23 mayo 2021

‘Salvados’ (Producciones de Barrio) emite en LA SEXTA un reportaje contra el obispo de Oviedo, Jesús Sanz Montes

Hechos

Se emitió el 23.05.2021.

Lecturas

SALVADOS (LA SEXTA de Atresmedia).

TRECE (Comunicado de réplica de Lumen Dei).

24 Mayo 2021

Nota oficial de Lumen Dei

Lumen Dei

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El domingo 23/05/2021 por la noche, en hora de máxima audiencia, La Sexta Televisión ha emitido el programa Salvados, con un contenido, a nuestro juicio, carente de las más mínima ética periodística, y repleto de falsedades, insinuaciones y manipulaciones evidentes, encaminadas, sin duda, a deteriorar y difamar la imagen y buena fama de Mons. D. Jesús Sanz Montes, arzobispo de Oviedo y Superior de nuestra asociación Unión Lumen Dei.

Teniendo en cuenta que lo tratado en el citado programa, en lo que se refiere a Lumen Dei, es un tema ya muy antiguo, de hace más de cinco años, carente pues de actualidad, pero que persigue remover noticias que ya han tenido cumplida respuesta en numerosos juzgados y tribunales de España, nos vemos obligados, una vez más, a desmentir el contenido de la citada emisión en lo que afecta a nuestra Asociación, mencionada a lo largo del programa, y a su superior Mons. Sanz Montes.

Lo publicado ayer en La Sexta es falso ya desde el momento en que se dedicaron a publicitar previamente cortos (en redes sociales y en la propia cadena) sobre el contenido del programa. Mons. Jesús Sanz no ha desahuciado a nadie, y no se ha llevado un solo euro de nuestra asociación, como se insinúa por el realizador, describiéndolo grotescamente  como un hombre ávido de dinero, utilizando para ello las más obvias maniobras de manipulación informativa que ya ni se molestan en disimular: oscurecimiento y difuminación de imágenes, musiquilla estridente de un violín de fondo (en los cortos previos), comentarios en off y descontextualizados en relación a las imágenes que publican –con personas ancianas que supuestamente va a echar a la calle el “malvado” arzobispo, aunque ello sea falso-, opiniones de personas hostiles a nuestro superior, puesta en su boca de declaraciones que nunca ha hecho (falsas amenazas de excomunión), etc. Es tan tosco y burdo el contenido del programa, que si no fuera por el evidente eco mediático que tiene, lo dejaríamos estar sin responderlo. Pero teniendo en cuenta la desinformación causada,  y ante la llamada de algunos medios de prensa y de personas que se han interesado sobre este  tema, nos vemos obligados a emitir el presente comunicado oficial, para público conocimiento de aquellos a quienes pudiera interesar. No sin antes dejar constancia que damos traslado del contenido del programa televisivo a la asesoría jurídica de Lumen Dei, por si consideran necesario emprender acciones legales a las que hubiera lugar en derecho.

1.– La Asociación Lumen Dei es una entidad de la Iglesia Católica, fundada por el padre Rodrigo Molina, SJ, que fue intervenida por la Santa Sede en 2008 debido a diversas denuncias efectuadas por miembros internos de la citada asociación, que acusaban de graves e irregulares comportamientos a algunas personas que en su momento estuvieron en la cúpula de Lumen Dei.

2.- La Santa Sede nombró Comisario Pontificio de Lumen Dei en junio de 2008 al Cardenal D. Fernando Sebastián Aguilar (entonces arzobispo emérito de Pamplona-Tudela, ya fallecido). Un grupo numeroso de miembros de Lumen Dei se opusieron tenazmente a su nombramiento y a su gestión. Interpusieron numerosas querellas, denuncias y demandas, así como otras actuaciones judiciales y extrajudiciales, lo que propició la dimisión de Mons. Sebastián, abrumado por la actuación de estos miembros. Su dimisión fue aceptada por la Santa Sede. En mayo de 2009 se nombró nuevo Comisario Pontificio y Superior de Lumen Dei a Mons. D. Jesús Sanz Montes, entonces obispo de Huesca y Jaca, y actualmente arzobispo de Oviedo.

3.- Con Mons. Jesús Sanz la situación se pacificó: todos sus miembros admitieron sin discusión su representación y nombramiento por parte de la Santa Sede.

4.– Cinco años más tarde, en mayo de 2014, un grupo importante de miembros de Lumen Dei se dio de baja de la Asociación, mediante escritos firmados personalmente: no estaban de acuerdo con el itinerario canónico que la Santa Sede había dispuesto para ellos a través de la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica (CIVCSVA).

5.- Lumen Dei quedó en una situación financiera insostenible por falta de liquidez con que afrontar las deudas hipotecarias contraídas años antes por los luego dimisionarios. Por ello, y con plena aquiescencia de los miembros de la Asociación, se vendieron algunos inmuebles para saldar deudas y evitar ejecuciones hipotecarias. También para poder comprar nuevos inmuebles en Asturias, donde la Asociación llevó su sede por indicación de la CIVCSVA. El importe de las ventas lo ha ingresado, obviamente, Lumen Dei, y no Mons. Sanz, como insidiosamente se deja caer en el programa insinuándolo una y otra vez. La cantidad total de lo que Mons. Sanz Montes se ha llevado por estas operaciones asciende a CERO CÉNTIMOS.

6.- Las ex miembros de Lumen Dei (algunas aparecen en el programa) se presentan como “hermanas” o “misioneras” religiosas, y no lo son. Desde la Santa Sede ya les ha pedido que no se presenten como religiosas, pues cometen un fraude de simulación. Comenzaron en 2015 una campaña eclesial, judicial y mediática contra Mons. Sanz Montes, similar a la que hicieron contra Mons. Sebastián. Todo ello mediante numerosas cartas a la Santa Sede, multitud de querellas, denuncias y demandas judiciales, y filtraciones a determinados medios de comunicación. Defendían el falso argumento de que no existía un Lumen Dei sino dos. Mediáticamente el asunto se fue apagando a medida que los tribunales fueron fallando en contra de las ex miembros de la Asociación.

7.– Resumimos la situación judicial al día de la fecha de las actuaciones emprendidas contra Mons. Sanz por las ex asociadas de Lumen Dei:

Causas penales promovidas por las ex miembros: 20 (todas archivadas en la fase inicial de instrucción, y  favorables a Mons. Sanz Montes).

Pleitos Civiles promovidos por las ex: 9 (todos pendientes actualmente por causa de prejudicialidad penal, aunque ya han comenzado los señalamientos). Además, las ex miembros han solicitado medidas cautelares en 5 de ellos (todas con resoluciones favorables a Mons. Sanz Montes; la última la semana pasada: 18/05/2021)

* Otras actuaciones: 4 reclamaciones administrativas (archivadas) y 2 recursos contenciosos-administrativos (también favorables a Mons. Sanz Montes).

El resultado actual es, pues, 31 a 0 favorable a Mons. Sanz Montes. Esto puede explicar el natural nerviosismo de las ex miembros ante los juicios que se avecinan, y que se presten a programas mediáticos hostiles a nuestro superior para intentar obtener lo que no les dan en los juzgados.

8.- La actuación de las ex miembros constituye un auténtico abuso y fraude procesal. A título de ejemplo, mencionamos el último Auto de archivo (definitivo) de la querella interpuesta por este colectivo de ex miembros, que inicialmente recayó en el J. Instrucción 22 de Madrid (D.P. 1993/2017). El Auto es de la Audiencia Provincial de Madrid (Secc. 3ª), Auto nº 939, de 10/12/2019, notificado el 13/12/2019, y resuelve el recurso de apelación 1654/2019 que las querellantes habían interpuesto contra el sobreseimiento que ya había decretado previamente el J. I. nº 22 de Madrid, y que pone de manifiesto la conducta de los citados ex miembros de Lumen Dei:

1º) Declara la existencia de un único Lumen Dei (F. Jco. 1º), y no varios como usualmente dicen las ex asociadas, autodesignándose ellas la primacía y la herencia de cuanto tiene la Asociación Lumen Dei de la que libremente se dieron de baja.

2º) Niega legitimación a las ex miembros para comparecer en nombre de la Asociación Lumen Dei (F. Jco. 1º), a la que no pertenecen desde mayo de 2014.

3º) Afirma la plena legitimidad de la actuación de Mons. Sanz Montes (F. Jco. 2º): Es suficiente para excluir cualquier ilicitud penal con la comprobación aludida de que la actuación del inicialmente denunciado estaba plenamente enmarcada en el ámbito de nombramiento como Comisario Pontificio de Lumen Dei, y con las facultades propias de Presidente General, designación que efectuó la Autoridad Eclesiástica competente (cfr. la CIVCSVA, con aprobación explícita del Papa) y en el ámbito que le es propio, y que ha sido además mantenida cuando fue impugnada ante la misma.

4º) Por último, y esto es también muy importante, pues define la actitud de las querellantes, impone a éstas las costas causadas por una clara temeridad, mala fe y abuso procesal (F. Jco. 3º y Auto aclaratorio): Se advierte una actuación procesal abusiva en las acusaciones particulares que se ha traducido en la multiplicación de denuncias de naturaleza penal, todas ellas con un idéntico fundamento fáctico. En este concreto supuesto, se decide imponer a las partes apelantes las costas procesales causadas en esta segunda instancia al apreciar una clara situación de mala fe y abuso procesal… La claridad de las resoluciones recurridas, y la constatación de las abundantes ya recaídas sobre la misma materia, pone de manifiesto la temeridad del recurso de apelación formulado.

9.- Manifestamos nuestro asombro ante el hecho de que algunos denominen a esto “periodismo de investigación y actualidad”, con evidente jactancia. Más bien lo llamaríamos periodismo de filtración (da sólo la versión interesada de las ex miembros) y consideramos que incumple las bases fundamentales sobre las que se sustenta el discurso periodístico: realidad, veracidad y actualidad. Un mínimo de actividad periodística les debería haber llevado a mencionar la multitud de resoluciones judiciales mencionadas, que son públicas y notorias, o bien haber llamado, para contrastar, a alguien de nuestra Asociación para aclarar debidamente la realidad de los hechos. Y no vale un abordaje imprevisto y sorpresivo al arzobispo, próximo a iniciar una Misa en la Catedral de Oviedo, para entender cumplido ese expediente, y además con la secuencia cortada. Eso es pura y simplemente postureo. Del mismo modo que se llevó, por ejemplo, al programa a la abogada de las ex miembros, un mínimo de honestidad periodística implicaría llamar a alguien de Lumen Dei para que diera las oportunas explicaciones que habrían desmentido fácilmente la tesis central del programa: que Mons. Sanz “echa a unas hermanas” de “sus” casas. Lumen Dei y Mons. Sanz Montes no han emprendido hasta la fecha ningún juicio de desahucio. Lo cual no quiere decir, obviamente, que no lo pueda hacer en el futuro respecto de las que ocupan ilícitamente y sin justo título bienes que son propiedad de Lumen Dei.

10.- Lumen Dei, el único que hay y que es fiel a la Iglesia, aprueba plenamente y agradece la gestión efectuada por Mons. Jesús Sanz Montes. Asimismo, rechaza contundentemente la actuación de las ex miembros, en particular la especial inquina con que vienen atacando a Mons. Sanz Montes, y la ilícita ocupación actual de los inmuebles que en su día fueron de Lumen Dei.

Advertimos nuevamente a los que piensen que utilizando estrategias difamatorias van a obtener algún resultado que se desengañen. Estaremos atentos y responderemos, con la ley en la mano, en defensa de la justicia y de la verdad, a cuantos intentos se realicen para manchar la honorabilidad de personas intachables, así como el de nuestra propia institución, cuyo nombre e imagen están siendo indebidamente utilizados por terceras personas.

Oviedo, 24 de mayo de 2021