20 enero 1980

Indicios de corrupción

Urbaneja y Pérez Ornia publican auditorías de Hacienda sobre el manejo de RTVE en las etapas de Rafael Ansón y Arias Salgado

Hechos

El 20 de enero de 1980 EL PAÍS publicó la primera parte de la investigación de D. José R. Pérez Ornia y D. Fernando González Urbaneja sobre la situación de Radio Televisión Española.

20 Enero 1980

Los directivos de RTVE ignoran sus cuentas, inventado, plantilla, gastos, patrimonio y costes

José Ramón Pérez Ornia / Fernando González Urbaneja

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El Gobierno ha silenciado un informe realizado por un equipo de interventores de Hacienda acerca del funcionamiento de Radiotelevisión Española, en el que se ponen de relieve numerosas irregularidades que pueden ser delito. El informe fue entregado al ministro de Hacienda hace ocho meses y es el resultado de más de medio año de investigaciones de varios interventores y auxiliares del Ministerio de Hacienda, que fueron enviados a Televisión en octubre de 1978, con objeto de verificar el funcionamiento del organismo autónomo Radiotelevisión Española.

Radiotelevisión Española ha sido capaz de elevar a categoría de normal lo que a nivel de calle y en cualquier empresa u organismo es inusual y escandaloso. En estos términos se expresa un informe sobre este organismo hecho por la Intervención de Hacienda, tras cuya lectura puede concluirse que en Radiotelevisión Española, si usted es productor de un programa, puede disfrutar durante años, fondos sin justificar por valor de millones de pesetas. Puede quedarse con las filmaciones y grabaciones sin que a casi nadie en la casa le parezca anormal. Puede pagar a los artistas que contrate en especie, en vestidos, por ejemplo, para evitarles impuestos. Puede gastar millones de pesetas en comidas y alquileres de coches.Estas son algunas de las conclusiones más aparatosas, aunque no más importantes, del informe preparado hace menos de un año por un equipo inspector de interventores de Hacienda, que realizaron en Prado del Rey durante seis meses un trabajo, más de detectives que de auditores, y en el que encontraron todo tipo de obstáculo.

El informe tiene como característica poco habitual en este tipo de documentos un notable sentido del humor. Permanentemente tiene que enjuiciar y exponer por presunciones, ya que no existen datos fiables en Radiotelevisión ni sobre las cuentas, ni sobre los gastos, ni sobre las compras, ni sobre el patrimonio, ni sobre la plantilla.

Acerca de las compras de RTVE el informe dice: «La situación propicia la despreocupación por los precios y serias sospechas de inmoralidad. Decimos sospechas porque hay personas de la casa que confiesan haber recibido ofertas de comisiones de proveedores. Naturalmente, si alguien las aceptó, no lo confiesa. Sí podemos asegurar que, dada la dispersión y desorganización de las compras, se dan las condiciones ideales para prácticas fraudulentas.»

Un resumen de afirmaciones tajantes del informe nos proporciona el siguiente rosario de conclusiones redactadas de forma prácticamente textual incluso en lo no entrecomillado:

Las cuentas

En Radiotelevisión Española hay abundante y hasta excesiva información contable, pero no puede hablarse de la existencia de un sistema auténtico de información contable. Es imposible elaborar un balance, estados de pérdidas y ganancias ni los demás estados que el plan contable denomina cuentas anuales.

En Radiotelevisión Española no existe concepto de coste, aunque se manejen cada año miles de millones de pesetas del Tesoro. Sólo puede hablarse del concepto de pago y de gasto. Estos gastos y pagos se producen mientras haya dinero o el proveedor pueda aguantar el retraso para cargarlo a presupuestos posteriores.

En Radiotelevisión Española se desconoce el concepto de amortización o renovación. Nadie tiene normas sobre cómo se declara obsoleto o inútil un bien de la casa

En Radiotelevisión Española no hay un control del gasto que merezca tal nombre ni, de hecho, se sabe quién gasta, por qué gasta y cuánto gasta realmente.

En Radiotelevisión Española no hay control de deudores, de forma que los clientes, con la excepción quizá del departamento de publicidad, que tiene sus cuentas más integradas y organizadas, puedar pasar años sin liquidar sus compromisos.

En Radiotelevisión Española no hay inventario. No se sabe cuál es el patrimonio material e inmaterial de la casa.

En Radiotelevisión Española, según señala el informe a lo largo de sus páginas, no existe contabilidad patrimonial, ni inventario, ni control de la depreciación de los bienes, ni estudio de rentabilidad sobre los mismos. Desde el punto de vista organizativo, ni están reguladas las relaciones entre los diversos y confusos órganos centrales periféricos, de producción, de emisión o de control.

En Radiotelevisión Española no existe plan de inversiones, y lo más parecido a él se preparó para el cuatrienio 1979-1983 y se incumplió en el primer trimestre de 1979 de forma flagrante. Este plan parcial, además, se refiere sólo a algunos aspectos del gasto, que no inversión, de la casa.

En Radiotelevisión Española lo frecuente son las prácticas heterodoxas en la adquisición de material, equipos y bienes, y lo excepcional son las contrataciones regulares con concursos abiertos y adjudicaciones «limpias».

El personal y las retribuciones

En Radiotelevisión Española no hay certeza sobre el número de trabajadores que componen su plantilla (parece que son algo más de 8.500, con un aumento del 23% en dos años). El crecimiento de la nómina en número de titulares tiene carácter espontáneo y puede estimularse desde los niveles más bajos por el mecanismo del contratado, que con el paso de los meses pasa a fijo con sentencia favorable de la Magistratura.

En Radiotelevisión Española no hay una plantilla orgánica. Existen puestos sin función, áreas con gran exceso de personal, otras con menos del mínimo, subempleo, jornadas de trabajo que baten récords mundiales por su corta duración… Todo este desbarajuste de personal puede resumirse en esta frase del informe que revela la impotencia para el análisis: «¿Qué juicio merecería una empresa cuya contabilidad se encargase a peritos agrícolas, donde los contables hicieran los trabajos de fresa y los fresadores hicieran el reparto de los pedidos? Pues bien, en Radiotelevisíón Española hay auxiliares de programación presentando programas, redactores que realizan programas, realizadores que presentan, conserjes que filman reportajes y hasta locutores de radio que pasan por ejercer sus tareas ante las cámaras si se les asigna este plus que capacita para todo.» Y podríamos añadir que hay ayudantes de camareros que hacen de redactores y redactores que no hacen nada, ni siquiera pisar un edificio de la casa.

En Radiotelevisión Española. por sucesivas situaciones de hecho producidas durante la etapa de Rafael Ansón como director general, se ha conseguido un reconocimiento de facto de la jornada de 35 horas semanales, que representan 1.605 horas anuales, según consta

a el informe, y que en muchos casos puede reducirse a nada. Junto a esto se ha conseguido un importante gasto, no podemos decir coste, por horas extras, por trabajos en festivo y por otros muchos conceptos cuya relación es una pista interesante para analizar la picaresca laboral. Todas estas condiciones se han establecido además sin que exista un control que merezca tal nombre sobre su cumplimiento, que queda al arbitrio de la conciencia o estado de ánimo de cada empleado. El informe, a lo largo de sus páginas, destaca en diversas ocasiones la responsabilidad y seriedad en el trabajo de muchos trabajadores y mandos intermedios de la casa y dedica siempre sus críticas y comentarios más sardónicos a la dirección, que ha conseguido establecer un sistema en el cual lo más fácil es no trabajar y cobrar.

En Radiotelevisión Española el esquema de retribuciones del personal definido en la ordenanza se ha ido complicando de forma que constituye un galimatías de dificil comprensión con abundancia de conceptos del tipo de «gratificación de mando, especial responsabilidad, plus de permanencia, plus de diferencia de nivel, gratificación de secretaría e idiomas, retribución de corresponsalía en el exterior, paga extra de octubre, complemento familiar voluntario, ayuda escolar, gratificación de vivienda, gratificación de vestuario, gratificación.compensatoria de libranza, plus de programa, complemento de destino orgánico y asimilado … ». Todo esto se añade al salario inicial: antigüedad, pagas extras, plus de puesto de trabajo, con los conceptos de nocturnidad, peligrosidad, toxicidad, penosidad y otros…

En Radiotelevisión Española, y pese a ser un organismo autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, desde 1977 aún no se ha delimitado cuál es el patrimonio, tanto material (edificios, terrenos, equipos, etcétera) como inmaterial (propiedad intelectual, marcas, derechos … ). El absoluto descontrol presupuestario y dé inversión produce situaciones como la siguiente que relata el informe: «Hay casos como el de estar pagando quinientas pesetas diarias, es decir, 172.500 al año por el alquiler de un equipo de flash cuyo coste es de 130.000 pesetas en el mercado, el del alquiler de un micro direccional, también por quinientas pesetas al día, que en la tienda vale 140.000 pesetas y que puede adquirirse en un proveedor por 90.000 pesetas, según oferta hecha al jefe de compra de un organismo oficial. »

En Radiotelevisión Española no existe concepto de reposición. Sobre este tema puede resumirse la situación con este párrafo insólito en cualquier auditoría normal: «Las reposiciones, en muchos casos, están subordinadas a consideraciones ajenas a la gestión. Los órganos encargados de redactar proyectos o tramitar expediente de adquisición reciben órdenes en muchos casos incongruentes por la escasa planificación existente en RTVE, órdenes que no nos atrevemos a llamar claramente políticas por falta de pruebas concluyentes, pero está claro que nada tienen que ver con la gestión correcta del servicio público desempeñado por RTVE. Podernos concluir que la política de reposiciones es casuística y poco tecnificada.» Y añade más adelante el informe: «¿Quién decide en RTVE una inversión?, ¿en base a qué criterios? A la primera pregunta podría contestarse que, según las épocas, al parecer, han sido la Comisión Ejecutiva o la Junta de Inversiones los órganos colegiados que decidían. A la segunda pregunta no es posible contestar por falta de información.»

Los almacenes y los almacenillos

En Radiotelevisión Española no está organizada la función de almacenaje. Dice el informe: «Existen en RTVE almacenes. Muchos almacenes. Pero puede asegurarse que nadie conoce el número exacto ni su situación. La característica más acusada del almacenaje en RTVE es su total anarquía.» Y añade: «Esto no quita que existan almacenes organizados con responsables que son verdaderos profesionales.» El informe habla de decenas de almacenes, y también eleva a categoría la existencia de «almacenillos» que cada ente de la casa va creando por su cuenta.

En Radiotelevisión Española no puede hablarse de un archivo serio de temas como la documentación filmada propia de la casa. Afirma el informe: «La propiedad más preciada de RTVE, su propia producción intelectual, está inadecuadamente controlada y es utilizada en muchos casos para bienes particulares.» Por ejemplo, todos los programas de El hombre y la Tierra, documentos valiosos y costosos, están fuera del control de los responsables de la filmoteca. Las filmaciones de España, siglo XX, de gran valor histórico, están, al parecer, almacenadas en otro organismo. Añade el informe: «Existe el caso de directores, productores o realizadores que consideran que las filmaciones de sus programas son propiedad privada y llegan a negarse rotundamente a devolverlas. Los casos son numerosos. Se cita como más destacado el caso de Tico Medina.» Como buen número de filmaciones y sonorizaciones tienen que hacerse fuera de RTVE, se da el caso grave de que no se conoce cuántas y cuáles filmaciones propiedad de RTVE están en poder de laboratorios particulares.

En Radiotelevisión Española el almacén de vestuario, entre otros, está prácticamente fuera de control y se produce el hecho de que ropas adquiridas por programas cancelados siguen en manos de los responsables de los mismos sin que se haya producido su devolución. El informe habla del eufemismo de los llamados «depósitos personales» que se utiliza para enmascarar «apropiaciones indebidas» que podrían ser delitos.

En Radiotelevisión Española la compra o adquisición por concurso típica en toda la Administración y organismos públicos es lo excepcional frente a habituales compras por contratación directa, Además, dice el informe, «se ha comprobado que los precios pagados por RTVE están en promedio un 10% por encima de los normales del mercado. Este porcentaje sería muy superior si los precios se compararan con los que podrían obtenerse si hubiera una adecuada gestión de compras con proveedores».

De forma casual y accidental, se descubrió que en la compra de algunos equipos se ha llegado a pagar un recargo de hasta el 91,32% sobre los precios del mercado sin causas justificadas. Para el reacondicionamiento de las cabezas de video y audio -operación básica de mantenimiento de equipos fundamentales- se pagó durante años un precio un 40% superior al que ofrecían los mismos contratistas en otros casos, porcentaje al que habría que añadir las comisiones de los intermediarios.

En Radiotelevisión Española no es posible realizar una auditoría de los gastos que suelen hacerse por inercia o capricho y mientras haya dinero. Dice el informe: «Existen servicios que reconocen, sin reservas, que realizan gastos sin límite alguno y piden a los proveedores facturas sin fecha ara ponerlas en circulación cuando se pueda.» Un detalle anecdótico, pero significativo, es el siguiente: hasta octubre de 1978 se distribuían diariamente en RTVE 1.589 periódicos. Un recorte practicado en ese momento los dejó reducidos a 502. Se ignoran las cifras actuales.

En Radiotelevisión Española no existe control ni información sobre la magnitud de los gastas más corrientes de oficina de transporte, de obras y reparaciones y de otros servicios similares.

La producción

En Radiotelevisión Española, dice el informe, «no existe planificación ni a medio ni a largo plazo, y de esta carencia se derivan consecuencias graves, como son la imposibilidad de elaborar planes de producción, de utilización de medios y de identificación de responsabilidades». Las emisiones se programan cada tres meses, y sólo para el trimestre siguiente, con lo cual los planes de producción de programas no tienen apenas virtualidad. Los guiones suelen aparecer poco antes de la fecha de emisión, con lo que todo tiene que hacerse deprisa y corriendo.

En Radiotelevisión Española, aunque se afirma que existe un registro de proyectos, es decir, un índice de propuestas o ideas presentados, no ha sido posible para la auditoría verificar la existencia real del mismo. No ha sido posible tampoco verificar el stock de guiones, su fecha de entrada y propuesta, los mecanismos de aprobación y pago, y finalmente, su puesta en práctica y emisión definitiva.

En Radiotelevisión Española cuestan más del doble los doblajes de los telefilmes convencionales de una hora que su propia adquisición. Los doblajes se hacen en alguna de las diecisiete empresas dedicadas a ello, que han sido capaces, según el informe, de constituir un oligopolio eficiente a la hora de fijar los precios.

En Radiotelevisión Española es posible firmar contratos de producción con posterioridad a que el programa esté hecho, o suscribirlos sin fecha. Se producen casos curiosos, corno el siguiente: la serie La Barraca costó a RTVE nueve millones de pesetas por capítulo; en total, 81 millones de. pesetas. Sin embargo, una serie similar emitida anteriormente, Cañas y barro, de la misma productora y con costes muy similares, aunque menores por su anterioridad, costó a RTVE por capítulo 11,2 millones de pesetas.

En Radiotelevisión Española es frecuente que se contrate a productores privados más o menos ocasionales que nacen y mueren para ese programa con el único objetivo aparente que garantizar derechos de propiedad a particulares, que en algunos casos son a la vez empleados de RTVE. Por ejemplo, el programa titulado Un mito llamado..., ya emitido, se contrató en marzo de 1977 a una sociedad, Filmes 77, creada dos meses antes y presidida por el director, realizador y guionista del programa, Juan Guerrero Zamora. El señor Guerrero cobró aparte, como guionista, 60.000 pesetas por programa, dice el informe, e impuso como protagonista de los diez episodios a Nuria Torray.

En Radiotelevisión Española es posible que María Antonia Abad Fernández, más conocida por Sarita Montiel, fuera contratada verbalmente para el programa 300 millones por 200.000 pesetas, que fueron abonadas en vestuario y arreglos musicales para evitar el embargo que estaba impuesto por la Recaudación de Hacienda de La Latina, de Madrid. Asimismo, es posible que se produzca la venta de bienes sin capacidad para ello, como es el caso de los vehículos utilizados para filmar el programa Lsegunda oportunidad, que fueron adquiridos por el productor y director del programa, Paco Costas, y aplicados a la cancelación de anticipos del productor, aunque posteriormente, por la actuación del equipo interventor de Hacienda, se aplicaron a la cuenta de ingresos de RTVE.

Un párrafo curioso del informe señala lo siguiente: «A la vista de algunos contratos, pudiera pensarse que RTVE contrata al artista desnudo -hecho que no se especifica en ninguna cláusula del contrato- y posteriormente los viste. Tal es el caso de Marujita Díaz, que percibió 75.000 pesetas por el concepto de vestuario al margen de las 109.890 correspondientes a su actuación en el programa Cantares. »

El largo y complejo camino de una auditoría

Mediada la primavera de 1978, el entonces ministro de Hacienda, Francisco Fernández Ordóñez, cursó una orden a su subsecretario de Presupuesto, José Barea: «Utilice las facultades que el artículo 7 de la ley General Presupuestaria otorga al Ministerio de Hacienda para realizar el control financiero de los órganos de la Administración del Estado y sus organismos autónomos.» La orden estaba referida a Radiotelevisión Española. Pocos días después, el titular de Hacienda informó de su decisión al Consejo de Ministros. El silencio de unos y la mal disimulada indignación de otros fueron el primer augurio del destino que aguardaba al desdichado informe.La raíz de esta decisión se encuentra varias semanas antes. El interventor del Ministerio de Hacienda en Radiotelevisión Española (RTVE) había pasado una nota a su ministro en la que denunciaba haber detectado sospechosos indicios de irregularidades, « más graves de lo que es habitual», en una determinada operación de compras de la casa. El ministro pidió mayores detalles y lo que vio le dejó escandalizado: en RTVE nadie se responsabilizaba de nada ni se tenía idea clara del reparto de funciones o competencias. No había cuentas claras ni inventarios. Aquello parecía, en definitiva, un caos, un pozo sin fondo en el que el dinero se perdía y no había modo de saber cómo y cuánto se gastaba ni para qué.

El siguiente paso fue un informe confidencial remitido al presidente del Gobierno, Adolfo Suárez, solicitando instrucciones que no llegaron.

Tras varios intentos por desentrañar el marasmo de competencias interferidas entre el Ministerio de Cultura y el organismo autónomo RTVE, se adoptó la decisión de encargar a la Intervención General del Estado un informe exhaustivo sobre el control financiero de RTVE. A pesar del eufemístico nombre, lo que en realidad se solicitaba era una auditoría completa, una puesta al desnudo de uno de los organismos más polémicos.

Cursada la orden, los mecanismos administrativos comenzaron a ponerse lentamente en marcha. No sin dificultades, y tras varios intentos de boicotear la operación, el mes de septiembre quedó constituido el equipo auditor, integrado por cuatro interventores y cinco contadores (auxiliares), que no imaginaban lo que iban a encontrar. El resto de estamentos de la Administración habían prácticamente olvidado el tema, inmersos en cuestiones más trascendentes, como la culminación de la redacción constitucional, el referéndum y las posibilidades de adelantar el calendario electoral.

Mientras, en Prado del Rey, Somosaguas y demás dependencias clave de RTVE la vida habitual seguía, escasamente alterada por la noticia de que «parece que van a venir unos de Hacienda a mirar cosas». Hacienda, para la Casa, era y es un colega de la Administración poco apreciado. Los dirigentes del organismo tienen cierta alergia a conceptos como intervención, control, responsabilidad, presupuesto y esas cosas que « no sirven más que para restar agilidad al funcionamiento que precisa esta casa», indica un antiguo directivo. Por eso, los máximos responsables del organismo, añorantes de la época de la autofinanciación incontrolada (hasta 1976) o de los todavía mejores en que Hacienda mandaba el dinero -como es su obligación- y en paz, tenían muy clara su decisión de colaborar poco, «a ver si se cansan y se van». «Les enseñamos cuatro papeles, que hagan su informe, y aquí no ha pasado nada», argumentaban la mayoría de los directivos, en un almuerzo celebrado a mediados de septiembre para elaborar la estrategia.

Pero los interventores designados dieron muy pronto muestras de estar interesados en realizar una auditoría a fondo, más allá del simple ojear papeles que en Prado del Rey, Somosaguas y demás centros directivos imaginaban. Y comenzaron las dificultades. Desde noviembre de 1978 a mayo de 1979, los funcionarios destacados por Hacienda sortearon todo tipo de impedimentos y dificultades, puestas por gran número de mandos intermedios, a su labor. Papeles que no existen, que se han perdido, que nunca existieron o que ni siquiera se justifica su inexistencia; datos que nadie conoce; competencias que nadie define… El informe está plagado de consideraciones al respecto. Muchas otras pudieran haberse incluido si, además de la auditoría, los interventores hubiesen elaborado un pormenorizado relato de su paso por RTVE. Baste decir que a las pocas semanas de iniciada la auditoría los interventores decidieron formular todas las peticiones de datos, documentos, etcétera, por escrito, mediante requerimientos oficiales, avalados por un real decreto que hubo de ser propuesto al Consejo de Ministros a la vista de la experiencia.

Varias partes del informe final incluyen referencias a claras obstrucciones a la acción de la Intervención General del Estado. Es muy probable que los redactores del informe se hayan quedado cortos, a juzgar por los relatos que cada uno de ellos ofreció a sus inmediatos superiores a lo largo de toda la gestación de la auditoría. Una fuente de toda solvencia, consultada en RTVE, asegura que incluso se realizaron reuniones exploratorias de varios directivos, examinando las posibles repercusiones de una acción de boicot colectivo a la inspección. La postura colectiva no se gestó, pero individualmente muy pocos cooperaron en la labor auditora. Parece probado que incluso altos estamentos de RTVE sugirieron a los interventores la posibilidad de que éstos ocuparan cargos directivos en la casa, «porque así ustedes, que ya conocen esto, pueden ayudarnos a arreglarlo». Los interventores se movían entre el estupor y la sorpresa.

El informe quedó concluido pocas semanas después de haber tomado posesión el actual ministro de Hacienda. El interventor general del Estado le entregó un voluminoso documento: la auditoría realizada en RTVE. Los resultados y conclusiones son escandalosos e indican la posible existencia de. numerosos delitos. El informe pasó de Hacienda a conocimiento reservado de altos cargos de la Administración del Estado, que decidieron no hacerlo público por el momento.

Gran parte de los miembros del Gobierno aseguran desconocer el contenido del informe. «Creo que es demoledor», comentaba hace pocos días un ministro del actual Gabinete. «No saben qué hacer con él», aseguraba otro alto cargo. Ambos parecen estar en lo cierto. Todos los autores del informe han recibido órdenes muy severas de guardar silencio y ni siquiera han recibido oficialmente el ejemplar completo del trabajo, ya que éste fue realizado individualmente por apartados concretos. Los poseedores de ejemplares numerados temen también su publicación por si acaso son señalados como responsables de la filtración en la inevitable caza de brujas que sigue a toda publicidad de documentos desagradables.

Como telón de fondo, la historia se cierra con el disgusto generalizado entre los miembros del Cuerpo de Intervención, disconformes con la ocultación de su trabajo y, sobre todo, con la ausencia de medidas concretas tras el informe. En RTVE todo sigue más o menos igual. Desde la conclusión del informe muy pocas cosas han cambiado. Se han introducido algunas mejoras por decisión espontánea de los responsables situados a distintos niveles. Otras fueron introducidas durante la elaboración misma de la auditoría; por ejemplo, parece que algunas dependencias que, como toda la casa, carecían de inventario, lo elaboraban al serles requerido por la Intervención. Pero muy poco más.

Tres años de transición

RTVE cierra el ejercicio 1976 con un déficit de 3.000 millones de pesetas y se ve obligada a recurrir a un crédito extraordinario con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. A finales de octubre de 1977 RTVE, con Rafael Ansón como director general, se producen dificultades de tesorería y se tiene que pagar las nóminas de los trabajadores con dinero anticipado por el Banco de España.Se constituye el comité anticorrupción (27-VII- 1977), cuyas primeras denuncias se hacen públicas el 28-XI- 1977, para autodisolverse en mayo de 1978. 40 Real decreto por el que se crea el consejo rector provisional de RTVE (2-XI- 1977).

Comienzan en el Congreso los debates sobre un crédito extraordinario a RTVE.

Dimiten los cuatro directores de telediarios (25-I-1978).

Veinticinco altos cargos de TVE (subdirectores y jefes de servicios) envían carta a Fernando Arias-Salgado solicitando la revocación de los nombramientos de los señores Gelices, Carcasona y Bofill, directores adjuntos de TVE para la gerencia, programación y servicios informativos (26-1-1978).

Los representantes socialistas abandonan el consejo rector de RTVE (26-1-1978).

«El bunker se opone a mi nombramiento como director de RTVE», declara Josep Meliá (44-1978).

EL PAÍS publica un extenso informe de Gregorio Morán titulado «TVE: los hombres de las sombras» (29-1-1978). o El semanario Interviú publica un informe sobr el «affaire Carcasona) (16-11-1978). Socialistas de Cataluña piden aclaración al ministro de Cultura sobre corrupción en RTVE (8411- 1978).

Feliciano Lorenzo Gelices, director adjunto de TVE para la gerencia, encarga a cuatro empresas consultoras (Bedaux Española, SA, ICSA, Sofemasa y Tea, SA) un estudio sobre RTVE. El informe es retenido y dado a conocer por EL PAÍS (26-XI- 1979).

Se aprueba la proposición no de ley de UCD y enmiendas socialistas a la misma para establecer sistemas de control contable en TVE (12-1V-1978).

Hacienda anuncia la inspección de la gestión financiera de RTVE (19-VII-1978).

Miguel Martín y Luis Angel de la Viuda son nombrados directores de TVE y RNE, respectivamente (28-VIII- 1978).

Noventa mandos intermedios de TVE entregan al director general un documento en el que dicen: «No somos copartícipes del caos empresarial de TVE» (24-IX-1978).

Dimite Fernando Bofill, director adjunto de TVE para los servicios informativos (1-XI-1978).

El Gobierno remite al Congreso el proyecto de estatuto jurídico de RTVE (15-XII-1978). Vuelve a remitirse el 10-V- 1979 para ser aprobado en diciembre del pasado año.

Tiene lugar la primera huelga en la historia de TVE (18-21 -XII- 1978).

Feliciano Lorenzo Gelices es cesado del cargo de director adjunto de TVE para la gerencia (6-I-1979) y se inicia una tercera oleada de reajustes y nombramientos.

Se aprueban los Presupuestos Generales del Estado y se rechaza la enmienda socialista sobre «despilfarro en RTVE » (16-VI- 1979).

Miguel Martín dimite de la dirección de TVE (4-VI-1979).

Luis Ángel de la Viuda dimite como director de RNE (30-XII- 1979).

24 Enero 1980

Las cuantiosas inversiones de RTVE no han generado un patrimonio propio

José Ramón Pérez Ornia / Fernando González Urbaneja

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Según el expediente 203/78, se adjudicó por parte de Radiotelevisión Española Neotécnica,SA., intermediario y vendedor de equipos electrónicos y de imagen, el suministro de equipos de cámaras de color por importe de 234.915.916 pesetas. El precio FOB (entregado en origen) de dicho suministro por parte del vendedor extranjero no excedería de los 142 millones (el 60% del pagado por RTVE a su suministrador). Al añadir a este precio los gastos de aduanas, transporte, despacho y seguro, calculados éstos con holgura, el precio total de compra de esos equipos sería 205.300.000 pesetas. Es decir, el contrato a través de Neotécnica ha supuesto una diferencia bruta en una sola operación de, al menos, 29.600.000 pesetas, naturalmente en exceso.

Con este ejemplo aludido en el informe de los interventores de Hacienda sobre la situación de Radiotelevisión se pretende poner de manifiesto el descontrol de la política de inversiones de este organismo.El informe destaca, al hablar de la proliferación de intermediarios en RTVE y a la falta de una política ordenada de compras e inversiones, lo siguiente:«La falta de una verdadera gestión de compras produce en RTVE situaciones que parecen anormales e increíbles, pero que en este organismo son normales. Anormales son las razones que se manejan para tratar de justificar la. proliferación de intermediarios. No nos extenderemos, pero mantenemos que una elección de proveedor es incorrecta y, sobre todo, dañosa pata los intereses públicos, si pudiendo elegir a un fabricante se elige a un intermediario que cobra un precio superior.»

Y concluye: «Estas situaciones se repiten en TVE, sobre todo en las adquisiciones de productos extranjeros, a pesar de que existen en RTVE dependencias que se encargan de realizar trámites aduaneros y otras operaciones relacionadas con el exterior, que podrían perfectamente llevar a cabo las compras en el exterior con los productores o vendedores originales. Podrían conseguir importantes ahorros en divisas contratando FOB y encargando el transporte y seguro a empresas nacionales. »

En este punto, el informe hace una última alusión a compras de artículos a la industria nacional, que a veces sirven para el montaje de industrias marginales o para la supervivencia de desaprensivos. Alude el informe, sin concretar, a emisoras adquiridas a suministradores nacionales con graves defectos, o que no han llegado a funcionar, o que se han entregado con grandes retrasos sobre contrato. Se alude también a rescisiones de contratos a los cinco años de su formalización por incumplimiento, así como a hechos curiosos (expediente 54/77), que supusieron la rescisión de un contrato a un suministrador extranjero para adjudicarlo a uno nacional (protección a la industria nacional), que luego no cumplió y obligó a recurrir al primer suministrador, que estableció condiciones mucho más onerosas.

De todo ello, el informe concluye la falta de una coherencia en la política de inversiones y compras y de una adecuada selección de suministradores. Constata, no obstante, el informe que en este aspecto se han registrado avances sobre el pasado.

Un inventario imposible

Al hablar del inmovilizado de RTVE (conjunto de bienes de que dispone, fruto de sus inversiones), el informe es claro: «Tropezamos con tales dificultades que, a nuestro juicio y en las actuales circunstancias, es imposible realizar un informe económico sobre el inmovilizado», y añade más adelante algunas dificultades para este trabajo en los siguientes términos: «La falta de inventarios repetidamente señalada. En la subdirección general de gestión económico-administrativa (I. Martínez Echevarría), servicio de gestión administrativa, existe una dependencia, al parecer, encargada de los inventarios. En esta dependencia se confeccionaron, hasta finales de 1976, unas fichas de inventarlo para enviar a la Dirección General del Patrimonio (Hacienda). En esas fichas existían datos suficientemente valiosos para, con poco esfuerzo, haberlos integrado en la contabilidad, con lo cual se contaría con una información hoy inexistente. Estas fichas se enviaron por última vez el 31 de mayo de 1977, referidas a 1976. Se desconocen las causas por las que han dejado de confeccionarse.»

Y añade: «En el plan de contabilidad de RTVE existe el grupo 2 «inmovilizado» que debería recoger la información contable que su nombre indica. Sin embargo, este grupo de cuentas permanece en blanco. Pese a que RTVE es un organismo autónomo desde 1977, con personalidad jurídica y patrimonio propio, aún no ha delimitado su patrimonio. Los bienes que utiliza se encuentran en una gran variedad de situaciones jurídicas. No se han tomado medidas para solucionar este problema, pese a que existen, aparentemente, órganos competentes para ello. » Y concluye el informe: «Estas dificultades ponen de manifiesto la existencia de graves deficiencias en la gestión de RTVE, que producen una situación de descontrol».

El informe sigue tratando de concretar y profundizar en este tema de la composición del inmovilizado de RTVE y aporta los siguientes datos y opiniones:

« En el momento de redactar este informe parece que, jurídicamente, no pertenecían en propiedad a RTVE ningún tipo de terrenos o bienes naturales. Los que utiliza para sus fines, unos son de instituciones locales, otros del Estado, organismos autónomos o incluso de particulares. »

«Solicitada de la Dirección General de RTVE una relación de todos los bienes inmuebles utilizados por RTVE, con detalle de su situación jurídica, no se suministró tal relación a esta intervención.»

«Es de suponer que en el capítulo del inmovilizado inmaterial existan en RTVE derechos del tipo de los recogidos en las cuentas 2. 1.0 y 2. 1. 1. del Plan General de Contabilidad (concesiones administrativas y propiedad industrial). No hemos encontrado ninguna información sistemática sobre ello. Tampoco se ha encontrado información sistemática sobre la propiedad intelectual.» ¿Es que no existe patrimonio inmaterial en RTVE?, se pregunta el informe, y responde: «Esta parece ser la conclusión que se saca de las conversaciones mantenidas a todos los niveles con los responsables de la casa. Sin embargo, contratan guiones literarios, composiciones musicales y similares, lo cual, suponemos, comporta algún derecho. RTVE adquiere producciones de terceros o, al menos, los derechos de exhibición. Tiene producciones, propias que, suponemos, comportan algún derecho.»

Y concluye: «RTVE posee o debería poseer un patrimonio, a nuestro juicio, mucho más importante que el material de marcas, títulos, dibujos, concesiones, propiedad intelectual literaria, musical, cinematográfica, etc. Parece que no existe tal patrimonio»

Técnicas televisivas de adquisición de bienes

La falta de una política de inversiones, así como las penurias presupuestarias de los últimos años, a las que nos referiremos más adelante, son el caldo de cultivo en el que se desarrollan nuevas técnicas de compra. El informe de Hacienda señala «la utilización de prácticas poco ortodoxas para la adquisición de bienes. Una de ellas es el alquiler-compra, que es una especie de leasing casero, que permite simular pagos por alquileres (gastos corrientes) con derecho a quedarse con el objeto al cabo de un período de tiempo». El informe elogia algunas de estas operaciones y sitúa la crítica en la situación que fuerza a mecanismos de este tipo, al margen de la legislación vigente en materia de contratación administrativa. Es usual que estas operaciones de pagos encubiertos a plazos se hagan con cargo a los gastos corrientes, cuya dispersión impide cualquier control inmediato.

Estos mecanismos y otros son el resultado de la falta de un plan de inversiones que merezca tal nombre. Además, en los últimos tiempos, el crecimiento del déficit del organismo ha llevado a una política de reducción al mínimo de las inversiones y a atender únicamente los gastos corrientes. Según señala el informe, se realizó un plan quinquenal de inversiones referido a la red. Este plan, sin embargo, y según indica el informe, fue conculcado nada más comenzar a estar vigente. Dicen los interventores: «El expediente 21/79, por importe de 259.856.570 pesetas, destinado a la adquisición de cuatro transmisores de UHF y dos de VHF, no puede menos que calificarse de anormal, a la vista de lo siguiente: este gasto no está previsto en el plan de inversiones para 1979. Parece excesivo que a principio del ejercicio no sirva el plan. ¿Qué pasará al final? Por razones de urgencia, se ha aprobado la forma de contratación directa y no la de concurso. No se comprende la urgencia de estas seis emisoras. En el expediente no se citan los emplazamientos de las emisoras ni las características y coste de la instalación, lo cual infringe las normas legales. En la fecha de iniciación del expediente (febrero pasado) aún no se ha resuelto el litigio sobre otro expediente de compra de emisoras (el 346/75). Parece más lógico esperar la rescisión del contrato antiguo antes de tomar decisiones sobre el nuevo. Los plazos fijados para el suministro son anormalmente cortos. »

Todo para un equipamiento insuficiente

Después de señalar los interventores la ausencia de una política clara de inversiones en RTVE, pasan a plantear la situación del equipamiento técnico, que califican de claramente insuficiente, a pesar de la política de despilfarro que ha caracterizado el gasto del organismo en toda su historia.

Como hechos para confirmar esa insuficiencia aportan los siguientes:

«La gran cantidad de inmuebles alquilados, cuyo coste el pasado año estaba presupuestado en 158 millones de pesetas. Esta situación no tiene más explicación que la penuria y desorden de las dotaciones presupuestarias para inversiones.»

«La evidente falta de cobertura del territorio nacional por la red de UFIF (segundo programa) e incluso de VHF (primer programa). Tratándose de un servicio público, parece poco congruente que en muchas partes del país se vea la televisión a través de reemisores privados o de otras instituciones, en principio, ajenas al servicio público de RTVE.»

«La vejez y falta de uniformidad de gran parte de las emisoras7 las deficiencias de algunas de las menos viejas por fallos en la contratación de las mismas.»

«La vejez y falta de adecuación de gran parte del material de medios técnicos y artísticos, como cámaras, material de iluminación, sonido, laboratorio de revelado, sala de montaje y otros procesos de filmación, magnetoscopios y unidades móviles. »

«La gran cantidad de material alquilado de sonido, imagen e iluminación.»

En base a todos estos hechos, se puede concluir, según los autores del informe, la indiscutible insuficiencia del equipamiento de RTVE. Esta situación se ha puesto especialmente de relieve al definir recientemente las necesidades de equipo para poder emitir y producir las transmisiones del próximo Mundial de fútbol, que tiene que disputarse en España en 1982. Los directivos de TVE vieron en este acontecimiento la justificación para demandar del Tesoro importantes fondos públicos con los que paliar sus insuficiencias. Al mismo tiempo se ha puesto de relieve el interés de los directivos de TVE por administrar sin intromisiones la política de compras de los mismos, lo cual ha provocado tensiones con otros departamentos ministeriales, como Hacienda e Industria.

El informe de la Intervención de Hacienda pasa más adelante ajustificar y exponer las razones de la insuficiencia de equipamiento de RTVE en los siguientes términos:

«La primera y más obvia es la falta de dotación presupuestaria para adquirir este tipo de bienes. Los últimos ejercicios de RTVE han sido muy deficitarios, por lo que los créditos para inversiones han sido recortados. Estos déficit, de hecho, no son ajenos a la desastrosa gestión presupuestaria de RTVE, aunque no sea ésta la única razón de los números negativos. Otra razón radica en la falta de liquidez, provocada por una cierta minoración de los ingresos publicitarios, por un fuerte incremento de los gastos, especialmente los de personal, y por la extraña administración de la tesorería de RTVE. Una tercera razón de la insuficiencia de los equipos radica en la mala utilización de los existentes. »

Finalmente, el informe alude a la política de algunos usuarios de los bienes que utiliza Televisión, que han preferido alquilar los equipos, a pesar de su mayor coste, con objeto de mantener una situación más cómoda e incontrolada.

31 Enero 1980

La realidad de Radiotelevisión Española

Fernando Arias Salgado

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Publicado el 31 de enero, el 1 de febrero

Carta al director de EL PAÍS

Con el ruego de su publicación íntegra y de que la titulación responda a su contenido, te adjunto la primera de las cuatro partes en que consistirá la respuesta de RTVE a los reportajes publicados en EL PAÍS durante toda una semana.

Espero que, la imparcialidad e independencia de que hace gala ese periódico le lleve a respetar el derecho de réplica que asiste a un organismo del Estado que tieje encomendado un importante servicio público y que ha sido sometido desde esas páginas a una implacable descalificación en todos los órdenes.

Sin entrar a juzgar intenciones, permíteme que te manifieste mi extrañeza no sólo por la agresividad de los reportajes, sino por el desconocimiento de la realidad actual de RTVEy, sobre todo, por la absoluta falta de aproximación al dificil y complejo funcionamiento de la televisión estatal en esta coyuntura política.

Yo creo que está suficientemente claro qué se pretende en la Radio y la Televisión del Estado. Se pretende iniciar una profunda reforma de este importante servicio público de comunicación social. Asumiendo la situación actual, sin hacer tabla rasa de nada, y asumiendo la herencia de defectos que hemos recibido, la dirección de RTVE trata de cumplir los fines que señala el Estatuto de la Radio y la Televisión. Como es público, esos fines han sido objeto de un amplio consenso entre las fuerzas políticas representadas en el Parlamento.

Personalmente, siempre he creído que esa finalidad valía la pena, y así lo ha entendido también la gran mayoría de los profesionales de RTVE. Son esos profesionales quienes durante dos largos y dificiles años han sacado adelante las emisiones y los programas, y han colaborado con gran dedicación en la tarea de transformación profunda iniciada siguiendo las directrices del Gobierno desde los pactos de la Moncloa.

Agradeciendo la acogida de estas líneas, te envía un saludo.

Fernando Arias-Salgado

Director General de RTVE

Los lectores de EL PAÍS han conocido, a lo largo de una serie de reportajes, una versión sobre el funcionamiento del organismo autónomo Radiotelevisión Española, RTVE guardó, en este período, un escrupuloso silencio, aun a sabiendas de que la utilización intencionada de un informe oficial pretendía convencer a la opinión -como demostró el pasado domingo un editorial del periódico-, de que RTVE está en proceso de descomposición.

Pero los lectores de EL PAÍS tienen derecho a saber, además, que Radiotelevisión Española, considera esa información como parcial, tendenciosa, falsa en numerosas ocasiones y en absoluto coincidente con la realidad actual. Tienen derecho a saber que esos reportajes ocultaron sistemáticamente las reformas operadas, que ignoraron la realidad legal y práctica heredada por el actual organismo autónomo y que desconocieron los avances jurídicos, técnicos y organizativos de los últimos tiempos. Que se haya utilizado un informe de la intervención de Hacienda no justifica los fines. Por el contrario, los agrava por cuanto hubo de manipulación y de traslación de sus datos hacia los responsables actuales de RTVE.

Ese informe recoge un período políticamente preelectoral, y orgánicamente, una etapa en que estaba en marcha un complejo proceso de reforma de Radiotelevisión Española. Ese proceso tenía como meta, precisamente, acomodar RTVE a su nuevo «status» jurídico, derivada de su conversión en organismo autónomo, como consecuencia del decreto 2750/77, de 28 de octubre, publicado en el BOE- el 7 de noviembre de 1977, y entrado en vigor a partir del día 27 de noviembre del mismo año. Radiotelevisión Española, que en todo momento se sometió a la legislación en vigor y que practicó la política financiera que le competía en cada una de sus etapas y de sus dependencias orgánicas, entiende:

Primero. Que no es correcto presentar como actuales, como normales o habituales, deficiencias que ya fueron corregidas con el mencionado proceso de reforma.

Segundo. Que la comprensión de ese proceso evolutivol deteniendo el retrato en uno solo de sus instantes – y curiosamente sin asumir el proceso evolutivo y de reforma o desconociendo la legislación a que está sometida RTVE puede llevar a la confusión de la opinión pública del contribuyente.

Tercero. Que las acusaciones vertidas sin fundamento en el orden laboral, en la disciplina económica o en la recta administración de fondos públicos y permanentemente justificados ante los órganos competentes de la Administración del Estado obliga a su dirección a salvaguardar el honor y la dignidad de sus empleados que pudieran verse afectados por estas informaciones.

Y Cuarto. Que le asisten todos los derechos para no poder aceptar como buenos, ni los juicios de valor, ni las posiciones apriorísticas basadas en el rumor -inevitable en una empresa de esta naturaleza y magnitud-, en la maledicencia o en el desconocimiento de úna realidad cambiante.

Desde este punto de partida, Radiotelevisión Española declara que existe una operación de Gobierno que ha coincidido en gran parte con la transición política y que se puede concretar en tres fases: primera, creación (27 de noviembre de 1977) del Organismo Autónomo RTVE, adscrito a la Dirección General de Radiodifusión y Televisión, que desde un marco jurídico y administrativo propio pueda hacer frente a sus responsabilidades.

Reestructuración interna de RTVE

Segunda, un período de evolución y reforma en que Radiotelevisión Española, sin detener un solo día su actividad, acomoda su estructura interna y su funcionamiento a la nueva realidad. En ese período se efectúa el informe aludido. Desde entonces hasta hoy se produce una profunda transformación de la estructura y el funcionamiento del medio.

Y tercera, la redacción y aprobación en las Cortes Generales del Estatuto de RTVE, verdadera constitución de la Radio y la Televisión, que introduce factores suficientemente conocidos por la opinión pública y que permite sentar las bases de una racionalización definitiva de la gestión y un control a posteriori interno y externo de toda la actividad de estos complejos medios de comunicación social.

Ante ello, Radiotelevisión Española piensa que el legítimo ejercicio de la crítica y la investigación periodística debe reconocer paralelamente, en aras de la objetividad, esa voluntad de reforma, que ya ha dado sus frutos. El informe de auditoría ordenado por el ministro de Hacienda el 17 de julio de 1978, siete meses y medio después de la entrada en vigor del decreto que convierte a RTVE en organismo autónomo, forma parte de esa operación de Gobierno para mejorar el funcionamiento interno de RTVE.

Independientemente de que la metodología seguida para su confección no parece la normal en este tipo de investigaciones, dada la atipicidad de unos medios de comunicación social como son la radio y la televisión; independientemente de que la Dirección General de RTVE haya puesto de manifiesto en, su día ante las instancias competentes que el informe se había realizado sólo como la instantánea de un momento, sin ningún tipo de dinamismo ni de comparación en el tiempo; independientemente de que todavía hoy está en marcha un proceso de elaboración de conclusiones o recomendaciones que serán asumidas por el organismo, cumpliéndose así el verdadero objetivo del informe elaborado por la intervención general de Hacienda; independientemente de todo ello, ese informe ha sido y es un instrumento de trabajo útil para mejorar el funcionamiento del organismo, y su ejecución fue plenamente aceptada por la dirección de RTVE.

La herencia del organismo autónomoRadiotelevisión Española considera de justicia que se contemple el cambio en su visión global. Siete meses antes de ordenar la realización del informe -y sólo a efectos de mostrar el tamaño del cambio operado-, la situación legal y funcional de RTVE era la siguiente, en algunos de sus aspectos más notorios:

– No tenía personalidad jurídica propia, ni obligación de presupuesto propio, ni plantillas, ni otra obligación jurídica que justificar el empleo del numerario recibido.

– Un solo concepto presupuestario -el 252 del Ministerio de Información y Turismo, después de Cultura- recogía el 90% de la dotación presupuestaria de RTVE. Con una organización administrativa prácticamente inexistente en 1977, porque dependía de los servicios centrales de un ministerio -como cualquier dirección general de cualquier departamento ministerial-, se ha conseguido la redacción de un exhaustivo presu puesto.

– De las diez partidas tradicionales, que compendiaban todo el cúmulo de gastos de Radiotelevisión Española, se ha llegado a la redacción del Presupuesto de 1979,en el que se detallan nada menos que 531 subpartidas. La dispersión de los servicios con que se encontró RTVE al convertirse en organismo autónomo era, sencillamente, exasperante: los servicios económicos estaban en la oficialía mayor del Ministerio de Cultura; la asesoría jurídica y la Intervención Delegada de Hacienda, recién creada y sin ningún tipo de estructura, en la calle de Agustín de Foxá; los servicios de nóminas, en Aluche; la dirección de administración y finanzas, en Prado del Rey, y el centro de proceso de datos, que se heredaba del Ministerio, distaba veinticuatro kilómetros de la ciudad: estaba instalado en Arganda.

Denso período de reforma

Estas son algunas de las realidades con que se encuentra Radiotelevisión Española cuando estrena, con la emoción de la primera piedra, su damante estructura de organismo autónomo. Cuando decimos que se «partía de cero» para encarar las nuevas responsabilidades, quizá seamos demasiado optimistas. Por eso, parece escasamente de recibo que la información periodística de EL PAÍS presente como actuales, sospechas y aun juicios de un instante en que se estaba enderezando esa herencia -perfectamente legal, pero inevitable y se estaba acometiendo lo que podríamos llamar la «evolución» o «reforma», con todas las dificultades que los autores de los reportajes, como expertos, conocen. Se iniciaba un verdadero proceso constituyente de la radio y la televisión del Estado, abordado en los pactos de la Moncloa, y que culminaría en el Estatuto recientemente publicado en el Boletín Oficial del Estado.

El cúmulo de juicios vertido en los reportajes de EL PAÍS ignora, lamentablemente, toda esa compleja realidad del cambio y reforma en Radiotelevisión Española.

Ignora que, en un corto período de tiempo -insistimos en que el informe se ordena a los siete meses y medio de la entrada en vigor del decreto de organismo autónomo-, Radiotelevisión Española debió construir de la nada todo un mecanismo financiero de contabilidad, que sólo ahora (año y medio más tarde) se está a punto de culminar. Ignora que, en el momento de la búsqueda de los datos que EL PAÍS ofrece como actuales o habituales, se estaba poniendo en práctica un sistema de control económico del que buena prueba son los estados económicos y financieros de liquidación del presupuesto de ingresos y gastos de 1978, presentados antes del comienzo del informe, y el de 1979, así como los balances de situación contable de 1979.

Ignora la existencia de una plantilla, de un catálogo de puestos de trabajo aprobado por el Consejo de Ministros, de un control de contratación de colaboradores, de una contabilidad presupuestaria, de una contabilidad de gestión, de

una gestión integrada del personal, de un registro de todo tipo de contratación, de una fiscalización de propuestas de gastos, de obligaciones reconocidas y de mandamientos de pago, de un saldo diario de tesorería… Todo ello, no sólo Implantado en el último período, sino incluso mecanizado, tal y como se va a demostrar y como consta, en su caso, en el Ministerio de Hacienda.Todo esto lo ignora EL PAÍS, en su afán por demostrar como sea que las sedes de RTVE son el reino del caos, la expresión física de la corrupción o el territorio donde campea libremente la presunción del delito, como venía a decir en su editorial del pasado domingo.

Ante este cúmulo de factores, Radiotelevisión Española, en legítima defensa de la propia institución y de la honorabilidad de los hombres que en ella prestan sus servicios, acepta las críticas, reconoce todos los fallos propios, asume todas sus responsabilidades sin ninguna excepción, pero tiene que decir que lo definido como «fotografía estática de un momento», no sólo no se parece en nada a la fotografía que se pudiera hacer al cierre del ejercicio de 1979, o en los actuales días finales de enero de 1980, sino que distorsiona la realidad de hoy.

Radiotelevisión Española reconoce que, gran parte de las deficiencias narradas por el diario EL PAÍS, eran informaciones del momento de la investigación, como así se ha reconocido en diversas ocasiones por el propio director general del organismo. Comprende las dificultades de los investigadores, que son un reflejo de la propia dificultad de una empresa de comunicación social que produce programas, los emite y asegura su difusión; una empresa donde se conjugan necesidades de imparcialidad informativa con la contratación de artistas de variedades, necesidad de rapidez en el ofrecimiento de noticias con las obligaciones burocráticas de los organismos públicos, o donde es preciso conjugar los trabajos creativos -de difícil medida en horas- con los horarios de personal técnico y administrativo.

Pero desconocer los avances en la ordenación económica, administrativa y financiera de RTVE: insinuar que no se aplican normas que sencillamente no le afectan ni le obligan, según la legalidad vigente, y otro cúmulo de errores que luego se analizarán es, cuando menos, una falta de objetividad a la que Radiotelevisión Española tiene que responder con la contundencia que ampara la verdad de los hechos.

RTVE tiene claras sus cuentas

Una de las afirmaciones más insistentemente sostenidas a lo largo de los siete capítulos del reportaje de EL PAÍS, es que «no hay cuentas en RTVE» o que estas cuentas «son desconocidas por los directivos de RTVE». Semejantes aseveraciones no se pueden hacer, seguramente, sin algún tipo de intencionalidad, puesto que:

– Existe un presupuesto de 531 subpartidas asignadas a los 49 centros que integran el organismo en su estructura actual.

– Ese presupuesto ha sido aprobado por la representación legal del pueblo español, en las Cortes Generales.

– Funcionan a pleno rendimiento las contabilidades administrativa o de presupuesto y la financiera o de gestión.

– Las cuentas de tesorería se someten escrupulosamente a lo dispuesto en la ley General Presupuestaria.

– El control de gestión se efectúa en exacto acuerdo con lo Previsto en los artículos 100, 99 y 93, de la ley General Presupuestaria: a) con la intervención crítica o previa de todo acto, documento o expediente susceptible de producir derechos u obligaciones de contenido económico o movimiento de fondos y valores; b) la intervención formal de la ordenación del pago, c) la intervención material del pago; d) la intervención de la aplicación o empleo de las cantidades destinadas a obras, suministros, adquisiciones y servicios, que comprende el examen documental.

Estas funciones se realizan a través de la Intervención Delegada de Hacienda con sus correspondientes empleados (veinte exactamente), todos facilitados por el organismo, ya que el Ministerio de Hacienda, salvo el propio interventor, no pudo destinar ningún funcionario como hubiera sido procedente y deseable.

Este control de la Intervención Delegada de Hacienda se efectúa, como es lógico, con la más absoluta independencia y con la colaboración plena de todos los servicios de RTVE, como puede acreditar el propio interventor.

¿Se puede decir, después de todo esto, que «no hay cuentas en RTVE? Pues se dice. Mientras tanto, la única verdad del estado de cuentas de Radiotelevisión Española es la siguiente, comenzando por su principio:

Los presupuestos, la contabilidad y la tesorería de RTVE

Se acompaña un estado en el que aparecen confrontados los presupuestos de gastos de RTVE en los años 1978, 1979 y el recientemente aprobado para el ejercicio de 1980. No se hace referencia a anteriores ejercicios por no tener RTVE presupuesto propio al no ser organismo autónomo en aquellas fechas.

En él puede observarse que., mientras 1979 supuso para RTVE un incremento de gastos total de 21,9% sobre el ejercicio anterior; 1980 sólo lleva incorporado un incremento total del 9,29% sobre el inmediato anterior, siendo de significar, por lo que se refiere a este último, que el capítulo de transferencias corrientes ha permanecido invariable y, en cuanto a inversiones, su incremento fue del 6,58%, muy por debajo del 13% autorizado.

El presupuesto de 1980 queda, pues, fijado en pesetas 27.996.176.000, al que si sumamos un total de 1.233.815.000 pesetas, que corresponden al presupuesto de Radiocadena Española (organismo que ha concentrado las emisoras que pertenecieron a REM, Car y CES y que, por primera vez en este ejercicio, se incorpora a RTVE), sitúa nuestro presupuesto de gastos en la suma total de 29.229.991.000 pesetas.

Para financiar este presupuesto de gastos, RTVE, en 1980, contará, aparte de sus recursos propios, con las subvenciones siguientes: para gastos corrientes. 5.868.715.000 pesetas, y para inversiones, 2.185.828.000 pesetas.

Como se hacen constantes alusiones al «crecimiento disparatado del gasto», conviene insistir en que el incremento programado para 1980 sobre el ejercicio inmediato anterior se ha fijado en un 9,29%, como demuestra su distribución en sus distintas partidas:

Personal 12.50%

Gastos funcionamiento 5.33%

Transferencias corrientes %

Inversiones 6.58%En cuanto a la subvención estatal para gastos corrientes y de inversión, sólo supone, con respecto a 1979, un incremento del 0,48%. Dicho en cifras absolutas, de los 8.015.000.000 pesetas, asignados para este concepto en el último año, se pasa a 8.054.543.000 pesetas para 1980.Pero es que los autores del reportaje dicen más. Dicen, textualmente, en el número de EL PAÍS correspondiente al día 23 de enero: «Sus 30.000 millones de gastos presupuestarios (…) no parecieron motivo suficiente a los responsables del organismo para poner en marcha un plan contable elaborado en 1973, que permitiera conocer algo tan elemental como las cuentas anuales de pérdidas y ganancias … »Como se ha dicho ya, RTVE, antes de diciembre de 1977 -por tener su presupuesto encuadrado en el Ministerio de Cultura, antes de Información y Turismo-, no tenía obligación de llevar contabilidad propia, pues le correspondía a la oficina de contabilidad de la Intervención Delegada de Hacienda en dicho ministerio, y los ingresos y pagos se efectuaban por los servicios económicos del citado departamento.

Pero hay más: al hacer esas rotundas afirmaciones, el periodista demuestra desconocer dos aspectos básicos del problema:

1. La normativa jurídica a aplicar a RTVE desde su constitución como organismo autónomo, y

2. La realidad actual de Radiotelevisión Española en la denostada materia contable.Antes de la entrada en vigor del real decreto 2.750/1977, que creaba el organismo autónomo, RTVE era, como queda dicho, y nunca fue materia reservada, un «anexo» del Ministerio de Información y Turismo, y después, del de Cultura. Todas sus cuentas, por mucha voluntad de independencia que tuviera RTVE, y toda su contabilidad estaban integradas en ese ministerio. Es allí, y no a RTVE, a donde debe reclamarse ese sistema contable.

Después de su conversión en organismo autónomo, con todas las dificultades prácticas y anécdotas que ya se expusieron, ha cumplido en lo posible, y cumple totalmente en la actualidad, toda la normativa legal en materia contable para organismos autónomos. Lo que no se le podía pedir antes a RTVE, y sí ahora a partir de la aprobación de su estatuto, es que cumpla obligaciones de empresas privadas, ni normas que afectan a otro tipo de entidades públicas. Concretando más: las normas a que se tiene que someter RTVE, y de hecho se somete, con un escrúpulo que seguramente causaría sorpresa a los intencionados periodistas, son:

– Ley General Presupuestaria, de 4 de enero de 1977.

– Orden del Ministerio de Hacienda de 16 de junio de 1978, por la que se dictan normas específicas contables para los organismos autónomos. (Se ruega al lector que tome nota de esta fecha, porque es 31 días anterior al acuerdo del Ministerio de Hacienda de disponer el control financiero de RTVE.)

La sorpresa de Radiotelevisión Española es enorme ante dos contenidos concretos de los reportajes: uno, que se hable de un cierto «plan contable elaborado en 1973». Quién lo hizo? ¿Dónde está? ¿Cuáles son las causas de la denuncia que hacen los periodistas sobre la «incapacidad de poner en marcha» los propios planes de Radiotelevisión Española? Inevitablemente, y sólo por la coincidencia de fechas, el periodista debe referirse al Plan General de Contabilidad de España, que, como queda dicho, no afectaba por su situación jurídico-presupuestaria a RTVE.

Por otra parte, conviene resaltar el apartado 2.3 de la orden ministerial de 16 de junio de 1978, que, textualmente, dice: «Es competencia del Ministerio de Hacienda la organización de la contabilidad de los organismos autónomos, y de la Intervención General de la Administración del Estado, su dirección e inspección.»

Escrupuloso cumplimiento de la legislación

En cuanto a la realidad actual de Radiotelevisión Española, que evidentemente desconocen los autores del informe, hay que decir que no tiene nada que ver con cuanto se dijo en los reportajes. El organismo autónomo -definición que se extingue el próximo día 2 de febrero- cumple perfectamente la normativa jurídica en materia contable ya mencionada. Esta afirmación se puede constatar con la documentación presentada al Ministerio de Hacienda para la liquidación del presupuesto de 1978, así como la que se presentará en plazo reglamentario por el año 1979.

Por hoy, Radiotelevisión Española informa que en el organismo se llevan dos contabilidades, absolutamente mecanizadas e independientes, de acuerdo con lo establecido en el apartado 3.1 de la citada orden ministerial de 16 de junio de 1978, que es la que regula la contabilidad de los organismos autónomos: la administrativa o de presupuesto y la financiera o de gestión. Literalmente, en el citado apartado 3. l., se dice:

3.1. Las cuentas y demás documentacion comprensivas de los resultados de la gestión presupuestaria y económica de cada año a rendir por los organismos autónomos serán las siguientes:

a) Cuenta de liquidación del presupuesto (1).

b) Estado de compromisos de gastos adquiridos con cargo a ejercicios futuros (1).

c) Balance de situación (2).

d) Cuenta de explotación (2).

p) Cuenta de resultados.

«Los organismos que cuenten en su organización con delegaciones, sucursales…, refundirán en cuentas únicas el conjunto de todas sus operaciones.»

Pues bien: Radiotelevísión Española tiene en la actualidad absolutamente implantadas, e incluso mecanizadas, ambas contabilidades.

La contabilidad administrativa o de presupuestos es la encargada en RTVE del seguimiento y control de los recursos e inversiones presupuestarias. Que nadie busque comportamientos idénticos a la empresa privada, porque en RTVE, como es natural, se lleva exactamente con el esquema de la contabilidad pública española:

– Presupuesto de ingresos y su control («derechos liquidados» y «derechos ingresados»).

– Y presupuesto de gastos («propuesta de gastos», «créditos comprometidos», «obligaciones reconocidas» y «pagos realizados»).

Por lo que se refiere a la contabilidad financiera o de gestión -también obligatoria, como queda dicho; pero, cuidado, sólo a partir de la orden ministerial de 16 de junio de 1978-, es la que contempla a RTVE como una unidad financiera exclusivamente (de acuerdo con el real decreto 530/1973, por el que se aprobó el Plan General de Contabilidad) gestora de un fondo social o capital propio, que informa puntualmente de cuál es el excedente económico después de remunerar a toda clase de suministradores de trabajo o capital.

Y esta contabilidad también existe en Radiotelevisión Española. Naturalmente, no se le puede pedir a Radiotelevisión Española que la tenga en funcionamiento antes de que legalmente se ordene para los organismos autónomos. Pero después de su entrada en vigor, la puso en práctica. Y no sólo eso. De acuerdo con las disposiciones, periódicamente se presentan balances de comprobación de sumas y saldos, que convierten en balances de situación al regularizar resultados y que contemplan el siguiente detalle que hay que exponer, pues parece claro que no basta la teoría legal para su exacto conocimiento:

– Absolutamente todas las cuentas de los grupos 1 al 5, inclusive, y el grupo 8 (es decir: patrimonio neto, inmovilizaciones materiales, inmateriales y financieras, derechos de cobro contra clientes, obligaciones de pago a favor de proveedores, tesorería y cuentas financieras y el saldo de la pérdida de cuentas y ganancias).

– Esta información del balance de situación se completa con que detalla cuenta de explotación que absolutamente todos los conceptos de ingreso (cuentas del grupo 7 del PGC) y de gasto (cuentas del grupo 6).

Tesorería sin «laberintos»

En cuanto al tema de la tesorería, que se califica en el reportaje como «los laberínticos circuitos financieros», se ha de reseñar que la realidad es bien distinta, puesto que cumple la legalidad vigente, como a continuación se refleja.

Las cuentas bancarias que RTVE tiene abiertas han sido comunicadas formalmente a la Di

rección General del Tesoro del Ministerio de Hacienda, de acuerdo con lo establecido en el artículo 110 de la ley general Presupuestaria, que textualmente dice:

«Los fondos de los organismos autónomos del Estado se situarán en las cajas del Tesoro. Cuando estuvieran en las de éste en el Banco de España, sus cuentas figurarán bajo la rúbrica general de «Organismos autónomos de la Administración del Estado».»

«No obstante, dichos organismos podrán abrir y utilizar cuentas en las entidades de crédito, siempre que así se autorice por el Ministerio de Hacienda, atendida la especial naturaleza del organismo y de sus operaciones o el lugar en que hayan de realizarse.»

En uso de tal habilitación legal, RTVE tiene abiertas e intervenidas tres cuentas en el Banco de España, Caja Postal de Ahorros y Banco Exterior de España.

La de la Caja Postal de Ahorros se nutre de la principal del Banco de España y se utiliza como complementaria de la misma, para canalizar pagos de personal y transferencias a acreedores, siempre y cuando sean inferiores a 500.000 (quinientas mil pesetas).

La tercera cuenta intervenida (la del Banco Exterior de España) es una cuenta de descubierto de justificantes, autorizada por el Ministerio de Comercio y Turismo para operaciones con el extranjero.

Al propio tiempo existen las siguientes cuentas para atender las obligaciones de personal y proveedores del organismo, que se nutren de las tres cuentas intervenidas citadas anteriormente:

– Banco Central (de conformidad con el decreto 680/1974, de 28 de febrero, para obligaciones de personal), abiertas en Madrid y en cada una de las localidades donde existe personal del organismo.

– Caja Postal de Ahorros o Cajas de Ahorros Confederadas, para obligaciones de material y servicios, también en Madrid y en las distintas localidades.

No existe más que una cuenta de estas características en cada localidad y por cada habilitado, para las citadas atenciones. La apertura de cada una de ellas ha sido comunicada a la Dirección General del Tesoro, según registro de entrada del escrito en esa Dirección, de fecha 21 de junio de 1978. Sus saldos están perfectamente controlados, a través de los libros de registro que se llevan por cada habilitado. Estos libros son los siguientes:

– Libro registro de caja.

– Libro registro de la cuenta bancaria de habilitación de servicios.

– Libro registro de la cuenta bancaria de habilitación de personal.

– Libro registro de la cuenta bancaria a justificar del Banco de España.

Por lo demás, se remite periódicamente a la Intervención de Hacienda copia del movimiento de estas cuentas.

En relación con la cuenta 757/271 del Banco Español de Crédito, sucursal de Agustín de Foxá, ya cancelada por traspaso de su saldo al Banco de España, debe aclararse que se abrió, antes de la existencia del organismo, para canalizar a través de la misma los pagos a proveedores y personal de provincias. que hasta entonces se venían liquidando por la caja de Prado del Rey. Se perseguía cón ello, de una parte, evitar el envío en metálico a Prado del Rey, porque los servicios financieros y la intervención delegada se encontraban provisionalmente instalados en un edificio de la citada calle, y, de otra, ir asumiendo gradualmente las funciones que en esta materia todavía se reservaba la Oficialía Mayor del Ministerio de Cultura.

Estando en aquella fecha pendiente de la liquidación del presupuesto de 1977, gestionada por la citada Oficialía, no podía disponerse del saldo de la cuenta hasta conocerse la posición deudora o acreedora con respecto al citado Ministerio.

El movimiento de tal cuenta comprendía operaciones corrientes del organismo y su movimiento no ofrecía irregularidad alguna.

La extrañeza que produce la existencia de tesorería por importe de 1.500 millones de pesetas a 31-12-1978, y, en cambio, resultar deudores, por importe de 2.756 millones, a la Seguridad Social, y de 368 millones por impuestos, es debido a que RTVE debe programar el pago de sus obligaciones de acuerdo con la perspectiva de los ingresos a obtener, que, por ser fundamentalmente de tipo publicitario, sufren grandes oscilaciones. Las obligaciones de personal son prioritarias y necesitan siempre la cobertura suficiente que evite cualquier sorpresa. (La nómina importa más de seiscientos millones de pesetas.)

En relación con la Seguridad Social, se informa que RTVE ha satisfecho 4.163 millones de pesetas solamente en 1979, por lo que en la actualidad su deuda con ese organismo ha quedado reducida a 1.164 millones, que será satisfecha cuando la Dirección General del Tesoro nos abone los 2.857 millones de pesetas que adeuda a RTVE por la subvención pendiente de pago del año 1979.

Estos saldos, como es lógico, oscilan. Por ejemplo, al mes de octubre de 1979 se debía a la Seguridad Social 591 millones de pesetas. El Ministerio de Hacienda debía a RTVE en aquella fecha más de 3.000 millones.

En resumen, considerar como posible delito fiscal el saldo a favor del Tesoro es, cuando menos, excesivo, sobre todo si se tiene en cuenta que el Tesoro debe cifras más elevadas al organismo.

Dicho esto, Radiotelevisión Española se ve en la obligación de decir que tampoco responden a la realidad otras afirmaciones publicadas sobre contratación, patrimonio e inventario, plantillas y retribuciones de personal, archivo y documentación, mecanización, producción y, en general, la mayor parte de los contenidos de los reportajes que de forma asistemática, publicó EL PAÍS durante la pasada semana.

Radiotelevisión Española desea entrar en el detalle de todos y cada uno de estos aspectos, para su clarificación ante la opinión pública. Si la utilización de la palabra «escándalo» sirve para poner de manifiesto los defectos y potenciar a quienes están trabajando en su erradicación, «¡bien venido sea su uso! Pero como no parece así, y como se están insinuando incluso intenciones políticas no profesionales, Radiotelevisión Española no puede aceptar impunemente ni campañas, ni manipulaciones informativas, ni desfiguraciones del informe utilizado por EL PAÍS.

(1) y (2) Significa que los respectivos párrafos – como sabe cualquier profesional de la contabilidad- se corresponden, respectivamente, con la contabilidad administrativa y la de gestión.

PERSONAL. LA POLÍTICA DE PERSONAL.

Personal. La política de personal y la situación de éste en la radio y la televisión del Estado han sido, de siempre, uno de los aspectos más debatidos. La inadecuada personalidad jurídica de RTVE y una legislación laboral no ajustada a las especiales características de ambos medios están en el origen de toda la polémica y fueron defectos que RTVE arrastró consigo hasta el mes de septiembre de 1978. Por eso quizá sea más necesaria en este capítulo que en ningún otro una mirada retrospectiva a la historia de este problema.Remontémonos al origen. Cuando se pone en marcha Televisión Española, un grupo de funcionarios recibe la orden de poner en antena los primeros programas. A medida que crece el medio, a medida que aumenta la demanda social de nuevos servicios y a medida que se hacen nuevas emisiones se va produciendo una progresiva incorporación de personal para cubrir esas necesidades. Diversas ordenanzas laborales tratan de acomodarse a la realidad de la incorporación de los nuevos sectores profesionales, que eran imprescindibles para el cumplimiento de los fines encomendados.

Las innovaciones afectaban, de la misma forma, a las clasificaciones de personal. Ello implicaba la respectiva adecuación de los empleados a las nuevas categorías profesionales surgidas, así como la imprescindible contratación de colaboradores que suplieran las deficiencias de trabajadores fijos. Las sentencias de las magistraturas de Trabajo convertían estos contratos de colaboración en contratos de duración indefinida y, por tanto, con derecho a fijeza.

Paralelamente, la radio y la televisión del Estado están encuadradas en la dirección general de un ministerio, sin ningún tipo de personalidad jurídica propia. A nadie se le oculta que el régimen jurídico y presupuestario a que debe sujetarse una dirección general de un departamento ministerial no era el más adecuado para la actividad y funciones que se desarrollan en la radio y en la televisión. Esto, naturalmente, no es imputable a RTVE. Sus responsables solicitaron reiteradas veces a las instancias superiores de la Administración un status jurídico para el organismo. Pese a que se trataba de gestionar con realismo una actividad tan novedosa como la televisión, con sus nuevas técnicas, con su carácter de auténtico «fenómeno social», la verdad es que esa mínima autonomía no se consigue hasta noviembre de 1977, y el Estatuto hasta1980.

Mientras tanto, RTVE tenla que seguir cumpliendo sus funciones. Esas funciones son, en síntesis, la producción y emisión de programas. Y aunque muchas veces se tenga la impresión de que la labor de Televisión es poner en imagen una producción, la verdad es que detrás de esa operación se esconde un complejo sistema de relaciones que hace preciso que existan más de 160 categorías laborales.

Pero había una evidencia: Radiotelevisión Española no podría permanecer, estática frente. a las crecientes demandas del servicio público: la producción de programas. tanto radiofónicos como televisivos. aumentaba. el horario de emisión se elevaba; se creaban nuevos centros regionales; nacían nuevas emisoras radiodifusoras estatales. surgían nuevas técnicas. a las que había que adaptarse…

Con una realidad así. y con unas estructuras no adecuadas a ella. no es nada extraño que se puedan haber producido distorsiones. El punto final sólc se comienza a poner en 1977. cuando se aprueba una ordenanza laboral común para los trabajadores de Radio Nacional y Televisión. Y sólo se puede habla: del nacimiento de la coherencia cuan. do. en septiembre de 1978. el Consejo de Ministros aprueba la plantilla laboral de RTVE. Los pasos posteriores entre los que se encuentra la homologación y reclasificación del persona (septiembre de 1979). no son más que intentos de hacer una política coherente de personal y normalizar los aspectos técnicos y legales de su situación.

El hecho de que EL PAIS lo desconozca no significa que desde entonces no se haya desarrollado una amplía política, cuyos resultados ni se ocultan ni son secretos de Estado. Una política, en definitiva, que comienza por establecer un sistema racional, transparente y lógico en la contratación de personal, que se hace exactamente así:

Personal fijo. La provisión de plazas se lleva a cabo a través de las pruebas previstas en el artículo 15 de la ordenanza laboral.

Todas estas convocatorias, al objeto de su difusión pública para libre concurrencia de candidatos, son publicadas en los distintos centros de trabajo de RTVE, en las respectivas oficinas de empleo y en el Boletín Oficial del Estado.

Personal interino. Como se sabe, el artículo 8 de la vigente ordenanza laboral de RTVE lo define como «el contratado, de acuerdo con el apartado c) de la ley de Relaciones Laborales, únicamente para suplir al personal fijo en aquellas situaciones que originen reserva de plaza». En aplicación del señalado precepto, en el ejercicio de 1979 se contrataron 47 personas. Para su selección se realizan pruebas teórico-prácticas acordes con las exigencias del puesto que se ha cubierto temporalmente. Estas pruebas son realizadas por tribunales integrados por representantes del comité de empresa, de distintos profesionales especializados y por miembros del departamento de selección y gabinete de psicología. De dichas pruebas se levantan actas, estas actas se remiten a la Intervención Delegada de Hacienda, y esta Intervención fiscaliza los aspectos formales y económicos de las distintas propuestas de contratación. Sólo después de estos trámites legales e imprescindibles son refrendadas estas resoluciones de admisión temporal por el director general de Radiotelevisión Española. No parece, pues, que tampoco en este capítulo ha a ningún tipo de oscurantismo.

Personal eventual. Definido en la. ordenanza laboral como «el contratado, de acuerdo con el apartado b) del artículo 15 de la ley de Relaciones Laborales, para atender un trabajo que no tiene carácter normal y permanente y que, por tanto, no corresponde a puestos de plantilla», su selección se efectúa por el mismo procedimiento y trámites que el interino. Dado su carácter peculiar y extraordinario, sólo se efectuaron dos contrataciones en 1979.

Empleo juvenil y perceptores del subsidio de desempleo. A estas formas de contratación señaladas hay que añadir una última: la que se efectúa de acuerdo con lo previsto en los reales decretos 41 y 42/1979, de 5 de enero, sobre contratación de trabajadores perceptores del seguro de desempleo y sobre promoción del empleo juvenil. En el último ejercicio de 1979 se efectuaron dieciocho contrataciones de empleo juvenil, trece procedentes del desempleo.

Colaboradores en general. Este tipo de contratación viene determinada para los fines a cumplir por Radiotelevisión Española. La variedad de los programas que se realizan y emiten hace que no siempre se cuente dentro de la plantilla de fijos con los especialistas. Ni Radiotelevisión Española ni ningún otro medio de comunicación social han encontrado otro sistema para ello que acudir a esta vía.

Es seguro que si EL PAIS hubiera estudiado el número de colaboradores que existen en otras televisiones europeas, si hubieran establecido el porcentaje que representan en relación con el personal fijo y si hubiese profundizado en su distinta problemática, habrían distinguido nítidamente la figura del colaborador habitual y la del colaborador ocasional o circunstancial. Como RTVE no puede caer en esa trampa, los cuadros estadísticos que se adjuntan especifican claramente el personal contratado con carácter de colaborador durante 1979 y las áreas sectoriales.

¿Que estos colaboradores terminan siendo, en gran parte. fijos dé RTVE? «Es innegable. Pero las causas búsquelas el reportero en otras instancias e instituciones. Búsquelas en la legislación laboral. que no ha contemplado de manera expresa y directa esta problemática. y búsquelas en los criterios de las magistraturas de Trabajo. que interpretan exhaustivamente el principio de «in dubie pro operario» incrementando con ello el carácter ya de por sí proteccionista y tuitivo de la legislación aplicable.

En este aspecto hay que señalar que muchos contratos fundamentados en el artículo 8.º- 1 d, suscrito de acuerdo con el artículo 15, apartado d), de la ley de Relaciones Laborales, han sido interpretados por las magistraturas en re cientes sentencias a favor de los colaboradores. Entienden las magistraturas que no es fácil considerar como espectáculos los programas de RTVE, aunque la ley de Relaciones Laborales establezca que se podrán celebrar contratos de trabajo de duración determinada, expresamente cuando se trate de personal artístico y técnico de la producción de espectáculos.

¿Qué puede hacer Radiotelevisión Española? ¿Plantear, tras cada sentencia, el incidente de no readmisión? Podría hacerlo. Pero, en ese caso, quienes hoy denostan el sistema tacharían a RTVE de falta de sentido social.

Curiosamente, esta situación señalada perjudica el funcionamiento de RTVE. Constatada la necesidad de colaboradores en función de las singularidades de los medios y de sus producciones, su contratación se ve dificultada por esta especie de condena. Y si esas dificultades vienen, en principio, determinadas por la ley de Contratos de Trabajo, la ley de Relaciones Laborales y las sucesivas ordenanzas, se acentúan gravemente en el área de la programación. La causa es que la actividad que en ella se desarrolla presenta, en parte muy importante, connotaciones artísticas, culturales, literarias, de creatividad y especialización profesional, así como coyunturales, que requieren una prestación de servicios en régimen de colaboración.

Por otra parte, no constituye problema exclusivo de RTVE que el personal contratado con carácter temporal adquiera fijeza, pues la propia ley de Presupuestos de los años 1979 y 1980 tiene previsto el caso para toda la Administración en los artículos 14 y 16 de dichas leyes, donde se dice textualmente:

«… El Gobierno, con respecto al personal laboral contratado con carácter temporal en ejercicios anteriores y tenga derecho a ella, determinará el personal que pueda pasar a las plantillas del personal laboral fijo del respectivo ministerio y organismo, a iniciativa del departamento correspondiente y a propuesta del de Hacienda.»

Las acusaciones de los reportajes de EL PAIS van, sin embargo, más lejos cuando hablan de la « irresponsabilidad de la gestión de personal». Por si no fuesen suficientes las puntualizaciones anteriores, hay que señalar que el sistema de contratación de estos colaboradores es el siguiente:

Las juntas de RNE y de TVE son las competentes para el estudio de las necesidades de producción de programas, que determinan las distintas exigencias de contratación. Una vez estudiadas las necesidades de personal y la falta de empleados que tengan fijeza en RTVE para cubrir esas exigencias, se proponen los diversos contratos que deben suscribirse. Efectuadas las propuestas, éstas requieren los siguientes requisitos:

1. Certificación de no existencia de personal fijo ni contratado en vigor, que puedan cubrir dichas necesidades de contratación.

2. Certificación de existencia de crédito suficiente que respalde dichas contrataciones, con indicación específica de la propuesta de gasto que, debidamente fiscalizada por el interventor delegado del Ministerio de Hacienda, ampara dicho programa.

3. Informe jurídico-laboral sobre la legislación aplicable a cada tipo de contrato.

4. Exigencia de títulos profesionales e Inscripciones, en su caso, en el registro respectivo.

5. Selección y pruebas respectivas, de acuerdo con lo establecido en la vigente Ordenanza Laboral de RTVE.

6. Fiscalización individualizada por la Intervención Delegada de Hacienda en RTVE de las distintas propuestas de contratación.

7. Resolución del director general aceptando la contratación efectuada.

8. Comunicación de altas y bajas a las respectivas oficinas de colocación.

¿No parecen suficientes estas cautelas para evitar el crecimiento espontáneo de la plantilla a través de la vía del colaborador temporal de programas que se convierte en fijo por sentencia de Magistratura?

Pues a pesar de ello el Estatuto, con fuerza de ley, ha respaldado estas cautelas. En su artículo 35, apartado 4.º, se dice textualmente:

«El ingreso en situación de fijo en RTVE y en las sociedades estatales que se creen sólo podrá realizarse mediante las correspondientes pruebas de admisión establecidas y convocadas por el director general de RTVE, de acuerdo con el consejo de administración. »

RTVE conoce la plantilla. El martes 22 de enero, el diario EL PAIS continuaba su viaje por las cosas» de Radiotelevisión Española. Este día, el punto de mira del espejo cóncavo de los autores del reportaje era la plantilla de este organismo. «Es desconocida para sus directivos», se decía en los titulares en un alarde de falta de interés de los informadores por comprobarlo.

La única verdad es que en RTVE la plantilla, el número de sus miembros, las retribuciones que perciben, son datos evidentemente conocidos y controlados. Si alguna duda puede tener RTVE sobre sus propios asuntos internos no es, ciertamente, este. Creemos que son los números los que mejor lo pueden demostrar. En este momento, la plantilla de Radiotelevisión Española, que se encuentra mecanizada, está distribuida de la forma siguiente:

Estas cifras parciales dan un total de 8.500 plazas. Y esta cantidad no es naturalmente, un capricho de los directivos -ni actuales ni anteriores- de Radiotelevisión Española, sino la aprobada por un órgano superior: el Consejo de Ministros del día 29 de septiembre de 1978, en expediente tramitado a través del Ministerio de Hacienda. Un año después, en septiembre de 1979, se terminó la reclasificación y homologación del personal, pero esto no supuso un aumento de plazas, ya que quedó ratificado el mismo número de 8.500, sino que significó solamente una adecuación en las categorías.

¿Es excesiva esta plantilla? Como calificarla es un juicio de valor, sólo podemos compararla con otros organismos de radio y televisión europeos.

Retribuciones. Pasemos ahora al capítulo de retribuciones de ese personal. Y Radiotelevisión Española también tiene que decir que vuelve a ser incierta otra información del reportaje, que precisamente recibe los honores de presidir sus titulares: «La mitad de su nómina, repleta de los más variados pluses extrasalariales, se destina a complementos y horas extraordinarias.»

Una vez más es preciso acudir a las cifras reales. Y esas cifras son las siguientes: del presupuesto de personal de RTVE, 8.000 millones de pesetas se destinan a retribuciones básicas, antigüedad y pagas extraordinarias. Frente a esa cantidad, se destinan a retribuciones complementarias -incluidas las horas extraordinarias- 2.200 millones de pesetas.

Hay que decir también que el sistema actual de retribuciones se encuentra en vías de revisión. Pero no es porque no esté totalmente clarificado, sino por otra razón: el sistema retributivo de los funcionarios -connotación administrativa que hasta ahora no pudo eludir RTVE- no resulta adecuado al esquema de una futura empresa pública, que debe regirse por parámetros de otra naturaleza.

El sistema actual es el siguiente:

Desde un punto de vista presupuestario, las retribuciones del personal están clasificadas por conceptos separados, y así han figurado en el presupuesto del organismo, aprobado por el Gobierno y por las Cortes junto con los Presupuestos Generales del Estado.

En el concepto 131.1 figuran las retribuciones básicas (salario base, pagas extraordinarias de julio y diciembre, paga especial de octubre y trienios).

El salario base está distribuido por niveles del 1 al 9, cuyas cuantías mensuales, en 31 de diciembre de 1979, van, respectivamente, de 71.963. a 43.940 pesetas (véase cuadro 1).

En el concepto 131.2 figuran las retribuciones complementarías, con una cuantía total de 1.831.754.995 pesetas, que suponen el 20,46% de las retribuciones básicas.

Del conjunto de complementos que se recogen en este concepto los que tienen mayor entidad, por afectar a mayor número de trabajadores, son los siguientes:

Complementos de destino. Su catálogo y cuantías fueron aprobados por acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de junio de 1979. Se trata de un plus para retribuir la responsabilidad, la dedicación y la disponibilidad de los puestos orgánicos y funcionales. Naturalmente, aunque esto sorprenda a los autores de la colección de reportajes, es incompatible con la percepción de horas extraordinarias (véase cuadro número 2). El nombramiento y remoción de los puestos con derecho a este complemento es competencia indeclinable de la dirección, de acuerdo con el artículo 4.º de la propia Ordenanza Laboral.

Como se puede comprobar con el cuadro número 2, tienen asignado complemento de destino un total de 1.845 puestos de trabajo cualificados, de los cuales 117 son puestos directivos, 66 excluidos de la Ordenanza.

En esa plantilla de 117 puestos directivos existen 36 vacantes, por lo que en estos momentos el número de directivos es de 81, es decir, inferior al 1 % del total de la plantilla de empleados fijos.

Esto pone de manifiesto que deducir conclusiones utilizando cifras en términos absolutos es incorrecto. El más ele mental rigor técnico exige el análisis de los datos en su contexto y relacionados con parámetros que aporten una base para su interpretación.

Plus de programas. En cuanto a este plus, la realidad es que tampoco registra ninguna discrecionalidad y trata de retribuir al personal fijo por la especial responsabilidad o creatividad dentro de los programas, así como por el desempeño de funciones que la categoría laboral no exige (por ejemplo, los realizadores, por adaptar guiones literarios).

Este plus también lo percibe el personal fijo de un medio (RNE) que, al margen y sin merma de su jornada laboral reglamentaria, interviene en algún programa del otro medio (TVE), por ejemplo, el locutor de radio que comenta una retransmisión televisada de un acontecimiento deportivo.

Con anterioridad a la resolución de 9 de diciembre de 1977, que regularizó la percepción de este plus, se acreditaban. estas percepciones con total independencia de la nómina del personal fijo. Es decir, lo mismo que si se tratara de un colaborador ajeno. Precisamente este sistema ofrecía una vía atípica e irregular, ya corregida, para que el personal fijo de un medio que colaboraba en el otro adquiriese la fijeza en ambos o a través de la Magistratura de Trabajo. Así, antes de 1977 adquirieron fijeza en ambos medios las personas a que se refiere el reportaje.

Las exigencias de la programación han aconsejado la pervivencia de este plus para que siga cumpliendo una evidente función incentivadora, aunque en los dos últimos años se ha ido acomodando para dedicarlo a retribuir únicamente labores de creatividad y especial responsabilidad en los programas.

Los restantes pluses, que por lo demás también están previstos y regulados en la ordenanza laboral aprobada por el Ministerio de Trabajo el 19 de. diciembre de 1977, previo informe del Ministerio de Hacienda, responden en definitiva a la complejidad de una empresa con más de 160 categorías profesionales que debe cumplir funciones de la más diversa índole. A título de ejemplo, citaremos desde el personal que ha de subir a más de cien metros de altura para conservar una antena, al trabajador que atiende una emisora en lo más elevado de una montaña, pasando por los técnicos de laboratorio, que utilizan diariamente material tóxico.

Por ese motivo, efectivamente, hay 255 trabajadores con derecho a percibir el plus de residencia; 81, el plus de transporte; 671, el plus de instalaciones aisladas; noventa, el plus de trabajos peligrosos, y setenta, el plus de toxicidad.

No parece que exijan un mayor tipo de explicación otras percepciones complementarias, como es el complemento familiar voluntario o los mismos trienios.

Plus de dirección. A los miembros de la comisión ejecutiva de RTVE, que en la actualidad está constituida por diez personas (resolución de 4 de octubre de 1978), no se les acredita cantidad alguna por su pertenencia a dicho organismo colegiado.

Lo que sí existe en el sistema retributivo es un plus de dirección asignado a los puestos directivos de confianza que, por sus funciones y especial responsabilidad, requieren una total dedicación por parte de sus titulares, sin limitación de horarios, con obligación de prestar sus servicios incluso en días festivos.

Este plus está distribuido en cinco niveles, que van de un máximo de 90.000 pesetas mensuales a un mínimo de 40.000 pesetas.

Por acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de junio de 1978, este personal, más los directores de emisoras y centros regionales, así como los corresponsales en el extranjero, figuran para 1980 con un concepto presupuestario independiente, por estar excluidos de ordenanza laboral, tal como se establece en el artículo segundo en relación con el 13.3 de la misma.

Horas extraordinarias. Constituye uno de los problemas más complejos que está afrontando el organismo, aunque son muchas las dificultades a vencer.

El principal motivo se debe a que RTVE es un servicio que funciona sin interrupción (RNE, las veinticuatro horas del día), y por lo que se refiere a TVE es precisamente en sábados y domingos cuando se incrementa el trabajo, debido a la necesidad de ofrecer al espectador una programación variada. Por otra parte, las retransmisiones deportivas, tan del aprecio del público, se celebran generalmente en domingo. A título de ejemplo, diremos que el programa Estudio estadio se nutre de filmaciones realizadas el domingo anterior, realizadas a través de personal distribuido por todos los campos de fútbol de Primera División y de otras categorías inferiores, que se ofrecen por los programas regionales.

La libranza del personal en otros días de la semana no siempre es posible, por cuanto algunas plantillas, singularmente Las de los centros regionales, están insuficientemente dotadas, y en otros casos el equipo de un programa no siempre es sustituible por otro que resultaría un poco ajeno a la tarea que está realizando el titular.

La dirección de RTVE ya adoptó en su momento decisiones para frenar este gasto, una de las cuales fue el cierre de la emisión con ¿interioridad a las veinticuatro horas, que se viene cumpliendo con escrupulosidad, lo que permitió que el personal de estudios, control central y los técnicos de las distintas emisoras del país que aseguran la correcta emisión de los programas pudieran terminar su trabajo dentro del horario normal asignado a su turno.

La propia prensa se ha hecho eco de otras medidas adoptadas últimamente en este tema. y aparte de las que están en estudio y que por afectar a la programación es preciso ponderar para no defraudar al espectador que lógicamente demanda programas en directo. información inmediata y amplia de cualquier acontecimiento, que lógicamente no se producen siempre dentro de la jornada laboral.

En el año 1979 se intentó congelar el crédito de horas extraordinarias y aunque se logró frenar el número de las trabajadas, el incremento del precio de la hora por consecuencia de la revisión salarial y las repercusiones que tuvo en este tema la homologación y reclasificación del personal impidieron lograr totalmente dicho objetivo. que se considera prioritario para 1980.

Dietas y gastos de viaje. En Radiotelevisión Española se pagan, como parece elemental, dietas. Para hacer programas, hay que viajar, y para viajar, hay que compensar los gastos del trabajador. Quizá las cifras absolutas no den una imagen exacta de esta otra realidad de Radiotelevisión Española. Pero, quizá, muchos se sorprendan, sobre todo después del «mundo de oro» que pintan los redactores de EL PAIS, si saben que la dieta nacional es de 2.704 pesetas por persona y día, y la dieta en el extranjero, de 6.625 pesetas.

En cuanto a la utilización del coche propio por el personal de RTVE en sus desplazamientos, tema que también sorprende -o así lo dicen- a los redactores, tenemos que aclarar que este es un procedimiento excepcional. Pero aún hay más. Los viajes en automóvil propio necesitan una autorización especial. Caso de autorizarse, han de viajar en ese coche un mínimo de dos personas, que están obligadas a transportar todo el equipo profesional para el desarrollo de su trabajo. La cantidad que se paga por este concepto es de diez pesetas por kilómetro.

Estas indemnizaciones se estiman inferiores a las que paga la empresa privada y similares a las que concede la Administración. En el caso de viaje en coche propio, la Administración concede nueve pesetas al kilómetro recorrido, pero no establece la obligación de transportar equipo de trabajo.

Jornada laboral. Las referencias a la jornada laboral, que se califica como «la más corta de Europa», apenas merece contestación. Se trata, evidentemente, de una realidad laboral. No parece, por lo demás, que sea «escandalosa» una jornada de 35 horas, cuando en prensa -que afecta, por ejemplo, a EL PAIS- es de 36.

En definitiva, Radiotelevisión Española entiende que desarrolla una política de personal basada en los principios de equidad y progresismo; ajustada a los principios jurídicos que rigen su estructura legal; transparente y sin ningún tipo de «galimatías», como textualmente dice el reportaje periodístico.

Radiotelevisión Española asumió en su día un conjunto de situaciones de hecho en el aspecto retributivo, originadas, como queda dicho más arriba, por su propio desarrollo. Y no es menor satisfacción haber convertido estas situaciones de hecho en situaciones de derecho. Desde esa coherencia de funcionamiento, entiende que los datos progresistas de su gestión de personal y de su actuación social son hoy una base firme para alcanzar, con el nuevo status jurídico derivado de la entrada en vigor del Estatuto de la Radio y Televisión, mejores niveles de producción y un idóneo rendimiento.

Que nadie le pida a RTVE que haga tabla rasa de los derechos adquiridos por sus trabajadores. Que nadie le pida que renuncie al entendimiento progresista de las tareas que definen la naturaleza del medio. Que nadie le pida, en definitiva, que renuncie al principio de la atención a los derechos -incluido el de la fíjeza-, porque los logros alcanzados no sólo eran deseables, sino que son compatibles con la nueva legalidad vigente.

Centro de proceso de datos

La constitución del organismo autónomo RTVE exigió con la máxima urgencia la creación de un centro de proceso de datos propio que acometiera las necesarias tareas de «tratamiento automático de la información» referida a la contabilidad, gestión de personal, facturación, etcétera. Para poder absorber las aplicaciones ya desarrolladas por RTVE en el Ministerio y para abordar escalonada y progresivamente la complejidad de la mecanización de un organismo de tal magnitud y naturaleza se hizo necesario instalar, con carácter provisional, un equipo de mediana potencia que resolvia momentáneamente el problema, concretamente un 370/135.

En el mes de febrero del año 1978 se acomete de una forma global la idea de mecarúzar RTVE. Se realiza un seminario intensivo, por el que pasan todos los responsables de las distintas áreas del organismo, y se confecciona un plan informático para RTVE.

De este plan informático salen un buen número de aplicaciones, que de inmediato se comienzan a mecanizar:

1. Contabilidad presupuestaria y de gestión

La primera aplicación de nueva creación que había que desarrollar en un plazo de tiempo récord era la contabilidad presupuestaria del recientemente creado organismo autónomo RTVE, previa la confección del plan contable.

El ordenador que provisionalmente tenía instalado el organismo, por su escasa potencia, no daba respuesta satisfactoria a una aplicació.n de tal envergadura. No obstante, salvando estas dificultades, se mecanizó la contabilidad presupuestaria del año 1978.

Dicho sistema se perfecciona a partir del mes de febrero de 1979, a la vez que se instala el nuevo ordenador en RTVE.

El sistema ha dado resultados óptimos durante todo el año 1979, en el cual la contabilidad de gestión del organismo se ha realizado por medio de los procesos informáticos, cubriendo todas las exigencias de los usuarios.

Entre los procesos más importantes de dichas aplicaciones cabe destacar lo siguiente:

– Imputación de asientos contables por medio de terminales en «tiempo real» correspondiente a los créditos del organismo, a las propuestas de gasto o comprometidas y a las obligaciones reconocidas.

– Edición automática por el ordenador de los impresos correspondientes a créditos comprometidos y a obligaciones reconocidas.

– Imputación automática de pagos ordenados.

– Imputación contable automática de pagos liquidados.

– Edición automática de mandamientos de pago.

– Edición automática de balances.

– Proceso mecanizado de facturas.

– Consulta en «tiempo real» de cualquier cuenta referida a la contabilidad presupuestaria o de gestión.

– Consulta de facturas en las que se obtienen el estado de la misma conformadas, saldo conformado, pagadas, etcétera.

– Consulta dejustificantes, en los que se obtienen fecha de Imputación, texto, importe, cuenta de cargo y cuenta de abono, etcétera.

– Información directa, en lo que se refiere a balances, situaciones contables, etcétera, y posibilidades de simulación de presupuestos.

2. Gestión integrada de personal

Se detectaba en el plan informático que la mecanización existente en el área de personal era insuficiente, sobre todo por la magnitud y disgregación geográfica del organismo. Había que confeccionar una aplicación que fuera capaz de recoger información en el lugar y momento que se produce y contabilizarla para su posible gestión. Esto solamente se conseguía mecanizando la gestión de personal en «tiempo real» y dotando a las distintas unidades con terminales de teleproceso para la recogida y explotación de la información.

No obstante, se han seguido utilizando los procesos ya mecanizados en modo «BATCH», consistente fundamentalmente en confeccionar por ordenador la nómina del personal del organismo, horas extraordinarias, censos, plantillas e informes diversos.

Precisamente el próximo lunes quedará en situación operativa la primera y la segunda fase de la nueva aplicación informática correspondiente al área de personal, que se ha llamado «gestión integrada de personal», dando comienzo el desarrollo de la tercera fase.

Los objetivos fundamentales de dicha aplicación tienen cuatro vertientes:

1. Informativa.

2. Estadística.

3. Económica.

4. Orgánica.

Con respecto a la primera vertiente, se trata de unificar todos los datos referidos al área de personal, al nivel más concreto posible, en conjunto de información única, que permite en cualquier momento obtener resultados individuales o colectivos.

El objetivo de la aplicación en cuanto a la segunda vertiente es, igualmente, dotar a las direcciones de personal de una herramienta capaz de manejar los datos mantenidos en la base de información y obtener todo tipo de resultados estadísticos. Para ello, el sistema posee un generador automático de programas, mediante el cual, utilizando como base un simple formulario, genera los programas necesarios para obtener la información deseada.

La tercera fase del sistema comprende la implantación del aspecto económico de la gestión de personal, resolviendo la problemática de nóminas en sus diversos aspectos de:

– Emisión de recibos.

– Resúmenes de nómina.

– Confección de documentos oficiales (C-1, C-2, etcétera).

– Relaciones contables.

– Históricos de nómina.

– Cálculo automático.

– Retroactividad, etcétera

Por último, la cuarta vertiente trata de crear un sistema de perfiles de puesto de trabajo que,juntamente con la plantilla de personal, nos permita llevar un control adecuado de las necesidades y características de las mismas en cuanto a vacantes y plazas de nueva creación.

3. Gerencia de publicidad

Se desarrolló una aplicación informática, basada en «tiempo real», que permite abordar en su totalidad la gestión de la gerencia. Esta aplicación ha sido operativa en diciembre del año 1979 y en ella destacamos los siguientes procesos, todos ellos en «tiempo real»:

– Inserción, anulación y modificación de órdenes de reserva: permite desde la propia gerencia de publicidad realizar todos esos procesos de contratación de una orden, así como los de contraoferta.

– Consulta de órdenes o de bloques publicitarios, incluso a lo largo de cualquier semana del año.

– Consulta, inserción, modificación o anulación de anunciantes, producto y agencia.

– Proceso de avales: realiza el proceso automático de los avales correspondientes a los contratantes y productos, su modificación y anulación.

Para todos los procesos especificados se utilizan terminales conectadas al ordenador.

Como resultados de estos procesos, el sistema confecciona diversas estadísticas y posibilita la explotación de la información en cualquier sentido.

4. Documentación

El área de documentación también se detectó en el plan informático como aplicación urgente a realizar. Para ello se ha desarrollado el sistema de recuperación de información, que permite, utilizando terminales en «tiempo real», consultar los documentos que responden a un «perfil de búsqueda» determinado.

Toda aplicación de recuperación de información lleva consigo la introducción en el ordenador de todos los documentos existentes en los ficheros manuales. Para un organismo como RTVE, que cuenta en la actualidad con un número aproximado de 500.000 documentos referidos a programas filmados, programas en vídeo, discos y cintas magnetofónicas, la Introducción de la información en el ordenador es una tarea a realizar en varios años.

La aplicación quedó operativa en septiembre de 1979; desde entonces, y dado el perfecto funcionamiento de la misma, se han interesado por ella televisiones extranjeras (RTVE), organismos oficiales y empresas de los más diversos sectores, entre otras la empresa editora de EL PAIS.

Como procesos a destacar en esta aplicación se encuentran:

– Consulta de documentos.

– Impresión de documentos.

– Edición de catálogos.

– Búsquedas retrospectivas, etcétera.

En la actualidad disponemos de una base de datos de documentos correspondientes al archivo sonoro de RNE, en los que ya se han introducido 16.000 documentos, correspondientes a cintas magnetofónicas de música clásica y quinientos documentos correspondientes a programas filmados.

5. Control de préstamos del archivo sonoro

La necesidad de la mecanización del control de préstamos del archivo sonoro es consecuencia del elevado número de documentos que posee dicho departamento y del gran volumen de préstamos diarios que se realizan, lo que da lugar a una sobrecarga de trabajo del personal de dicho departamento.

La mecanización del control de préstamos permite obtener toda la información mencionada y descarga al personal de las tareas rutinarias de búsqueda de datos y mantenimiento de ficheros.

El sistema actualmente en uso se basa en la creación y mantenimiento de un fichero maestro en el que quedan reflejados todos los datos relativos a cada uno de los préstamos, la actualización de dicho fichero y la obtención de listados y estadística.

6. Nómina mecanizada de colaboradores

El gran número de colaboradores de RTVE y el pago decenal de estas colaboraciones obligaban a un arduo trabajo contra reloj al personal del departamento de colaboraciones de RTVE. Esta situación, prácticamente insostenible, motivó la mecanización de dicha nómina.

La aplicación está basada en el mantenimiento de un fichero maestro en el que quedan reflejados todos los pagos que se realizan a cada uno de los colaboradores, así como la información más detallada sobre las colaboraciones.

A partir de este fichero, una veintena de programas permiten la obtención de toda la información necesaria para la realización de la nómina.

Aparte de todos los resúmenes y listados que se confeccionan para el control de la nómina, pueden obtenerse todo tipo de estadísticas y datos relacionados con los que se registran en el fichero.

7. Proceso de inventario

La presente aplicación se concreta en la creación, mantenimiento y explotación de un fichero en el que se recogen todos aquellos datos precisos sobre los materiales inventariables del organismo, tanto de inmovilizado como de existencia.

Los datos sobre artículos inventariables se integran en un fichero, ordenado secuencialmente, que periódicamente se actualiza, según las altas, bajas o modificaciones que sufran los bienes a los que el inventario hace referencia.

Por otra parte, el proceso de explotación está destinado a la obtención de información referente a:

a) Inventario general valorado por provincias, agrupando artículos.

(Pasa a página 44.) (Viene de página 43.)

b) Inventario general valorado por centros geográficos, agrupando artículos.

c) Inventario general valorado por edificios, agrupando artículos.

d) Inventario por despachos, valorado o no. . .

e) Relación de artículos que están en unas condiciones determinadas.

fl Cálculo de amortizaciones.

g) Relación periódica de altas y bajas.

Hoy están incorporados a la base de datos:

1. Expedientes de adquisición de inmovilizado, material e inmaterial, y los de materiales fungibles -repuestos, existencias, etcétera- desde la fundación del organismo autónomo RTVE hasta la fecha del 31 de diciembre de 1979.

2. Todos los inmovilizados utilizados por RTVE y propiedad del Estado en lo que a edificios, obras de mejora y caminos de acceso se refiere, no incluídos en el apartado anterior.

8. Realizaciones informáticas no específicas de RTVE

En este apartado se hace mención de las consultas electorales que han sido procesadas en el centro de proceso de datos de RTVE.

A la semana de estar instalado el ordenador, el Ministerio del Interior solicita de RTVE que se realice en su CPD los procesos correspondientes a la obtención de resultados de una muestra estadística para las elecciones genera les. El buen funcionamiento de dicho proceso y la perfecta ejecución del mis mo motivan que al mes siguiente se vuelva a escoger el CPD de RTVE para efectuar los procesos correspondientes a una muestra estadística, esta vez de elecciones municipales, lo cual se vuel ve a repetir para la consulta electoral correspondiente a la Autonomía del País Vasco y Cataluña.

Ante tal cúmulo de datos resalta el contenido del reportaje que a este respecto no duda en decir textualmente el día 23 de enero de 1980, página 37: «Centro de proceso de datos sin datos… La utilización del CPD es escasa y sus aportaciones son plaga de errores… Se ha vuelto a llevar la contabilidad manualmente … »

La realidad es que en RTVE funciona perfectamente el centro de procesc de datos.

Continúa el periódico: «… Como prueba de la pésima administración se dice en el informe que aunque las estimaciones de alquiler de máquinas e¡bernéticas eran de diez millones/año. en los cuatro meses de 1978 ya se gastaron 9,5 millones de pesetas…» Absolutamente falso, por el lógico desconocimiento de los hechos por parte del periodista; fue el 27 de octubre de 1977 cuando se contrató un equipo informático para RTVE, independiente del Ministerio, aunque en el presupuesto de aquel año 1978 (confeccionado con la lógica antelación al inicio del ejercicio correspondiente) se presupuestó la contratación de una terminal unida al ordenador del Ministerio en el importe que bien dice el periodista; pero las necesidades propias del organismo recién creado justificaban la independencia informática (ya citada) respecto del equipo del Ministerio, y ello era ya imposible de prever en el presupuesto del ejercicio… No es lo mismo contratar una terminal que todo un equipo índependiente. De todas formas, la situación presupuestaria se regularizó mediante la tramitación de un expediente de transferencia de crédito que aprobó el Ministerio de Hacienda.

En el presupuesto de años sucesivos se ha contemplado con realidad económica el coste de alquiler del equipo 3031/002.

Y llegados a este punto he de significar que la compleja labor realizada se debe, en gran medida, a la competencia, dedicación y esfuerzo de un grupo reducido de personas que han sabido dar respuesta adecuada a la organización del centro de proceso de datos, buscando con urgencia la utilización en condiciones óptimas de un equipamiento técnico puesto a su disposición. Paradójicamente, estos profesionales están incluidos entre los asesores a los que, distorsionando una vez más y con absoluto desconocimiento de la realidad, alude el reportaje de EL PAIS.

02 Febrero 1980

La realidad de Radiotelevisión Española

Fernando Arias Salgado

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EL PATRIMONIO DE TVE

El patrimonio de TVE y las adquisiciones patrimoniales

En el diario EL PAÍS se hacen una serie de comentarios -al hilo de un informe oficial- sobre la situación patrimonial de RTVE y los métodos de adquisición patrimonial empleados por dicho organismo, que pueden dar la impresión de un verdadero caos en esta materia. El mismo titular empleado por el cronista -Las «cosas» de RTVE- y el sistema, quizá muy periodístico, pero poco ortodoxo si se quiere tratar un tema serio -el honor de unas personas y el buen nombre de un ente público- con seriedad, contribuyen también a crear esa misma impresión.

Es necesario por ello salir al paso de algunas de las afirmaciones que en dicha crónica se hacen y que pretenden apoyarse en un informe oficial del que hábilmente se presentan retazos que, al estar aislados del contexto, permiten ofrecer una imagen distorsionada de la realidad.

Como quiera que el cronista parece ignorar la legalidad vigente que rige la actuación del organismo autónomo RTVE, se hace necesario recordar algunas nociones elementales con cita expresa de los preceptos legales.

Por supuesto, no se trata de analizar punto por punto la crónica en cuestión, pues eso exigiría muchas más páginas. Sólo nos vamos a ocupar de los temas más llamativos.

El patrimonio de R TVE, como el de todo organismo autónomo, forma parte del inventario general de bienes del Estado.

Dice EL PAÍS (jueves 24 de enero de 1980), subtitulando la «entrega» de ese día: «Las cuantiosas inversiones de RTVE no han generado su patrimonio propio.»

Si se quería dar la impresión de que RTVE despilfarra el dinero público, no puede elegirse titular más adecuado. Pero si se pretende informar honestamente, la rúbrica en cuestión es, por lo menos, desafortunada.

Se hace preciso nuevamente -como lo ha sido con frecuencia a lo largo de este informe- citar la legislación vigente, explicar conceptos elementales y recordar el momento de transición en que se encuentra el organismo.

Radiotelevisión Española -lo diremos una vez más- era hasta el 28 de noviembre de 1977 un simple órgano de la Administración del Estado, dependiente del entonces llamado Ministerio de Información y Turismo. Sus bienes. todos, son bienes del Estado.

En el BOE del 7 de noviembre de 1977 aparece un decreto (el 2750/77. de 28 de octubre) por el que RTVE se convierte en organismo autónomo. Tal conversión es posible -sin necesidad de ley- porque así lo autorizaba con carácter general la disposición transitoria 5.ª de la ley General Presupuestaria. Este decreto entró en vigor veinte días después: el 28 de noviembre de 1977.

El reciente Estatuto de la RadioTelevisión declara extinguido el anterior organismo autónomo, que se sustituye por una entidad de derecho público y tres sociedades estatales. Dicho Estatuto entrará en vigor el próximo día 2 de febrero.

El organismo autónomo. creado en noviembre de 1977. es una organización-puente entre la situación anterior y el nuevo planteamiento dado por las Cortes al tema de la radio y la televisión.

Pues bien, el decreto que crea esta organización-puente. cuya vida se preveía corta -y así ha sido: poco más de dos años-, no preveía la adscripción de bienes de ninguna clase a RTVE. En realidad no se decía nada sobre este punto, lo que confirma el carácter de transitoriedad con que nacía el organismo, pues de otro modo dicha adscripción no hubiera dejado de hacerse tal como exige la ley de Entidades Estatales Autónomas (artículo 6. número 3. letra D).

En todo caso, aunque se hubieran adscrito bienes, o aunque se hubieran adquirido todos, absolutamente todos, forman parte del Inventario General de Bienes y Derechos del Estado. Al respecto, debe recordarse que el artículo 6.º de la ley del Patrimonio del Estado dice que «el Inventario General de Bienes y Derechos del Estado radicará en el Ministerio de Hacienda, y comprenderá: 3.º Los bienes de los organismos autónomos, sin otra excepción que aquellos que hayan sido adquiridos con el propósito de devolverlos al tráfico jurídico patrimonial de acuerdo con sus fines peculiares, así como los adquiridos para garantizar la rentabilidad de las reservas que tengan que constituir el cumplimiento de las disposiciones por que se rigen».

Téngase presente. además, que el artículo 10 de la ley de Entidades Estatales Autónomas dice que «los bienes que el Estado adscriba a los organismos autónomos para el cumplimiento de sus Fines conservarán su calificación jurídica originaria», añadiendo que «los organismos autónomos que reciban dichos bienes no adquirirán su propiedad».

Pues bien, no obstante todo lo que se acaba de decir, según se dice en otra parte de este informe, RTVE tiene incorporado a la base de datos de sus servicios informáticos los expedientes de adquisición de inmovilizado, material e inmaterial, y los de materiales fungibles -repuestos, existencias, etcétera- desde la fundación del organismo autónomo RTVE hasta la fecha del 31 de diciembre de 1979, y todos los inmovilizados que utiliza y son propiedad del Estado en lo que a edificios, obras de mejora y caminos de acceso se refiere, no incluidos en el artículo anterior.

Así, pues, y resumiendo, los bienes que posee RTVE -aunque no sean de su propiedad, sino del Estado- están inventariados, se sabe a quién pertenecen y quién es su titular. No puede hablarse, por tanto, de un patrimonio inencontrable: está ahí, con dueño conocido y además está inventariado. Pero. claro, hay que leer la ley. Algunos, sin embargo, prefieren jugar a «recortar» papeles.

Los bienes inmuebles adscritos al organismo autónomo RTVE, en cuanto afectos a un servicio público, serían de dominio público y en cuanto tales estarían exceptuados de la inscripción en el Registro de la Propiedad.

Dice EL PAÍS (jueves 24 de enero de 1980), siguiendo el sistema ya aludido de «recortar» -en consecuencia, alterando el informe oficial a que hace referencia-: «El informe sigue tratando de concretar y profundizar en este tema de la composición del inmovilizado de RTVE y aporta los siguientes datos y opiniones: «En el momento de redactar este informe parece que, jurídicamente, no pertenecían en propiedad a RTVE ningún tipo de terrenos o bienes naturales. Los que utilizan para sus fines, unos son de instituciones locales, otros del Estado, organismos autónomos o incluso de particulares.»»

El artículo 1.º de la ley del Patrimonio del Estado dice que «los edificios propiedad del Estado en los que se alojen órganos del mismo tendrán la consideración de demaniales».

Pues bien, el artículo 5.º del Reglamento Hipotecario dice literalmente: «No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, quedan exceptuados de la inscripción: 1 Los bienes de dominio público a que se refiere el artículo 339 del Código Civil. ya sean de uso general. ya pertenezcan privativamente al Estado, mientras estén destinados a algún servicio público, al fomento de la riqueza nacional o a las necesidades de la defensa del territorio. 2. Los bienes municipales y provinciales de dominio y uso público conforme a la legislación especial … »

La adecuada comprensión de este precepto exige tener a la vista también el artículo 4.º del mismo Reglamento, al que se hace referencia, conforme al mismo. «serán inscribibles los bienes inmuebles v los derechos reales sobre los mismos, sin distinción de la persona individual o colectiva a que pertenezcan y, por tanto, los del Estado, la provincia, el municipio y entidades civiles o eclesiásticas.

Por último, el artículo 6º dice esto otro: «Si alguno de los bienes comprendidos en el artículo anterior o una de sus partes cambiare de destino y adquiríere el carácter de inscribible, se llevará a efectos su inscripción con arreglo a lo dispuesto en este Reglamento. Si un inmueble de propiedad privada, o parte del mismo, adquiere la naturaleza de alguno de los enumerados en el artículo anterior, se hará constar esta circunstancia por nota marginal.»

De estos preceptos resulta con toda claridad que los bienes de dominio público no tienen que inscribirse en el Registro de la Propiedad, están exceptuados de la inscripción.

La ley, del Patrimonio del Estado de 1964 no ha modificado esta normativa. Véase, por ejemplo, el artículo 42 de la misma, que se refiere sólo a bienes patrimoniales. según confirma su propia colocación sistemática.

Naturalmente, las valoraciones contenidas en el informe que el cronista se complace en «trocear» deben interpretarse en este marco legal. Si el cronista no conoce la legislación vigente, hay que calificar, por lo menos, de irreflexiva y peligrosa audacia la de dogmatizar en este asunto. Si la conoce, entonces la calificación de su actuación debe ser bastante más grave, sin duda.

El alquiler de edificios es práctica usual en la Administración pública.

Sigue diciendo el cronista de EL PAÍS, sin renunciar a la técnica del «recorte»: «Después de señalar los interventores la ausencia de una política clara de inversiones en RTVE, pasan a plantear la situación del equipamiento técnico, que califican de claramente insuficiente, a pesar de la política de despilfarro que ha caracterizado el gasto del organismo en toda su historia. Como hechos para confirmar esa insuficiencia aportan los siguientes: «La gran cantidad de inmuebles alquilados, cuyo coste el pasado año estaba presupuestado en 158 millones de pesetas. Esta situación no tiene más explicación que la penuria y desorden de las dotaciones presupuestarlas para inversiones.»»

Pues bien, esto que tanto parece escandalizar al cronista es práctica usual en la Administración pública, que, ante el crecimiento desorbitado de los servicios públicos, ha visto ampliamente desbordada la capacidad de su activo inmobiliario.

Probablemente sería de desear que se construyeran más edificios públicos e incluso puede admitirse que esto supondría a plazo más o menos largo una economía de medios.

Pero es evidente que esta situación no puede en ningún caso imputarse a RTVE. Los problemas generales exigen soluciones generales, que nunca puede adoptar un organismo que debe ajustarse a un presupuesto aprobado por otro órgano extraño a él.

Contratación patrimonial

Radiotelevisión Española ajusta su contratación patrimonial a lo previsto en la ley de Contratos del Estado y en el Reglamento General de Contratación.

El diario EL PAÍS hace una serie de afirmaciones relativas a la contratación patrimonial a través de las que puede obtenerse la falsa impresión de que RTVE actúa al margen de la legislación vigente.

Se hace necesario salir al paso de las más llamativas de esas inexactas afirmaciones, lo cual no puede hacerse sino argumentando precisamente desde esa legalidad. Al respecto, importa tener presente. porque esa normativa se cumple estrictamente por parte de RTVE, que:

a) La contratación administrativa, a la que debe ajustarse la Administración del Estado, se regula por la ley de Contratos del Estado, de 8 de abril de 1965, modificada parcialmente por la ley 5/ 1973. de 17 de marzo, y su Reglamento General, de 25 de noviembre de 1975.

b) En virtud de lo dispuesto en la disposición final segunda de la ley de Contratos del Estado, el Reglamento General de Contratación es de aplicación directa a los organismos autónomos regulados por la ley de 26 de diciembre de 1958. entre los que se encuentra incluido RTVE, según real decreto 2750/1977, de 28 de octubre.

c) Por orden del Ministerio de Cultura de fecha 31 de marzo de 1978 (BOE del día 26 de abril). se creó la Mesa de Contratación del Organismo autónomo RTVE y la correlativa Junta de Compras. con las competencias que se especifica en los artículos 2.º y 3.º de la citada disposición, es decir, convocatoria de todas las licitaciones una vez concluso el expediente de contratación y ordenada la apertura del procedimiento de adjudicación.

d) Conforme al artículo 1.º de dicha orden, la composición de la Mesa es la siguiente:

Presidente: el director general de Radiodifusión y Televisión o la persona en quien delegue.

Vicepresidente: el director de Administración y Finanzas.

Vocales: un representante de la dirección de Radio Nacional de España, un representante de la dirección de Televisión Española, un representante de la dirección técnica de RTVE, el abogado del Estado, el interventor delegado de la Intervención General de la Administración del Estado.

Secretario: un funcionario de carrera designado por el director general del organismo autónomo.

Cuando la naturaleza de determinados contratos lo aconseje, el presidente de la Mesa podrá convocar otros dos vocales en representación de los servicios afectados por dichos contratos.

También asistirá a las reuniones de la Mesa en calidad de asesor un representante de la Oficina de Supervisión de Proyectos del Ministerio de Cultura.

Nótese ya que forman parte de la Mesa -según exige la legislación vigente- un abogado del Estado y el interventor de Hacienda.

e) La composición de la Junta de Compras, cuya misión es intervenir en la contratación de bienes consumibles o de fácil deterioro por el uso, es la misma de la Mesa, con la única particularidad de que -tal como prevé también la legislación vigente- el abogado del Estado y el interventor sólo deben concurrir cuando la Junta actúa como Mesa, aunque en realidad en RTVE tanto las reuniones de Mesa como las de Junta cuenten con tales asistencias.

f) No existe, pues, en RTVE, ningún otro procedimiento de contratación de obras y suministros que el regulado en la ley de Contratos del Estado y su Reglamento, y desde la iniciación del expediente hasta su adjudicación definitiva por el órgano de contratación se cumplen paso a paso todas las fases establecidas en la vigente legislación.

g) El artículo 247 del Reglamento de Contratación establece que los contratos de suministros se adjudicarán ordinariamente mediante el procedimiento de concurso, enumerando a continuación los supuestos en los que podrá tener lugar la contratación directa. Tanto la Mesa de Contratación como la Junta de Compras de RTVE, dentro del ámbito de las competencias atribuidas por la orden ministerial de su creación e insertas en la legislación contractual, cumplen a raja tabla los trámites a seguir en los diferentes procedimientos de contratación establecidos en el Reglamento General de Contratación, según se probará inmediatamente.

h) Antes hay que recordar, sin embargo, que las formas de adjudicación previstas en el artículo 92 del Reglamento General de Contratación son las siguientes:

1.º Subasta.

2.º Concurso-subasta.

3.º Concurso.

4.º Contratación directa.

Si se trata de suministros, según dispone el artículo 247 del citado Reglamento, la forma de adjudicación es la siguiente:

– Concurso (procedimiento ordinario).

– Contratación directa.

En este punto conviene recordar que mientras en la subasta se tiene en cuenta únicamente el principio de adjudicación al mejor postor, en el concurso han de valorarse conjuntamente con aquel criterio cualquier otro que se considere oportuno a fin de que la contratación resulte más favorable a los intereses públicos.

i) En cuanto a la actuación de lMesa, hay que decir que si el procedimiento seguido ha sido el de subasta, una vez cumplidos los requisitos de publicidad exigidos en la ley. adjudicará el contrato con carácter provisional al mejor postor, elevando la correspondiente propuesta para su adjudicación definitiva por la autoridad competente.

Tratándose de concurso-subasta, la Mesa eleva a la autoridad competente la propuesta de admisión previa de oferentes a la subasta, excluyendo los que no cumplan las normas de la convocatoria Y pasándose a la sustanciación del acto con los admitidos, según las normas de la subasta.

Cuando el sistema seguido sea el de concurso, la Mesa, absteniéndose de hacer adjudicación provisional, procederá a la apertura de las proposiciones presentadas, elevándolas con el acta y las observaciones pertinentes a la autoridad que haya de verificar la adjudicación del contrato.

Si se trata del procedimiento de contratación directa, por ser de aplicación lo dispuesto en el artículo 247 del Reglamento General de Contratación, se solicitarán ofertas de tres o más presuntos empresarios relacionados con el objeto del contrato, dejando constancia de todo ello en el expediente.

Las consideraciones precedentes -aunque evidentemente elementales- se hacen necesarias para orientar al lector de buena fe, sin preparación específica en estas materias, en definitiva «el hombre de la calle», a fin de que pueda calibrar en toda su fuerza los razonamientos que a continuación se hacen sobre problemas e Incluso expedientes concretos aludidos por EL PAÍS y, en su caso, apostillados por el mismo diario con comentarios cuya carencia de fundamentación quedará puesta de manifiesto inmediatamente.

Insistimos en que, por razones de brevedad, vamos a prescindir de refutaciones pormenorizadas ante el cúmulo de imputaciones que, de forma más o menos encubierta, se hacen en las páginas del diario en cuestión. Vamos a examinar sólo algunos de esos temas, de forma que el lector podrá extraer las oportunas consecuencias y formar su propia opinión sobre una serie periodística cuyas motivaciones últimas al más lerdo se le alcanza que desbordan el simple cumplimiento del deber de informar al público.

No es cierto que RTVE prescinda normalmente del concurso optando por la contratación directa. Lo cierto es exactamente lo contrario: que usualmente se contrata por concurso y sólo excepcionalmente se recurre a la contratación directa.

Dice EL PAÍS (domingo 20 de enero de 1980): «En Radiotelevisión Española la compra o adquisición por concurso típica en toda la Administración y organismos públicos es lo excepcional frente a habituales compras por contratación directa.»

Pues bien, ningún argumento más elocuente que el de las cifras para rebatir tan inexacta afirmación.

Durante el año 1978 se llevó a cabo la contratación de obras y suministros, bien sea mediante contratación directa o haciendo uso del procedimiento de concurso, en las cuantías siguientes: contratación directa, 355.103.886 pesetas; concursos o subastas, 854.345.300 pesetas. O sea, que el importe contratado durante 1978 por concurso o subasta excede en casi quinientos millones de pesetas (exactamente 499.241.414) a lo gastado por el sistema de contratación directa.

Durante el año 1979 el monto de con tratación de obras y suministros llevado a cabo por RTVE fue el siguiente: contratación directa, 552.044.996 pesetas; concursos, concursos-subastas o subastas, 2.957.349.338 pesetas. Es decir, que en 1979 la contratación por concurso o concurso-subasta o subasta superó en casi 2.500 millones de pesetas (exactamente 2.405.304.342) a la contratación directa. Pero, además, en este año hay que tener en cuenta que casi la mitad del gasto por contratación directa (exactamente 259.856.570 pesetas) se refiere al expediente 23/1979 (de que luego se hablará), cuya contratación urgente fue autorizada por el Consejo de Ministros a la vista del incumplimiento del anterior contratista.

Las recepciones de obras y suministros se hacen cumpliendo exactamente las previsiones de la legislación vigente, entre ellas la presencia de la Intervención Delegada de Hacienda o su representante.

Dice EL PAÍS (viernes 25 de enero de 1980): «Numerosas mercancías ni siquiera pasan físicamente por un almacén. En numerosos casos, además, se simula una entrada y una salida simultánea de un almacén, y con esto se considera la operación de recepción formalizada.»

Pues bien, la realidad es que RTVE, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Contratación del Estado (articulo 262), viene efectuando las recepciones, tanto de obras como de suministros, dentro del marco de la más estricta legalidad.

Las mercancías entran, en concepto de depósito, en el almacén general técnico de TVE, las cuales son comprobadas por los servicios técnicos, y expiden un certificado de que los bienes cumplen con las condiciones exigidas en los correspondientes pliegos de prescripciones técnicas.

Previamente a la entrada de los bienes en el almacén, RTVE solicita a la Intervención General de la Administración del Estado la designación de un representante para que asista a la recepción de la mercancía, es decir, se cumple con los postulados establecidos en el articulo 262 del Reglamento de Contratación, cuando se trata de suministros, y del artículo 170, si se refiere a obras.

Al acto de recepción provisional asisten las personas siguientes: el representante de la Intervención General, el representante de la unidad que ha comprobado las mercancías, el representante del órgano de contratación y el de la casa suministradora.

Una vez recibidos formalmente los bienes, son entregados al servicio correspondiente, observándose durante el plazo de garantía previsto en el pliego de prescripciones técnicas si aquéllos son aptos para el fin pretendido.

Análisis de algunos de los expedientes expresamente citados por EL PAÍS

Expediente 23/79. Dice EL PAÍS (jueves 24 de enero de 1980): «El expediente 23/79, por importe de 259.856.570 pesetas, destinados a la adquisición de cuatro transmisores de UHF y dos de VHF, no puede menos que calificarse de anormal, a la vista de lo siguiente: este gasto no está previsto en el plan de inversiones para 1979. Parece excesivo que a principio del ejercicio no sirva el plan. ¿Qué pasará al final? Por razones de urgencia se ha aprobado la forma de contratación directa y no la de concurso. No se comprende la urgencia de estas seis emisoras. En el expediente no se citan los emplazamientos de las emisoras ni las características y coste de la instalación, lo cual infringe las normas legales. En la fecha de iniciación del expediente (febrero pasado) aún no se ha resuelto el litigio sobre otro expediente de compra de emisoras (el 346/75). Parece más lógico esperar la rescisión del contrato antiguo antes de tomar decisiones sobre el nuevo.»

En relación con este expediente, basta decir:

a) Que el Consejo de Ministros, en su reunión de 18 de enero de 1979, autorizó a RTVE para contratar directamente, por razones de urgencia, el material objeto del mismo.

b) Que el expediente en cuestión fue fiscalizado por la Intervención General del Estado, en 4 de junio de 1979.

e) Que a la vista de las proposiciones presentadas, la Mesa, en 27 de julio de 1979, acordó pedir informe -previo a la adjudicación- a loe servicios técnicos de RTVE y del asesor representante de la Oficina de Supervisión de Proyectos de la Subsecretaría del Ministerio de Cultura.

d) En su reunión de 28 de diciembre de 1979, la Mesa de Contratación realizó la adjudicación, dividiéndola por partidas, a diversos ofertantes, debiendo destacarse que, según consta en el libro de actas, ello se hizo por unanimidad y después de amplio debate. Literalmente, se dice: «La Mesa, oídos los referidos informes y después de escuchadas las explicaciones aclaratorias a los mismos, formuladas por los servicios técnicos de RTVE y del asesor de la Oficina de Supervisión de Proyectos del Ministerio de Cultura, asistentes al presente acto, procede al examen de las proposiciones recibidas, objeto del suministro. Después de un amplio debate, y teniendo en cuenta, asimismo, los informes evacuados por los ingenieros que realizaron visita de inspección a las instalaciones de las firmas Piher Electrónica, SA, y Equipos Electrónicos, SA, de conformidad con el acuerdo tomado por esta Mesa, en sesión celebrada el día 13 de diciembre de 1979, al amparo de lo establecido en los artículos 88 y 89 de la ley de Procedimiento Administrativo, la Mesa acuerda, por unanimidad, proponer a la superioridad las siguientes adjudicaciones: … »

Esto, por lo que respecta al expediente 23/79. Nadie podrá ver frivolidad, alegría o despreocupación por los intereses públicos en las actuaciones descritas. Todo lo contrario: escrupulosa aplicación de los preceptos legales, presencia de los órganos máximos de la Administración, tal como en razón a la cuentía exige la ley, y, finalmente, participación de los órganos técnicos correspondientes, cuya opinión -aún no siendo preceptiva- se pide, y se valora después y se tiene en cuenta.

Por lo que respecta a la espera que el cronista de EL PAÍS sugiere -«aún no se ha resuelto el litigio sobre otro expediente de compra de emisoras (el 346/75)»-, hay que decir:

a) Que la resolución propuesta por RTVE de este contrato lo ha sido previo informe favorable del Consejo de Estado.

b) Que la resolución corresponde firmarla al Ministerio de Cultura, que es, además, quien la notifica.

c) Que pueden transcurrir varios años hasta que, después de agotada la vía administrativa, en su día la organización judicial resuelva el litigio en cuestión.

No se ve por ninguna parte que haya, por parte de RTVE, incorrección jurídica alguna, sino que, además, su propuesta aparece respaldada por el más alto órgano consultivo de la Administración: el Consejo de Estado.

Expediente 54/77. Dice EL PAÍS (jueves 24 de enero de 1980): «Se alude también a rescisiones de crontratos a los cinco años de su formalización por incumplimiento, así como a hechos curiosos (expediente 54/77), que supusieron la rescisión de un contrato a un suministrador extranjero para adjudicarlo a uno nacional (protección a la industria nacional), que luego no cumplió y obligó a recurrir al primer suministrador, que estableció condiciones mucho más onerosas.»

El expediente aludido, 54/77, tenía por objeto la adquisición de ocho magnetófonos profesionales para los estudios de TVE.

Pues bien, las incidencias producidas en este expediente son exactamente éstas:

a) El contrato se sacó a contratación directa, según autoriza el artículo 247 del reglamento general de contratación, por ser el importe inferior a 3.000.000 de pesetas, solicitándose las ofertas que exige el último párrafo del mismo artículo.

b) La adjudicación se hizo en 1 de junio de 1977 a Telco, SL, único oferente, siendo el material ofertado de procedencia extranjera.

c) El artículo 10 de la ley de Ordenación y Defensa de la Industria, de 24 de noviembre de 1939, exige en estos caso autorización del Ministerio de Industria, el cual la denegó en base a que existía posibilidad de suministro por fabricantes nacionales, citando expresamente el certificado de productor nacional concedido a don José María Maldonado Nausia, quien se halla incurso en la prohibición 5.º del artículo 23 del Reglamento General de Contratación del Estado, al haber sido resuelto en firme contratos con RTVE.

d) Así los hechos, se solicitó dictamen en asesoría jurídica de RTVE, que informó en el sentido de que procedía resolver el contrato suscrito con Telco, SL, ante la desestimación de la petición de RTVE al Ministerio de Industria para importar los magnetófonos, criterio compartido por la Intervención Delegada de Hacienda en el Ministerio de Cultura.

e) En virtud de lo expuesto, se dictó orden ministerial en 31 de mayo de 1978, resolviendo el contrato de referencia.

Ninguna actuación ilegal ni fraudulenta, ni siquiera anómala por parte de la Administración. Cumplimiento estricto de la ley y ejercicio de unos poderes discrecionales por quienes legalmente los tienen atribuidos. Nada más.

Los hechos posteriores son los siguientes:

a) Se inicia nuevo expediente, que ahora es el 313/78. De las diez ofertas solicitadas sólo contestaron cuatro empresas con las siguientes ofertas:

b) La Junta, a la vista de las citadas proposiciones, acuerda que las mismas pasen a informe del asesor, representante de la Oficina de Supervisión de Proyectos de la Subsecretaría- del Ministerio de Cultura y de los servicios técnicos de RTVE.

e) El director técnico de RTVE emitió informe, que fue conformado por el asesor de la Oficina de Supervisión de Proyectos. En dicho informe «se llega a la conclusión -extensamente razonada- de que el material ofertado por Telefunken Ibérica, SA-, Diseños y Prototipos Industriales, SA, y Neotécnica, SAE, incumplen el pliego de condiciones. Estas circunstancias conducen a estimar como más conveniente la oferta presentada por la firma Telco, SL» (así consta en el libro de actas, sesión correspondiente al día 30 de diciembre de 1978).

d) El adjudicatario obtuvo la preceptiva rectificación de licencia de importación, número 6040321, por lo que el material ofertado pudo ser entregado y recepcionado.

En conclusión, los ofertantes nunca han sido extranjeros, sino empresas españolas ofertando material de procedencia extranjera, el cual ha de ser importado por el adjudicatario cumpliendo determinados requisitos.

Expediente 203/78. Dice EL PAÍS (jueves 24 de enero de 1980): «Según el expediente 203/78, se adjudicó por parte de Radiotelevisión Española a Neotécnica, SAE, intermediario y vendedor de equipos electrónicos y de imagen, el suministro de equipos de cámaras de color, por importe de 234.915.916. El precio FOB (entregado en origen) de dicho suministro por parte del vendedor extranjero no excedería de los 142 millones (el 60% del pagado por RTVE a su suministrador). Al añadir a este precio los gastos de aduanas, transporte, despacho y seguro, calculados éstos con holgura, el precio total de compra de esos equipos sería 205.300.000 pesetas. Es decir, el contrato a través de Neotécnica ha supuesto una diferencia bruta, en una sola operación, de al menos 29.600.000 pesetas, naturalmente en exceso. »

El diario en cuestión olvida, o no conoce, o no le interesa conocer, lo siguiente:

a) Que el contrato en cuestión se sacó a concurso público, según exige el artículo 247 del Reglamento General de Contratación. apareciendo los correspondientes anuncios en el BOE, número 149, de 23 de junio de 1978, en el diario A be, de 29 de junio de 1978, y en el diario Diario 16, de 28 de junio de 1978.

b) En razón a su cuantía -297.896.000 pesetas-, su celebración fue autorizada por el Consejo de Ministros en un acuerdo de 12 de junio de 1978. según exige el artículo 21 del Reglamento de Contratos.

c) Que en el correspondiente pliego de condiciones se permite expresamente la concurrencia de extranjeros (cláusula 6.ª) in fine.

d) Que no concurrió directamente ninguna empresa extranjera, las cuales siempre concurren mediante su concesionario exclusivo, y ello no sólo porque así viene impuesto por el correspondiente contrato de concesión exclusiva, sino porque a las empresas extranjeras les resulta más favorable, ya que el concesionario importador paga a aquéllas en el acto.

e) Que antes de la adjudicación, la Mesa solicitó informe de la dirección técnica de RT`VE y del asesor técnico de la Mesa, representante de la Oficina de Supervisión de Proyectos del Ministerio de Cultura.

f) Que, a la vista de los correspondientes informes, se acordó «la adjudicación a la firma Neotécnica, SAE, para el suministro de cadenas de cámara de color, según las características detalladas en su oferta (alternativa B), por un importe total de 234.915.916 pesetas, por ser la más económica entre todas las que cumplen el pliego de condiciones y por ofrecer indudables ventajas de explotación para TVE, según se detalla en el anexo número 3, incorporado a los informes técnicos evacuados por la comisión constituida por catorce responsables expertos en el tema dentro de la subdirección de TVE (medios técnicos y de operación), dictamen este refrendado por el director técnico de RTVE». Con estas palabras consta en el libro de actas, sesión correspondiente al 20 de septiembre de 1978.

En resumen, RTVE no ha hecho sino cumplir escrupulosamente lo que manda la legislación vigente.

Pero debe hacerse constar, además, que las ofertas presentadas fueron las siguientes:

A la vista de esta relación resulta con toda claridad que el erario público se ha ahorrado, al adjudicar el contrato en 234.915.916 pesetas, la cantidad de sesenta y dos millones cincuenta y cuatro mil ochocientas cuatro pesetas, que es la diferencia con la mayor de las ofertas presentadas, concretamente la de Piher Electrónica, SAE (alternativa B).

De los expuesto resulta la total adecuación a derecho de RTVE en la materia de patrimonio y contratación patrimonial

Los apartados precedentes -hechos, cifras, textos legales, datos y más datos- ponen de relieve cómo la realidad de RTVE difiere también en esta materia de la que el cronista de EL PAÍS describe pretendiendo apoyarse en un informe oficial, troceado, recortado, distorsionado a capricho.

Se podrían, por supuesto, aportar muchos más datos. Por ejemplo, especificar en qué casos se ha pedido la opinión de la Junta Consultiva de Contratación del Ministerio de Hacienda en temas que exigían una solución general, etcétera. Pero el lector de buena fe tiene ya material abundante en lo que precede para calibrar en su exacta dimensión cuál es el proceder real de RTVE en contratación y patrimonio.

03 Febrero 1980

La realidad de Radiotelevisión Española

Fernando Arias Salgado

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LAS INVERSIONES DE 1980

El informe publicado por EL PAÍS hace referencia a la insuficiencia de equipamiento que padece RTVE (24-1-1980). Evidentemente. el informe no descubre nada nuevo, ya que es delo dominio público, y se viene reflejando en la prensa. la situación de penuria en la que se desenvuelve TVE en lo que respecta a medios técnicos y que tiene también su reflejo en la red, donde la cobertura delo primer programa (VHF) presenta importantes lagunas y donde el segundo programa (UHF) sigue sin verse en buena parte delo país.Las inversiones de RTVE

Tal situación es totalmente lógica si se pasa revista a las cifras de los últimos años en materia de inversión, cifras que son tanto más reveladoras cuando se comparan con las que manejan, por ejemplo, la RAJ y la Televisión Francesa. En 1979 el capítulo de inversiones de RTVE, que abarca RNE, TVE y la red. alcanzó como cosa excepcional los 2.015 millones de pesetas. El año anterior habían sido 1.087, y en 1977, 1.036. Y así sucesivamente en orden decreciente hasta los 621 millones de 1972. En 1977 la RAI invirtió 6.200 millones-, en 1978, 9.500, y el pasado año superó los 10.000 millones, cifra similar a la invertida por la TDF y las dos cadenas francesas, que fue de 10.600 millones. En resumen: que en un solo año las televisiones de Francia y de Italia invirtieron cada una de ellas más que RTV E en los últimos años.

La consideración de las cifras arriba indicadas es fundamental a la hora de juzgar el estado actual de los medios técnicos de TVE y el uso que de los mismos se hace. Es también imprescindible dicha consideración antes de analizar la actuación de los responsables del área técnica de TVE.

Los planes de inversión

La insuficiencia de consignación presupuestaria para atender a la renovación y ampliación de los equipos e instalaciones técnicas de TVE no ha sido motivo suficiente para que no se haya realizado una planificación adecuada, que comtemplara un cambio radical de la situación hasta poner a TVE al nivel técnico que le corresponde. Los dos planes existían -Y existencuando se realizó el informe que publiea. de forma parcial y confusa. EL PAÍS. Efectiva mente, y tal como se señala, existe un plan de renovación de. los medios técnicos de TVE para el cuatríenio 1979-1982. Lo que es inexacto es la afirmación de que dicho plan se Incumplió ya desde el primer semestre de 1979. Lo que ocurre es. naturalniente. que los planes deben ajustarse a las disponibilidades presupuesta rias. y en este orden de cosas cabe decir que el capítulo de inversiones pitra 1979 se ha gastado íntegramente Y, además, en función de necesidades acuciantes también, anualidades que la ley pernilte cargar sobre e ercielos venideros. De estas inversiones se han destinado a niejorar y anipliar la red más de setecientos nullones de pesetas en transmisores de VHF y UHF.,

En lo que respecta a los niedios técnicos de TVE. el citado plan persigue los siguientes objetivos: 1. Reposicion de niaterial. 2. La autosuficiencla de nicollos para la producción actual. Y 3. La ampliación, renovación o construcciáin de nueva planta de las instalaclones que en Madrid. Barcelotia y deniás províncías españolas dernanda la propia dinártilca del medio.

La renovación de los medios

Dice EL PAÍS que en TVE se desconoce el concepto de reposición. Pero el citado plan contempla la reposición de los equipos técnico, bajo una doble vertiente: la motivada por la Inevitable vejez en los niateriales y la causada por la obsolescencia de los equipos. Se conoce perfectamente cuándo un equipo debe ser renovado se sabe el riesgo) que se corre cuando un equipo supera las horas de vida media que le marca el propio fabricante, pero, desgraciadamente, las disponibilidades presupuetarias no siempre -mejor dicho. casi nunca- permiten la sustitución a su debido tiempo. En cuanto a la obsolescencia. los responsables del área técnica de TVE hacen cuanto está en su mano, dentro de -repetimos- las posibilidades presupuestarias, para dotar a los demás servicios que lo requieren de los medios más modernos y más adecuados a las funciones que deben realizar. En ese orden de cosas se inscribe el plan de sustitución de los equipos de blanco y negro en el Centro de Producción de Prado del Rey por moderno material para televisión en color, operación que está a punto de concluir. Con cargo al presupuesto de 1979 se ha abordado la dotación de equipos para color con destino a los centros regionales y el suministro de modernos medios técnic.os para «períodismo electrónico» para los servicios informativos.

El equipo sustituido se da de baja en inventario -contra lo afirmado por EL PAÍS, sí hay in-ventarlos- según la normativa legal establecida para estos casos. El material que todavía está en uso se remite al Instituto Ofid al de RTV para ser utilizado con fines didácticos.

Hacia la autosuficiencia de medios técnicos

En cuanto a los medios directamente vinculados con la producción de programas, el plan se orienta a la autosuficiencia, aunque este es un concepto que conviene matizar. En el de EL PAÍS se hace reiterada alusión a medios que se alquilan cuando sería más económico adquirirlos. A este respecto cabe puntualizar que se producen dichos alquileres únicamente en dos circunstancias: cuando su utilización es, esporádica y, por tanto, la adquisición sería una alternativa antieconómica frente al alquiler y, en segundo lugar, cuando se produce una incidencia que exige una demanda de satisfacción inmediata de tales medios que hay que satisfacer mientras se cursa el oportuno expediente de adquisición porconcurso público. Cuando la repetida utilización de unos medios inusuales o la previsión de determinadas producciones que los van a exigir en permanencia lo hacen aconsejable, se pasa del alquiler a la compra. El propio informe de EL PAÍS cita varios ejemplos de alquileres: accesorios y objetivos especiales de dieciséis mm. accesorios cámaras sonoras formato 35 mm, accesorios cámaras insonoras formato 35 mm. cámaras de alta velocidad de 35 mm, trípodes fluidos de dieciséis y 35 mm. Pues bien, como TVE sólo esporádicamente produce en 35 mm. resulta más económico alquilar todos los accesorios Y comple nientos referidos a equipos para dicho formato. En cambio, todos los que hacen referencia al formato de dieciséis mm se ha llegado a la conclusión de que resulta rentable adquirirlos en propiedad. En este orden de cosas, y con cargo al presupuesto de 1979, se han cursado los correspondientes expedientes para la adquisición de cámaras de alta velocidad de dieciséis mm, trípodes fluidos, accesorios y objetivos para cámaras de dieciséis mm, etcétera.

Ampliación y creación de centros de producción

La ampliación de los centros de producción existentes y la creación de otros nuevos en función de la regionalización de TVE es objetivo que también persigue el plan cuatriertal de referencia, besaraciadamente se trata de unos objetivos que suponen un volumen mayor de inversión. De todos modos, operaciones como la de ampliar las instalaciones de Prado del Rey tienen un carácteter prioritario con objeto de eliminar algunas situaciones aparentemente anómalas denunciadas por EL PAÍS: alquiler de Estudios Roma, alquiler de salas de montaje, insuficiencia y dispersión de almacenes, etcétera. Se puede argurnentar que por qué no se ha abordado antes el problema. La respuesta es muy sencilla: la parcela de Prado del Rey tenía agotadas sus posibilidades legales de edificación. Ahora, con la aprobación del Plan Parcial de Pozuelo de Alarcón. existe un remanente de edificabilidad que seva a utilizar para solucionar todas estas insuficiencias.

Cómo se deciden las inversiones

Hace también referencia el informe publicado en EL PAÍS un juicio de yalor sobre quién determina la distribución de los créditos para inversiones, quién decide la puesta en marcha de los correspondientes de gastos. Existe un Comité Técnico, que preside el director técnico de RTVE, que analiza las peticiones razonadas de las distintas áreas técnicas. fundamentalmente RNE. TVE Y red de RTVE. En función de dicho análisis se hace la distribución del presupuesto de inversiones y se marcan las correspondientes prioridades. Después. cada responsable de área técnica instrumenta la confección y la puesta en marcha de los oportunos expedientes de obras o adquisiciones.

Aparte del capítulo para inversiones existen otros dos conceptos presupuestarios que afectan el área técnica: el 3.4.1. que ampara la adquisición de repuestos y pequeño material de mantenimiento, y el 3.4.1 que cubre las obras en edificios propios. La distribución de ambos entreTVE, RNEy la red, también es función delo Comité Técnico. En lo que respecta a la adquisición de componentes, repuestos de poca cuantía y pequeno material para mantenim lento, dada la índole de las necesidades que persigue atender, se establece un procedimiento muy ágil para disponer las adquisiciones correspondientes. sin apartarse por ello de la normativa legal vigente. Para pequeñas compras, hasta 5.000 pesetas. se procede a la adquisición directa, mientras que para cantidades superiores, y hasta las 100.000 pesetas. es preciso el concurso de tres ofertas distintas, de distintos suministradores. Para cantidades superiores se procede como está exigido por la ley a la convocatoria del oportuno concurso público.

Hay en el informe de EL PAÍS veladas insinuaciones sobre las adquisiciones de material fungible, y una referencia. explícita al tema del reacondicionamiento de las cabezas de vídeo. Aunque las adquisiciones y contrataciones de servicio relativos, a este punto cargan sobre un subconcepto del capítulo general que en el presupuesto ampara los gastos de funcionamiento, el procedimiento es el mismo que se sigue para la adquisición de equipo técnico, es decir, el concurso público.

El propio periódico EL PAÍS ha publicado anuncios de concursos para TVE de material magnético perforado, productos químicos para el laboratorio de revelado de películas. El volumen total de dichos consursos ha supuesto en el año 1978.236.810.006 pesetas, y en el año 1979, 431.085.159 pesetas.

El informe publicado en EL PAÍS dedica especial atención al tema del reacondicionam lento de las cabezas de vídeo Y audio. Y sin ningún rigor ni fundamento se señala que TVE podría obtener hasta un 40% de ahorro si contratara directamente con las casas extran ieras dedicadas a tales servicios No se entiende bien cómo propone hacer las cosas EL PAÍS para contratar directamente con las.mencionadas cmpresas sin conculcar eravemente la ley de Contratos del Estado. Todos los responsables de TVE esperan delo nuevo marco jurídico del medio la fórmula que les permita contratar adquisiciones v servícios sometiéndose exclusivamente al derecho privado sin renunciar por ello a toda clase de controles, vigilancia, porque están seguros de obtener mejores suministros y a mejores precios. No obstante, en la medida en que la normativa viqente les abre la más mínima posibilidad la aprovechan y a ese respecto el punto concreto de reacondiciona m lento de cabezas de vídeo es altamente revelador. En el momento en que se ha roto el monopolio de hecho de las firmas que representaban a España en exclusiva a los fabricantes de los equipos cuyas cabezas era preciso reacondicíonar el concurso público ha dado por resultado) un abaratamiento sustancial de la operación como consecuencia de la concurrencia de ofertas. Para muestra basta con señalar que. como resultado de los concursos celebrados en 1979. para determinado tipo de máquinas y, para un mismo número de horas de garantía. se ha pasado. por ejemplo. de las 215.150 pesetas, pagadas en 1978, a 152.200 pesetas. pagadas ahora para el mismo servicio a la lirma Neotécnica. SA. La reducción en mayor o menor cuantía se ha producido también en otros tipos de máquina y cabeza.

Almacenes y archivos

El capítulo de almacenes y archivos merece también en el informe transcrito de EL PAÍS una atención especial con unas conclusiones verdaderamente dispares. Unidades como el almacén general técnico y la videoteca, reciben «un merecido elogio. En cambio, otras unidades, como la filmoteca, no merecen tal suerte. No se recoge en el informe ninguna consideración previa sobre las graves insuficiencias de espacio y de otro orden que afectan a todas estas unidades y que hacen más dificil y por ello más meritoria la labor de sus responsables respectivos. Como parece que las censuras se centran en la filmoteca y en los depósitos de originales de programas filmados, hay que hacer sobre tal particular las oportunas precisiones. Se cita. por ejemplo, el archivo de la serie El hombre y la Tierra. A este respecto hay que afirmar rotundamente que el material se encuentra perfectamente controlado y conservado. Los originales de imagen y sonido óptico se hallan depositados en el laboratorio Fotofilm, Madrid, siendo dicha empresa responsable del mismo. Las distintas bandas de sonido, incluyendo el sound-track internacional y las mezclas originales. se encuentran en la filmoteca de TVE. El hecho de que los originales de imagen, así como los descartes y el negativo de sonido se encuentren depositados en un laboratorio privado es práctica normal en la industria del cine por más que el hecho sorprenda a los autores del reportaje. TVE lo practica, no porque sea norma habitual, sino porque es la única forma de garantizar su conservación en buenas condiciones técnicas y el menor coste de las copias. Si TVE depositara en su filmoteca los originales de cada serie que se encuentra en activo debido a su comercialización o venta, sería necesario cada vez

lo que se precisa la obtención de una copía, que el laborator, o seleccionado procediera a la repetición de procesos tales como la preparación, repaso y etalonaje, no haciéndose cargo de las consecuencias que para el original hubiera representado el tráfico entre el laboratorio y la filmoteca: ensuciamiento de la película, rayas, etcétera. Si el mater, al permanece en depósito en el laboratorio de- que se trate. TVE sólo tiene que pagar ta tarifa de «tiraje de copia». corriendo a cargo de diélto laboratorio cuantos procesos sean necesarios. desde la conservación hasta el tiraje. para asegurar una copia en perfecto estado técnico.

Otro aspecto técnico muy importante que hace aconsejable dejar los originales depositados en el lugar donde vaya a procederse al tiraje de la copia, es lo delicado de la conservación del material, que es muy sensible a los cambios de humedad relativa del aire. y de la temperatura ambiente. El transporte frecuente y su manipulación perjudicaría en este orden de cosas al material mientras que en el laboratorio donde se auardan existen unas dependencias perfectamente acondicionadas a las necesidades apuntadas. El hecho comentado en relación con el programa El hombre y la Tlerra es extensible a muchos otros programas. Efectivamente, hay mucho material depositado en laboratorios privados. pero la filmoteca de TVE conoce perfectamente todos los datos relativos a los originales de su propiedad, tanto los que están en las dependencias de TVE como en dependencias ajenas desde 1971 hasta hoy. Y no sólo qué programas – se poseen ni dónde están, sino también todos los datos que deban conocerse para tener un cabal conocímiento de las circunstancias que puedan interesar a TVE sobre el particular.

La forma de operar productora-laboratorio-distribución funciona de acuerdo a las siguientes premisas:

– El laboratorio se considera depositario Y responsable del material negativo (independiente de cualquier póliza de seguro que la productora tenga).

– El laboratorio abre una ficha por cada negativo Y anota en la misma todos los datos ¿el programa (propietario. fechas. etcétera), así como las copias v destinatarios.

El laboratorio no tira ninguna copla sin orden expresa del propietario en la que se expresa el destinatario.

– El laboratorio factura al destinatario. salvo orden contraria del propietario.

La inconsistencia del informe de referencia en este punto concreto de las filmaciones se pone de manifiesto cuando dice: «Las filmaciones de España, siglo XX, de gran valor histórico, están, al parecer, almacenadas en otro organismo.» El «otro organismo» es No-Do. propietaria del material original que sirvió de base para la confección de dicha serie.

Sorprende que el informe publicado por EL PAÍS dedique tan poca atención a una unidad tan compleja como la de medíos artísticos, cuyo tráfico de operaciones es digno de estudio por su trascendencia en la producción de programas. Menos mal que la evaluación es positiva. aunque quizá Por eso se te dedique tan poco espacio.

Producción de programas

¿Es cara la televisión? El informe delo Senado francés sobre la televisión de su país se hace reiteradamente esta pregunta. Y esta es su respuesta: «Ciertas emisiones particularmente caras no han revelado al análisis ningún dispendio manifiestamente anormal o excesivo, traduciendo sólo el coste necesariamente elevado de las realizaciones de prestigio.»

Radiotelevisión Española no quisiera caer en el fácil mimetismo de comparar sus presupuestos de gastos con los de países de su entorno geográfico. Sin embargo, es elemental que, a la hora de producir programas, cualquier televisión del mundo tenga que partir del principio de que esa producción cuesta dinero, de que Incluso es cara y de que, por supuesto, no puede liberarse de las leyes de la economía de mercado en el que los profesionales de prestigio tienen un precio, los artistas tienen un precio o losmedios técnicos tienen también un precio. Es, en definitiva, el precio de la calidad y de la creatividad. Tema distinto es que la calidad posterior obtenida no responda al importe de la Inversión.

La televisión es, fundamentalmente, programación. Y para programar son precisos tres elementos básicos: producir, contar con medios técnicos y difundir. Hablemos, en primer lugar, de la producción que, en el reportaje de EL PAÍS, no sólo aparecía ridiculizada como el «saco sin fondo» de RTVE, sino que demostraba un desconocimiento -¿disimulado?- de cuál es el proceso de la televisión. Lamentablemente, en vez de introducirse en su complejo y difícil mundo, el redactor opta con descaro por la anécdota, por el papel de detective en busca de la picaresca. Diríase que en Televisión Española no existe un esquema de trabajo ni existe siquiera un modelo de la televisión que se quiere hacer. Se viene a deducir deli beradamente o no que no existe un es quema porque existen fallos, cuando parece que el planteamiento correcto es que el esquema todavía tiene fallos y previsibiemente los seguirá teniendo.

¿Y cuál es el esquema de hacer programas en Televisión Española? De momento, planificar. Este año 1980 es el primero que cuenta con una programación prevista para los doce meses. ¿Es que los años anteriores los directivos de RTVE se vieron dominados por la apatía y la abulia? No. Creemos que si en algún caso se vuelve a hacer preciso mirar atrás, contemplar la estructura de la Dirección General y sacar conclusiones, ese caso es este de la programación. No se podía programar cuando «programación » era el concepto presupuestario único de la Dirección General en el esquema del Ministerio del que dependía. De ese concepto presupuestario había que sacar todos los demás gastos, como en un kafkiano cajón de sastre.

En 1978 ya hay presupuesto propio para producción de programas: 4.200 millones en números redondos. Esta cifra se repite en el recién cerrado ejercicio de 1979. ¿Es cara esta cifra? No; es el coste de poner en antena los programas de los 365 días del año. ¿No hay forma de abaratarla? Sí la hay. Hay una que Televisión Española prescinda de sus producciones propias y se convierta en puro y simple centro emisor de productos comprados en el extranjero. El colonizaje habría dominado las horas de emisión. Sobrarían la mayor parte de los empleados. No habría necesidad de que nadie hiciera de detective buscando los precios que se pagan por un trabajo intelectual o artístico en cualquier medio de comunicación o lugar de entretenimiento.

Como, naturalmente, no es esa la vocación de Televisión Española, ni es ese el servicio que le pide la sociedad, Televisión Española tiene que hacer frente a sus necesidades. y tiene que pagar, como parece indiscutible, ese «precio de la calidad» que el periodista se niega sistemáticamente a analizar, guiado por la obsesión del «pozo negro» de Prado del Rey. y en Prado del Rey hay excepciones que rompen los principios generales. ¡Naturalmente! En Prado del Rey se pueden producir intentos de picaresca. Pero de ahí a hacer de esa excepción la norma hay un abismo. y porque lo hay, Televisión Española abre el oportuno expediente a quien se le descubre alguna irregularidad.

Dificultades de planificación

Detengámonos en la planificación. Es innegable que este es el punto de partida para cualquier proyecto de futuro. A las dificultades orgánicas ya citadas habría que añadir una más: que RTVE se ha visto excesivamente afectada en su funcionamiento y en su capacidad de planificación por la incidencia de factores externos, entre ellos, los de coyuntura política. La falta de medios económicos y técnicos y otras servidumbres anteriores hacen que, efectivamente, hasta el año 1979 no haya podido haber un esquema coherente de planificación racional para la producción de programas y para la infraestructura técnica. Al mismo tiempo, esa planificación resultaba imposible si se tenía presente la corta duración de los directores generales en sus puestos. En cinco años de vida de Radiotelevisión Española ocuparon este cargo seis personas. Dos directores generales lo fueron solamente durante seis meses. La duración de cuatro años que ahora prevé el Estatuto de RTVE aportará un instrumento básico para que se pueda planificar con realismo no sólo a corto plazo, sino a medio y largo plazo. Considera RTVE, no obstante, que parece justo que se reconozca, al propio tiempo, otra evidencia: pese a todos estos defectos, Televisión Española consigue mantener unas cotas de producción propia en unos niveles que resisten cualquier comparación con otras televisiones, como lo demuestra el hecho de que sea propio el 73,29% de cuanto se emite en la primera cadena y el 70,95% del contenido de la segunda, Estos datos significan que en RTVE, pese a la citada escasez de medios técnicos. se consiguen catorce horas de producción propia diaria, sin contar la programación regional de Barcelona.

En estos momentos, y con cargo al presupuesto de 1979, están iniciadas las siguientes series de producción propia:

Verano azul. Diez episodios de 55 minutos, cuyo rodaje está previsto que termine en marzo. tras siete meses de trabajo. A continuación se harán otros diez episodios.

– Fortunata y Jacinta. Diez episodios de 55 minutos, cuyo rodaje finalizó en el mes de diciembre. tras siete meses de trabajo. En estos momentos se encuentra en los procesos finales. Se emitirá a partir de abril. En intercambio de esta serie, y según contrato, se recibirá de Francia una serie de nueve horas titulada Josefine de Beauharnais. y de Suiza. otra similar. aún por determinar.

– Cervantes. Ocho episodios de 55 minutos, cuyo rodaje se inició el pasado mes de noviembre y terminara en mayo. Su emisión está prevista para el último trimestre del año.

– Grandes ciudades del Mundo. Madrid. TVE realizó un episodio de 55 minutos, y recibirá otros doce en concepto de intercambio.

Hay otra serie de contratos de coproducción, similares al anterior, en los que TVE ha producido un episodio y recibe a cambio el resto de la serie. Dos ejemplos son las series Rainier y El hombre europeo.

Por otra parte, y ya como producción independiente, están en marcha las series Don Quijote de la Mancha (emitidos dieciséis episodios de un total de 52). El español y los siete pecados capitales (siete episodios de cuarenta minutos sobre la obra de Fernando Díaz Plaja), El pequeño Cid (serie de dibujos animados sobre la niñez del Cid Campeador, actualmente en proceso de producción), Horas doradas (programa musical de 55 minutos, con actuaciones de figuras mundiales, y del cual se han producido en Canadá diez de los trece episodios de que consta). En todas ellas, TVE participa en mayor o menor cuantía en la producción: desde un ciento por ciento, en El español y los siete pecados capitales, al 35%, de Horas doradas, o el 20%, según contrato, de Don Quijote… o El pequeño Cid. En estos dos últimos casos, TVE recibirá igual porcentaje de los beneficios de comercialización y venta mundial. A ello hay que añadir, naturalmente, la producción propia de las emisiones diarias.

Lo que Radiotelevisión Española no admite como procedimiento normal de análisis de sus pasos es que se tergiversen verdades evidentes. Naturalmente, esto se paga, y así el diario EL PAÍS puede sufrir la contradicción de decir en una página que no se presupuestan los programas y a continuación publicar detalladamente el presupuesto de Ding-Dong. No se necesitan mayores pruebas para descubrir los afanes de falacia. y tampoco parece muy aceptable que se elija para el análisis, sin ningún tipo de referencia ni comparación, un programa atípico en el que habrá trabajadores de 65 especialidades distintas. Ding-Dong, cuyo presupuesto es, efectivamente, el publicado por EL PAÍS, es un programa de contextura compleja en el que hay desde contrato de artistas hasta participación de auxiliares de cocina. EL PAÍS pasa por encima de todos esos detalles, sin tener en cuenta que cada programa es diferente, y que cada programa, por la misma razón, tiene un coste distinto. La figura del productor, reconocida en la ordenanza laboral, se convierte así en una personalidad de primer orden para acomodar lo posible a lo necesario.

Podrá comprobar el lector que en este programa -atípico, porque no todos necesitan un cocinero ni un auxiliar de cocina- se incluyen 65 especialidades distintas. Todo ello demuestra que cada programa es distinto, que cada programa debe tener su autonomía, que cada programa, por las mismas razones. tiene un coste distinto. La figura del productor. reconocida en la ordenanza laboral, se convierte así en una personalidad de primer orden para acomodar lo posible a lo necesario.

El precio posible de un programa

Quizá después de esto alguien siga pensando que producir un programa en RTVE es caro. RTVE mantiene que es el precio posible. y que. desde luego. no se puede asegurar que el sistema facilite desviaciones. Lo demuestra el proceso que siguen los programas, desde su germen hasta que están en antena:

Un programa tiene su origen en una idea, o en un guión, que se registra en el registro de proyectos de Televisión.

A partir de aquí se inicia el largo itinerarlo que puede concluir con la emisión si el proyecto es viable y se acepta. Veamos los pasos. El proyecto. después de registrado, se envía a las áreas temáticas (musicales, Infantiles. dramáticos, documentales y varios) para realizar el primer iamiza do que se sustancla en un informe. Si el informe es favorable. se eleva para una primera aprobación a la Junta de Programas. cuyas actas son elevadas a la Junta de Felevisión para que sean ratificadas. en su caso.

Si un proyecto logra el beneplácito en todos esos controles, se remite para su estudio detallado por parte de la gerencia y de la Dirección Técnica de Medios Op erativos. de la habilidad del proyecto y de los medios necesarios para su producción. En este moniento se realiza un primer anteproyecto de presupuesto que confecciona un productor nombrado a tal efecto por la Junta de Producción. Dicha Junta estudia al detalle este presupuesto, lo homologa y, en su caso, lo rectifica y de vuelve al productor con las indicaciones pertinentes.

El acta de la Junta de Producción pasa a la Junta de Programas para su aprobación. En este segundo estudio por parte de la Junta de Programas se analizan los rasgos fundamentales y las plantillas del presupuesto.

Por último, la Junta de TVE estudia las actas de las Juntas de Programas y de la Junta de Producción. Se analizan con detalle plantillas y demás conceptos del desglose de cada presupuesto.

Si la Junta de TVE aprueba el presupuesto, se confecciona por la gerencia la correspondiente propuesta de gasto. a la que se adjuntan todos los detalles inherentes al presupuesto y se pasa a la firma del director del medio. en este caso de TVE.

La propuesta de gastos (es decir, la reserva crediticia) pasa al servicio de contabilidad para su toma de razón y consiguiente reserva crediticia. Una vez contabilizada a través del Centro de Proceso de Datos. se remite a la Intervención Delegada del Ministerio de Hacienda, que la aprueba o repara, solicitando en este caso las modificaciones o aclaraciones pertinentes, que, si no considera suficientes, pueden suponer el rechazo de un proyecto.. Simultáneamente, la jefatura de personal y la Abogacía del Estado estudian las contrataciones de personas o servicios, que sólo se hacen operativas cuando son aprobadas y fiscalizadas las pronuestas de gastos.

Superados los trámites anteriores, el productor del programa dispone de los medios económicos, puede efectuar contrataciones y comenzar la producción del espacio.

El servicio económico de la producción, a través de sus delegados por áreas, realiza un seguimiento de los gastos. Terminado el programa, se procede al cierre económico del mismo y a su pertinente liquidación.

Igualmente, a fin de fortalecer el control del gasto en programas de gran complejidad y presupuesto elevado, se cuenta con la figura de un administrador o pagador, encargado del movimiento de los fondos y de la cancelación de los gastos.

En los detalles concretos que denuncia EL PAÍS existen abundantes errores, defectos de información o falsedades.

Se contradice EL PAÍS cuando, el día 20. niega que haya un stock o archivo de guiones, y el día 27 afirma que «el registro se abrió en febrero de 1978». A cuál de las dos informaciones se debe creer? La verdad está también en el propio EL PAÍS, aunque troceada, desvirtuada, oculta u ofrecida según las apetencias del redactor. Dice: «Un programa nace con una idea que se registra en el denominado registro de proyectos de Televisión. Dicho registro depende, orgánica y funcionalmente, de la Secretaría de Programación. encuadrada en la Dirección Adjunta para Programas.» Hay que añadir que actualmente la Secretaría de la Junta de Programas la desempeña el propio secretario de la Junta de TVE, que lo es también de la de Programas, al objeto de coordinar ambos órganos colegiados.

Es tendencioso, en este mismo capítulo de producción, desconocer la práctica habitual en la contratación artística de indemnizar a los actuantes de categoría por un vestuario especial que se les exige previamente. Por eso se agrava la intencionalidad de EL PAÍS cuando resalta como anomalía esta fórmula mixta de pago -perfectamente lícita y señalada en contrato- a dos artistas cuyo nombre cita expresamente.

lgualmente se intenta presentar a la sociedad una imagen de que «realizar un programa en TVE es sinónimo de comer mucho, bien y gratis», sin tener en cuenta las peculiaridades de algunos programas que necesitan unos gastos de representación y, atención a sus invitados, o las singularidades de otros que, por su forma y continuidad en cuanto a su realización, no exigen estas partidas de gastos.

Desde la existencia del organismo, y como consecuencia de la tramitación administrativa que se ha expuesto. no es posible que se firmen contratos de producción con posterioridad a la realización de un programa. salvo que por los numerosos contactos previos que origina cada proyecto, puedan éstos interpretarse erróneamente como compromisos. ya que la facultad de contralación está reservada a las personas expresamente legitimadas para obligar al organismo.

En esta línea, tampoco financia RTVE a las productoras independientes, puesto que, para cualquier pago a las mismas, es requisito previo la recepción de conformidad del producto.

El reportaje cita como ejemplo de falta de planificación la de producción de El Quijote, ejemplo que, precisamente, nos sirve para corroborar lo dicho. El contrato suscrito el día 1 de enero de 1979, para la producción de dicha serie, en su cláusula número 11, prevé que la productora deberá entregar las copias al ritmo necesario para su emisión, a razón de un episodio semanal, a partir del mes de octubre de 1979… Igualmente en ese contrato se incluye «cláusula tipo» la manifestación, por parte del contratante privado, de que ningún directivo de RTVE es socio, ni administrador, ni forma parte de la plantilla de ninguna de las sociedades. Sería muy, prolijo indicar las cláusulas que protegen a RTVE. Respecto al eventual incumplimiento por parte del contratista, citemos, por ejemplo, las cláusulas que contemplan el resarcimiento de daños y perjuicios en su caso, la forma de pago, la exclusión de cualquier vínculo laboral del personal de la productora independiente con RTVE, los derechos de autor, propiedad intelectual y propiedad industrial, la exclusividad de derechos de exhibición, el control de cuentas de las productoras, incluso a través de censor jurado de cuentas, etcétera.

Los citados contratos están debidamente registrados, y con referencia especial al de El Quijote, se encuentra inscrito con el número de orden 1.186, folio número 166, libro 1.

Punto final

Al término de estas anotaciones, la dirección de RTVE se ve en la obligación de lamentar públicamente que el rumor no comprobado haya servido para hacer definiciones. Lamenta, igualmente, que la sospecha -palabra que escriben los propios autores- haya sido utilizada, en forma sin duda poco honorable para la objetividad periodística, con el fin de intentar un cúmulo de conclusiones que afectan gravemente al prestigio de una institución de los hombres que la componen. Radiotelevisión Española no ha querido entrar, como tal institución, en ningún tipo de polémica periodística. Pero desea que la realidad expuesta a lo largo de estas páginas sea considerada como la realidad más notable de la actualidad del organismo autónomo. Sabemos que RTVE no es perfecta ni en su estructura interna ni en su funcionamiento. Si lo fuera. no haría falta la profunda reforma legal que termina en el Estatuto, que ya quedó definido aquí como la auténtica «constitución» de la Radio y la Televisión.

Radiotelevisión Española es consciente de los fallos. no siempre con justicia imputables a ella misma. Porque es consciente, asumió en su Momento la inspección de la Intervención General de Hacienda. Porque es consciente, luchó por conseguir el marco jurídico adecuado para el cumplimiento de las funciones que la sociedad, te exige, y porque es consciente, acomete una operación de reforma. Si alguien hubiera preferido un derribo de todo lo anterior, una ruptura formal con todas las herencias, está en su derecho, pero RTVE ha escogido otra vía: la de acomodarse a la nueva realidad sin dejar de emitir un solo día, asumiendo lo legítimamente asumible y acondicionando lo que había quedado obsoleto.

El sábado día 2 de febrero en Radiotelevisión Española se abre un nuevo horizonte con la entrada en vigor de su nuevo Estatuto. Comienza a estar vigente una nueva forma de control social y político. Los puestos directivos ya se designan de acuerdo con otros procedimientos, y al llegar a esa nueva frontera. Radiotelevisión Española quiere decir que el nuevo ente público se encuentra con una estructura mucho más coherente que la existente para el organismo autónomo. Si los pasos dados desde noviembre de 1977 hasta febrero de 1980 valieron para culminar con voluntad y eficacia este pequeño gran proceso constituyente, el período de transición como organismo autónomo no habrá sido un período vacío. Aunque los datos publicados no quieran pasar, a veces, de la etapa de la inestabilidad.

10 Febrero 1980

RTVE: ¿de aquí a la eternidad?

EL PAÍS (Director: Juan Luis Cebrián Echarri)

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A LO largo de la pasada semana, EL PAÍS dio acogida a una larga y difusa réplica, firmada por el director general de Televisión, destinada a refutar un amplio reportaje publicado anteriormente por este periódico, que se limitaba a resumir, extractar y glosar los resultados de una auditoría realizada por encargo del ministro Fernández Ordóñez en Radio Televisión Española. No han faltado lectores que nos han transnritido su extrañeza, tanto por aplicar a nuestras páginas y a su paciencia tan notable cilicio como por no dar la debida dúplica a esa réplica, prestando así plausibilidad a la absurda conclusión de que son los inspectores del señor Arias-Salgado, y no los inspectores de Hacienda, quienes tienen la razón en la polémica. No queda, pues, otro remedio que volver sobre el asunto.Digamos, an te todo, que la aceptación de esa cuaresmal disciplina que fue la réplica del señor Arias-Salgado no estuvo motivada por argumenlos legales, sino por simple fair-play, pese a que Televisión Española no recogió en sus programas la menor alusión al informe de la auditoría, que tan trabajosa como inútilmente se ha esforzado en refutar. En una sociedad política donde los hábitos democráticos, el respeto a las opiniones ajenas y el compromiso con el plurilismo brillan por su ausencia, sobre todo a medida que se va ascendiendo por la empinada escalera del poder, parece de nobleza obligada compensar la tendencia de los altos funcionarios del Estado a silenciar lo que les incomoda con la ampliación, incluso hasta el aburrimiento, de los márgenes normales para la expresión de losjuicios discrepantes.

El señor Ariás-Salgado consideró que disponía de argumentos jurídicos o razones éticas para invadir las páginas de este periódico y justificar su inmaculada permanencia mediante la prestidigitación de negar la fealdad de su entorno. Aunque su petición, simplemente descortés por la desmesura en que se desplegaba su exigencia y por su negativa a contestar sin rodeos a las cuatro preguntas que este periódico le formuló en su día, no nos vinculaba ni en derecho ni en moral, preferimos acogerla con la ilusa esperanza de que el poderoso medio de comunicación que dirige, y que más parece un patio de monipodio que un monopolio, tenga la mínima decencia informativa de dar cuenta, ante la vasta audiencia que el dinero de los contribuyentes y la inexistencia de competencia le regalan, de las críticas que se le formulan.

De la lectura de la réplica firmada por el señor Arias-Salgado se desprende la elogiable conclusión de que los directivos de Televisión, justo en las vísperas de que el Estatuto entre en funcionamiento y sea nombrado el Consejo de Administración del nuevo ente autónomo, han resuelto blanquear la fachada de sus controles financieros, del rigor contable y un punto de moderación en su manera de disponer de los fondos públicos. El actual director general nos da algunos ejemplos de esa buena acción diaria que, al estilo de los boy-scouts, los responsables del medio decidieron realizar una vez que los auditores del Ministerio.de Hacienda hablan finalizado su trabajo, esto es, dieciocho meses después de la toma de posesión de su cargo del señor Arias-Salgado.

Ahora bien, la absolución requiere algo más que el propósito de la enmienda y que la promesa de no incurrir más en el quebrantamiento de las leyes, en este caso humanas, y de no sucumbir a las tentaciones, en este caso dinerarias. También es preciso decir los pecados no sólo a la opinión pública y al Parlamento, sino también a los tribunales de justicia y cumplir la penitencia que éstos establezcan. Por lo demás, resulta notable que, al tratar de quitarse el muerto de encima, el señor Arias-Salgado atribuya al legado del pasado las suciedades del presente, olvidando tal vez la larga lista de ilustres nombres que construyeron esa herencia. Pero los buenos propósitos para el futuro no borran las culpas del pasado, no significa que la casa está ya limpia, y la idea de que la opinión pública debe seguir confiando, bajo palabra de honor, en los mismos administradores que convirtieron hasta ahora en un arte el despilfarro, el encubrimiento como mínimo de comportamientos presuntamente delictivos y la incompetencia no es de recibo.

En cualquier caso, produce cierto bochorno subrayar algo que todo el mundo, excepto el señor Arias-Salgado y sus colaboradores, tiene lo suficientemente claro como para que resulte una ofensa recordarlo. La réplica del director general de Televisión se ha equivocado de destinatario y de objeto. No ha sido con EL PAÍS con quien ha estado polemizando, pese a su insistencia en afirmarlo, sino con los inspectores del Ministerio de Hacienda. El texto criticado no ha sido un reportaje de este periódico, sino el informe de auditoría que le servía de base y de fuente. No corresponde a los periodistas, sino a los inspectores de Hacienda el turno de dúplica. Renunciamos, por tanto, a entrar en el detalle del enfoque juridicista y leguleyo, de espaldas a los hechos, de buena parte de la réplica y de las flagrantes contradicciones o errores de cuadre contenidos en su texto.

Y en cuanto a la actual situación de Televisión, apuntalada por el director general del medio tan pronto como los funcionarios del Ministerio de Hacienda concluyeron su trabajo, siempre queda el recurso de que los mismos inspectores realicen una nueva auditoría que cubra el espacio temporal entre la anterior y el día de la fecha.

Una auditoría cuyos resultados, esta vez, no tengan que ser conocidos por filtraciones a la prensa, sino por la libre y voluntaria decisión del propio Gobierno, tras abandonar esas costumbres de urraca de apoderarse de lo que pertenece al común de los ciudadanos para atesorarlo en cajones cerrados con siete llaves.

Indiquemos, finalmente, que la demorada resolución del poder ejecutivo de enviar al Parlamento la auditoria realizada, y ya del todo inútil de creer al señor Arias-Salgado, debería ser completada con otra medida: interesar al fiscal general del Estado en la eventual persecución de los presuntos delitos que se desprendan de su lectura. Porque, si la Constitución excluye los indultos generales, no vemos razón alguna para que el Gobierno decrete por su cuenta la amnistía de lo ocurrido en Televisión durante los pasados años.