, EL MUNDO informó en portada: «El fiscal del Supremo sostiene que Conde no incurrió en apropiación indebida en Argentia». Y añadía: «El fiscal elimina el delito de apropiación indebida». Según decía, esto era así porque el fiscal propone la aplicación del artículo 295 del nuevo Código Penal, más benigno para el reo, en lugar del 252.

El fiscal Villanueva explicó en EL PAIS del martes, 22, que «Conde cometió delitos de apropiación indebida y falsedad» y recordó que precisamente había impugnado el punto 4 del recurso, cosa que el entorno del ex banquero y EL MUNDO callaron.

El articulista de EL MUNDO está ahora enfadado quizá con su propio diario. Porque su periódico reprodujo en su segunda edición las manifestaciones de Villanueva, citando a EL PAÍS. El articulista debería dirigir su ira contra sus compañeros y no contra EL PAÍS, que publicó una información que hasta fue considerada de interés para sus lectores por EL MUNDO.

Se puede entender que los abogados de Conde defiendan con ahínco sus argucias. Más difícil de comprender es esa defensa, con la mala uva de un abogadillo, por un periodista. A menos que sea un impostor.

Ernesto Ekaizer