19 noviembre 2019
Duro golpe para el PSOE con dos ex presidentes del partido condenados
Sentencia de los ERE: El ex presidente andaluz y ex ministro Griñán condenado a 6 años de cárcel y Manuel Chaves inhabilitado
Hechos
El 19 de noviembre la Audiencia de Sevilla hizo pública la condena por malversación y prevaricación del caso de los ERE.
Lecturas
El 19 de noviembre la Audiencia de Sevilla hizo pública la condena por malversación y prevaricación del caso de los ERE. Por el uso discrecional del dinero p
Las condenas fueron las siguientes:
- D. José Antonio Griñán Martínez (Ex presidente de Andalucía) – Condenado a 6 años de cárcel y 15 de inhabilitación.
- D. Francisco Javier Guerrero Benítez (Ex Director General de Trabajo) – Condenado a 7 años de cárcel y 19 años de inhabilitación.
- D. José Antonio Viera Chacón (Ex Consejero del Trabajo) – Condenado a 7 años de cárcel y 18 años de inhabilitación.
- D. Manuel Chaves González (Ex presidente de la Junta de Andalucía y ex ministro ) – Condenado a 9 años de inhabilitación.
- Dña. Magdalena Álvarez Arza (Ex Consejera de Economía y Hacienda y ex ministra) – Condenada a 9 años de inhabilitación.
- D. Gaspar Zarrías Arévalo (Ex Consejero de Presidencia y ex Secretario de Estado) – Condena a 9 años de inhabilitación.
- D. Agustín Bárbera Salvador (ViceConsejero de Empleo) – Condenado a 7 años de cárcel y a 18 años de inhabilitación.
- D. Juan Márquez Contreras (Ex Director general de Trabajo) – Condenado a 7 años de cárcel y 18 años de inhabilitación.
- D. Francisco Vallejo Serrano (Ex Consejero de Innovación) – Condenado a 7 años de cárcel y 18 años de inhabilitación.
- D. Miguel Ángel Serrano Aguilar (Ex Director General de la agencia Idea) – Condenado a 6 años y 6 meses de cárcel y 17 años de inhabilitación.
- D. Jesús María Rodríguez Román (ex ViceConsejero de Innovación) – Condenado a 6 años de cárcel y 15 años de inhabilitación.
- Dña. Carmen Martínez Aguayo (ex Consejera de Hacienda) – Condenada a 6 años de cárcel y 15 años de inhabilitación.
- D. José Salgueiro Carmona (ex Consejero de Hacienda) – Condenado a 9 años de inhabilitación.
- D. Antonio Vicente Lozano Peña (Ex Director General de Presupuestos) – Condenado a 9 años de inhabilitación.
- D. Juan Francisco Sánchez García (Ex secretario técnico de Empleo) – Condenado a 9 años de inhabilitación.
- D. Javier Aguado Hinojal (Ex secretario de Trabajo y Empleo) – Condenado a 9 años de inhabilitación.
- D. Jacinto Cañete Rolloso (Ex director general de la agencia Idea) – Condena a 8 años y 6 meses de inhabilitación.
- D. Lourdes Medina Varo (Ex secretaria general técnica de empleo) – Condena 8 años y 6 meses.
- D. Manuel Gómez Martínez (Ex interventor general) – Absuelto.
- D. Francisco del Río Muñoz (Ex jefe del gabinete jurídico) – Absuelto.
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SENTENCIA DE LOS ERE:
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20 Noviembre 2019
El caso de los ERE
La Audiencia Provincial de Sevilla dictó este martes una contundente sentencia sobre el caso de los ERE, por desviación ilegal de fondos de la Junta andaluza para las empresas en crisis hacia otros destinos o creando un sistema heterodoxo de agilización de pagos que vulneraba el procedimiento establecido y esquivaba los controles económicos y de la Intervención.
El fallo del tribunal llega tras siete años de investigación sobre la actuación, durante 10 años, de distintos cargos autonómicos. Una procelosa tramitación de gran impacto mediático y también de gran impacto político. No en vano han sido condenados en esta instancia provincial 19 antiguos altos cargos de la Junta, incluidos dos expresidentes, exconsejeros, viceconsejeros y directores generales. Las condenas más significativas oscilan entre seis años de cárcel para el expresidente José Antonio Griñán (por delitos de prevaricación y malversación) y nueve de inhabilitación para su antecesor, Manuel Chaves (por prevaricación).
Prevaricar es dictar resoluciones injustas a sabiendas de que lo son; malversar, destinar recursos públicos a objetivos distintos de los previstos legalmente. Ambas conductas son delitos de corrupción; ya en la toma de decisiones de forma ilegal; ya en el manejo torcido de caudales públicos, y/o contrariando los debidos controles.
Ciertamente, no es lo mismo malversar enriqueciéndose personalmente o beneficiando al propio partido al que pertenece el reo que dilapidar sin control el dinero del contribuyente siendo consciente de ello, o crear mecanismos orientados a facilitar el fraude. Todas esas formas de corrupción merecen el más enérgico rechazo social porque merman la credibilidad de las instituciones y difuminan la obligación de usar con pulcritud los recursos que les aportan los contribuyentes. Pero cada forma de corrupción es diferente, a cada una le corresponde un trato distinto y esa es la tarea que compete desempeñar a los tribunales de justicia, cuyas sentencias, cuando alcanzan firmeza en las instancias superiores, no pueden sino ser acatadas.
En este caso, conviene recordar que los dirigentes condenados abandonaron la vida y la militancia políticas hace muchos años; que no se les sanciona por llevarse dinero público a sus bolsillos ni para financiar a su partido. La Audiencia no ha condenado unas siglas políticas, sino unas conductas y redes clientelares.
La virtualidad de esta sentencia es la de constituir un aldabonazo en favor de una correcta gestión de los recursos públicos. Otra cosa es que las concretas imputaciones sean inapelables: todo indica que será el Tribunal Supremo el que acabará dirimiéndolas. Y un punto clave será si comparte o rechaza el criterio sobre malversación del tribunal de Sevilla, más rigorista que el suyo, pues exoneró a consejeros catalanes que aun conociendo el diseño y prestando su apoyo a destinar caudales a un fin ilícito, no dispusieron personal y directamente de esos gastos.
Mientras no haya sentencia firme incumbe a todos cumplimentar la presunción de inocencia de los condenados en primera instancia; celebrar que la resolución alerte sobre el necesario control reglado del gasto público; y respetar, siempre, la independencia de los tribunales.
20 Noviembre 2020
El mayor fraude de la democracia
ABC no se equivocaba cuando al desvelar en exclusiva el fraude masivo de los ERE lo calificó como el caso de corrupción más grave de la democracia. Nunca dos dirigentes políticos que llegaron a ser presidentes de un partido, en este caso el PSOE, habían sido condenados, y nunca se había documentado con la crudeza con que lo hace la Audiencia de Sevilla un caso tan grosero de amiguismo, cuyo último fin era crear una red clientelar al servicio del PSOE. El cortijo en que el socialismo convirtió a Andalucía durante 34 años queda retratado en una sentencia que vuelve a demostrar la doble moral con que la izquierda mide la gravedad de las conductas, incluso del saqueo sistemático de dinero público.
Todo el peso de la ley. La condena de diecinueve antiguos altos cargos del socialismo andaluz, entre ellos Manuel Chaves y José Antonio Griñán, por el desfalco sistematizado de 680 millones de euros, demuestra que su partido siempre mintió respecto a los ERE. Está probado que el PSOE los diseñó como coartada de una red clientelar ideada para perpetuar a los gobiernos socialistas en Andalucía. Por cuantía económica, por contumacia en el diseño de una estructura delictiva y por la consciente permisividad de la Junta andaluza, es el caso más serio de desfalco de las arcas públicas vivido en España. Las penas de prisión superiores a cinco años para Griñán y otros nueve antiguos altos cargos apuntan a que previsiblemente serán encarcelados en breve, lo que representa un durísimo golpe emocional para el PSOE. La evidencia es que durante quince años se cebó un sistema organizado de corrupción, privilegios y abusos con el dinero público que el PSOE deberá llevar siempre en su conciencia, por más que trate de sacudirse cualquier responsabilidad. La trama de Filesa era, en comparación, un juego infantil.
El PSOE incurrió ayer en un ejercicio de cinismo. Pero su reacción no fue una sorpresa: silencio descriptible de Pedro Sánchez y derivación de responsabilidades al socialismo andaluz. El PSOE podrá alegar cuanto quiera, porque ni se condena al partido por financiación ilegal ni se juzgaba un enriquecimiento ilícito de sus dos expresidentes. Pero en nada se compadece esta reacción con el falaz discurso que Sánchez siempre mantuvo. Si otro partido, como el PP, incurre en conductas corruptas, bien merece una moción de censura, aunque su presidente fuese ajeno a esas prácticas. En cambio, si es el PSOE, lo hace por la causa del progresismo, comprometido con los derechos de los desempleados. Todo era una farsa, una burda mentira que el propio PSOE se encargó de normalizar en el Parlamento con partidas presupuestarias ad hoc para dar patente de legitimidad a un robo. El PSOE creó una red inmoral de nepotismo, sus dos presidentes y varios consejeros han sido condenados, se pervirtió el control de las subvenciones, se eludieron los más básicos sistemas de supervisión, se silenció a la Intervención del Estado, se repartieron millones a capricho -incluso para drogas y burdeles- y la Junta de Susana Díaz se confabuló para obstaculizar la labor judicial. Al menos, el PSOE no debería citar la palabra «honestidad» para proteger a los suyos.
Pedro Sánchez no puede escurrir el bulto. Tampoco Pablo Iglesias y el resto de una izquierda política que ayer no sabía dónde esconderse con tal de no poner en jaque la gobernabilidad. Si Unidas Podemos tuviese un mínimo criterio de ética pública no podría apoyar la investidura de Sánchez, obligado, por su parte, a repensar la estrategia que presentó a la sociedad como presunto abanderado de la ética y la regeneración. Pero es mucho pedir. Una vicepresidencia y varios ministerios bien valen un escorzo de hipocresía. Contra Rajoy, Iglesias sostenía en mayo de 2018, en referencia a la sentencia de la trama Gürtel, que no podía haber «delincuentes a los mandos del Gobierno». Si Rajoy -estigmatizado por una simple frase por un juez afín al PSOE- era entonces un «delincuente», también hoy lo es Sánchez.
El doble rasero de la izquierda y su pretendida superioridad moral son flagrantes. Da igual el importe defraudado y que un socialista delinca, porque siempre lo hace guiado por la buena fe. Pero los delitos de otros partidos son intrínsecamente más graves porque se miden por criterios ideológicos y de dogmatismo excluyente. Algo enfermizo empieza a anidar en la izquierda si ese es el listón con el que medir un latrocinio como el de los ERE. La democracia no puede deglutir todas sus miserias bajo el prisma del «pensamiento único» que impone la izquierda. Cuando los tribunales cumplen su misión es porque la democracia responde. Pero el PSOE, que llegó a impulsar escraches contra la juez instructora, es responsable de una merma de la higiene democrática. Acorde con el rasero del PSOE, la sentencia debería inhabilitar a Sánchez para gobernar.
21 Septiembre 2022
Griñán: un indulto contra el 'lawfare'
Mucho revuelo veo en torno a las personalidades que han firmado a favor del indulto a Griñán y muy poca explicación de por qué lo hacen los juristas. En este caso de los ERE, con tanto papel, tanto folio y tanto problema técnico-jurídico, se ha sustituido en el foro público el análisis racional por la conquista del relato y eso, sobre todo en Derecho, siempre suele llevarnos al despeñadero de la manipulación. Voy a intentar explicar en términos de andar por casa por qué muchos expertos en Derecho Penal apoyan ese indulto: lo apoyan porque la condena por malversación de Griñán es técnicamente un desastre que no se sostiene. Yo añado más: es un desastre en técnica jurídica que justo consigue colgarle a Griñán un delito penado con prisión. Creo que son muchos los penalistas que, en público o en privado, apoyan este indulto para intentar restablecer la injusticia que se ha llevado a cabo aunque, claro, la injusticia y el lawfare no pueden alegarse como motivo en una petición de indulto.
Olviden los argumentarios de unos y de otros y vamos al meollo del asunto. Por qué, en palabras de uno de los mas prestigiosos penalistas, Gonzalo Quintero, los jueces en este caso han procedido a “la libre construcción del Derecho”, por qué se han efectuado grandes simplificaciones de la reflexión jurídica, tanto en la sentencia del Tribunal Supremo como en la anterior de la Audiencia Provincial de Sevilla, y por qué, incluso, la mayoría del tribunal confunde y trabuca la propia jurisprudencia del TS en el delito de malversación. “El fallo está plagado de razonamientos que no pueden superar el filtro de las construcciones doctrinales y jurisprudenciales de la autoría y participación y de las de la prevaricación y malversación”, afirma taxativo Gonzalo Quintero. El palo de esas líneas es de tal magnitud, deja tan claro lo que ha pasado, que los tres magistrados firmantes de la sentencia deberían ir con la cabeza bajo el ala. Ojo, repárese en que es una sentencia en la que no está el presidente Marchena, que se evita firmar tan clamoroso bochorno jurídico. Pero el caso es que se firma y se condena y que los dos votos particulares son más bien una sentencia alternativa en la que se evidencia, una por una, las aberraciones penales que han cometido los tres que forman mayoría.
En términos de opinión pública todo es muy técnico y, por tanto, ha sido soslayado del debate aunque lo cierto es que la sentencia de los ERE es un desastre técnico y para lograr la condena por el único delito que conlleva prisión hacen “un salto en el vacío”, según se ha resaltado en los votos, que sólo puede conllevar un talegazo para la impartición de justicia penal. Lo que han leído del prestigioso catedrático no es un zasca, es una leche de tamaño natural dirigida a la calidad técnica de la sentencia y de quienes la han dictado.
La construcción de la tipicidad y la autoría del delito de malversación son el grave problema. Como es una cuestión muy compleja, con cuatro argumentarios se obvia. Dictar una sentencia mamotreto no garantiza su calidad, pero sí el número de esforzados con ganas de meterse a valorarla. El fallo técnico ya se inició en la Audiencia de Sevilla, que construyó una malversación en comisión por omisión que es técnicamente inviable y se ha perpetuado en la Sala Segunda con una versión que tiene varios obstáculos técnicos insalvables uno de los cuales -sigo a Gonzalo Quintero que es de los pocos que se ha atrevido a sacar los colores al Tribunal Supremo en este caso- es que “la tipicidad de la malversación se reformó en 2015 y en la actual redacción no existe esa modalidad especial de comisión por omisión” y como en penal siempre hay que aplicar la norma más favorable, que es la actual, no se da el tipo y, por tanto, no existe el delito. El voto particular de las dos magistradas del tribunal añade: “no cabe instrumentalizar el dolo eventual para solventar los déficits de prueba de cargo relativa a la autoría delictiva. Pues una concepción amplia y desmesurada del dolo eventual y una laxitud y falta de rigor en su verificación en el ámbito procesal podrían devolvernos al anacronismo propio de los delitos cualificados por el resultado”. Esa es la forma fina de los magistrados de arrear con ganas a los colegas por sus errores.
Todo esto que a ustedes y a mí nos puede sonar a chino -llevo días recibiendo magníficas teóricas de magníficos penalistas para escribirlo- es de carril para todo aquel jurista que quiera ser objetivo. No creo que tenga nada que ver con la ideología. Por otra parte, los magistrados que sustentan el fallo con su firma tampoco son de los de más calidad de esa Sala y aquí volvemos al problema de las mediocridades y sus medros. Hablar de poca calidad, entiéndanme, es una friega suave para una sentencia que “falta al principio de legalidad, a la prohibición de la interpretación libre de la ley penal y que olvida la doctrina penal y la propia jurisprudencia del TS”, dice Quintero. Sobre este último olvido hay una regañina en el voto particular que ha sido poco destacada, esa que señala a la Audiencia de Sevilla por haber tomado un trozo de sentencia del Supremo y haberla descontextualizado para hacerla encajar en su tesis.
En el Caso de los ERE ha habido desde el primer momento un movimiento propagandístico, insuflado por el PP, que ha impedido ver en gran medida el bosque de la realidad jurídica. Una instrucción errática y muy deficiente por la que convirtieron en heroína a una instructora que cometió múltiples errores y que luego pretendió ascender a un puesto por escalafón -y lo logró como era de ley- pero que se consideraba agraviada porque no le dejaron seguir a la vez con este tema, lo que hubiera sido anormal e ilegal. Su pericia y actuación son tan conocidas en el foro que en la Audiencia Nacional hay unanimidad en frenar de forma legal sus intentos reiterados de acceder a un juzgado central -el último protagonizado por el muy antiguo Pedraz, que cambió de juzgado para pisarle la plaza-.
Así que el argumento de la mayor corrupción de la historia y de los 600 millones que maneja la propaganda pepera -en tan extensísima y engordada sentencia no hay ninguna explicación razonable que nos diga cuántas fueron las ayudas ilícitas y a quién se le concedieron y sin embargo condenan por lo que no son capaces de especificar- se cae solo. La idea de que se malversaron 600 millones es falsa porque eso implicaría que todo el dinero fue malversado y que si, como dicen, los condenados dolosamente querían que así fuese, todos los perceptores de ayudas serían partícipes a título lucrativo -unos Ana Mato de la vida- y tendrían que haber sido obligados a devolver las ayudas. ¿Ustedes han visto que la sentencia diga algo de todo eso? Pues no. Lo de los 600 millones malversados es puritita propaganda.
Cuando un técnico del Derecho -unos jueces- usan éste en una “construcción libre” que está expresamente prohibida, están cometiendo una injusticia como poco. Y por eso hay muchos juristas que creen que hay que indultar, al menos parcialmente de ese delito de malversación, y otros como el ex miembro de la Sala Segunda Martín Pallín, que hay que anular la sentencia porque es incorrecta.
Creo que aquí se aprecia desde el principio una intención de conseguir que Griñán se jugara la cárcel. Recuérdese que el propio Tribunal Supremo, cuando devolvió en su día la causa en instrucción a Sevilla, ya decía que de malversación, nada de nada. Y eso no es ni más ni menos que lawfare a favor del uso político que haría un partido concreto, por cierto, podrido de su propia corrupción.
Espero que la Audiencia de Sevilla no tenga el cuajo de hacerle ingresar en prisión inmediatamente, porque eso reafirmaría mis sospechas sobre lo que se buscaba, sobre todo cuando el condenadísimo en firme juez Santiago Alba, que jugó a favor del PP, lleva soslayando nada más y nada menos que tres años su entrada en prisión con actuaciones meramente dilatorias que se le están consintiendo y sin que quepa ninguna duda técnica sobre su condena.
Por eso creo que el indulto a Griñán vendría a reparar una injusticia. Por eso creo que han firmado esa petición muchos juristas.